jueves, 30 de julio de 2015

viernes, 12 de diciembre de 2014

DIRECTIVA AÑO ESCOLAR 2015

“NORMAS Y ORIENTACIONES PARA EL DESARROLLO DEL AÑO ESCOLAR 2015 EN LA EDUCACIÓN BÁSICA”

INDICE


1.               Finalidad

2.               Objetivo

3.               Alcance

4.               Base Normativa

5.               Disposiciones Generales para las Instituciones Educativas

6.               Disposiciones Específicas para las Instituciones Educativas e Instancias de Gestión Educativa Descentralizada.
6.1      Compromisos e indicadores de gestión escolar
6.2      Orientaciones para la implementación de la Estrategia “Soporte Pedagógico”
6.3      Orientaciones para la implementación de la Estrategia “Jornada Escolar Completa”
6.4      Orientaciones para la implementación de los Colegios de Alto Rendimiento
6.5      Orientaciones para la implementación de la iniciativa Intersectorial e  Intergubernamental Aprende Saludable
6.6      Bono de Incentivo al Desempeño Escolar
6.7      Orientaciones administrativas para las Instituciones Educativas
6.8      Orientaciones para las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada.

7.               Disposiciones Complementarias





















NORMAS Y ORIENTACIONES
PARA EL DESARROLLO DEL AÑO ESCOLAR 2015 EN LA EDUCACIÓN BÁSICA


1.     FINALIDAD
Establecer normas y orientaciones para la planificación, desarrollo y supervisión de las actividades educativas a desarrollarse durante el año escolar 2015 en las Instituciones Educativas de Educación Básica.

2.     OBJETIVO
Orientar a la comunidad educativa en el desarrollo de acciones que garanticen las condiciones de calidad del servicio educativo en concordancia con las políticas priorizadas y los compromisos de gestión escolar.

3.     ALCANCE
·        Instituciones Educativas (IIEE) y Programas de Educación Básica
·        Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL)
·        Direcciones Regionales de Educación (DRE) o Gerencia Regional de Educación o quien haga sus veces.
·        Gobiernos Regionales
·        Ministerio de Educación (MINEDU)

4.     BASE NORMATIVA
·        Constitución Política del Perú.
·        Ley N° 28044, Ley General de Educación.
·        Ley N° 28628, Ley que regula la participación de las Asociaciones de Padres de Familia en las Instituciones Educativas Públicas.
·        Ley N° 29600, que fomenta la reinserción escolar por embarazo.
·        Ley N° 29694, Ley que protege a los consumidores de las prácticas abusivas en la selección o adquisición de textos escolares, modificada por la Ley N° 29839.
·        Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas.
·        Ley N° 29944, Ley de Reforma  Magisterial.
·        Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento.
·        Ley N° 26549, Ley de los Centros Educativos Privados.
·        Ley N° 29988, Ley que establece medidas extraordinarias para el personal docente y administrativo de instituciones educativas públicas y privadas, implicado en delitos de terrorismo, apología del terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual y delitos de tráfico ilícito de drogas; crea el registro de personas condenadas o procesadas por delito de terrorismo, apología del terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual y tráfico ilícito de drogas y modifica los artículos 36 y 38 del Código Penal.
·        Ley N° 30061, Ley que declara de prioritario interés nacional la atención integral de la salud de los estudiantes de educación básica regular y especial de las instituciones educativas públicas del ámbito del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma y los incorpora como asegurados del Seguro Integral de Salud (SIS).
·        Decreto Supremo N° 028-2007-ED que aprueba el Reglamento de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas Empresariales en las Instituciones educativas Públicas. 
·        Decreto Supremo N° 010-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones Educativas.
·        Decreto Supremo N° 015-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29694, Ley que protege a los consumidores de las prácticas abusivas en la selección o adquisición de textos escolares.
·        Decreto Supremo N° 011-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de Educación.
·        Decreto Supremo N° 017-2012-ED, que aprueba la Política Nacional de Educación Ambiental.
·        Decreto Supremo N° 004-2013-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, modificado por el Decreto Supremo N° 002-2014-MINEDU.
·        Decreto Supremo N° 002-201E-ED, aprueban Reglamento de la Ley N° 29600, Ley que fomenta la reinserción escolar por embarazo.
·        Resolución Ministerial N° 0234-2005-ED que aprueba la Directiva N° 004-VMGP-2005, sobre evaluación de los aprendizajes de los estudiantes de la Educación Básica Regular.
·        Resolución Ministerial N° 0201-2009-ED, que aprueba la Directiva “Procedimientos para la prevención y sanción del hostigamiento sexual en el sector Educación”.
·        Resolución Ministerial N° 0369-2012-ED, que aprueba prioridades de la Política Educativa Nacional 2012 - 2016
·        Resolución Ministerial N° 0518-2012-ED, que aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual de Educación (PESEM) 2012-2016
·        Resolución Ministerial N° 0519-2012-ED, que aprueba la Directiva N° 019-2012-MINEDU/VMGI-OET, Lineamientos para la prevención y protección de las y los estudiantes contra la violencia ejercida por personal de las instituciones educativas.
·         Resolución Ministerial N° 041-2014-MINEDU que aprueba los “Lineamientos para la Ejecución del Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar en las IIEE Públicas de Primaria y Secundaria de Educación Básica Regular”, así como Norma Técnica sobre contratación de promotores de educación física. (NORMA EN MODIFICACIÓN)
·         Resolución Ministerial N° 274-2014-MINEDU que crea el “Modelo de servicio educativo para la atención de estudiantes de alto desempeño”.
·         Resolución Ministerial N° 0427-2013-ED, que aprueba la Directiva N° 020-2013-MINEDU/VMGP-DIGEBA “Orientaciones para desarrollar la atención semipresencial en los Centros de Educación Básica Alternativa”.
·         Resolución de Secretaría General N° 295-2014-MINEDU que aprueba “Norma Técnica para el Diseño de Locales de Educación Básica Regular – Nivel Inicial”.
·         Resolución Ministerial N° 0172-2010-ED, que aprueba las “Normas para la administración compartida de la infraestructura y equipamiento educativo en las Instituciones Educativas Públicas, que funcionan en el mismo local escolar”.
·         Resolución de Secretaría General N˚ 602-2014-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica para la cogestión del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma.
·         Resolución de Secretaría General N° 613-2014-MINEDU que aprueba “Normas y Orientaciones para la organización y funcionamiento de la forma de atención a distancia en el ciclo avanzado de los Centros de Educación Básica Alternativa públicos y privados”.
·         Resolución de Secretaría General N° 213-2014-MINEDU que aprueba las “Normas técnicas para la contratación de promotores de tutoría y orientación educativa y criterios de selección de las instituciones educativas de educación básica regular donde realizarán sus funciones ”
·         Resolución de Secretaría General N° 364-2014-MINEDU, que aprueba “Lineamientos para la implementación de la Estrategia Nacional contra la Violencia Escolar, denominada “Paz Escolar”, en las instancias de gestión educativa descentralizada.

5.   DISPOSICIONES GENERALES PARA LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS

El principal mandato de todas las instancias de gestión educativa (institución educativa pública o privada, UGEL, DRE y MINEDU) es garantizar el logro de los aprendizajes de todos los estudiantes y una formación integral de calidad, propiciando una convivencia sana, segura, inclusiva y acogedora.

Para ello, se han planteado desde el Sector cuatro prioridades que están en concordancia al Acuerdo Nacional: calidad de los aprendizajes revalorización de la carrera docente, infraestructura y modernización de la gestión.

Calidad de los aprendizajes; Se pretende que el sistema escolar coloque los aprendizajes al centro de su preocupación, dotando a las escuelas de material educativo de calidad, pertinente a la diversidad funcional, cultural y lingüística, enfatizando la inclusión e igualdad de oportunidades para que las y los estudiantes desarrollen el máximo de su potencial. Se han previsto tres tipos de intervenciones que se ampliarán paulatinamente: Soporte Pedagógico, Jornada Escolar Completa en Secundaria y Colegios de Alto Rendimiento; a los que nos referiremos con detalle en la presente Norma.

Revalorización de la carrera docente; la política integral de desarrollo docente tiene el objetivo de promover la innovación y el desarrollo de la práctica y el conocimiento pedagógico, así como  generar el compromiso de los docentes con su propio desarrollo profesional; para ello, nos encontramos en pleno proceso de implementación de la Ley de Reforma Magisterial que busca que los docentes se formen y desempeñen en base a criterios concertados.

De otro lado, después de la acción docente, el liderazgo pedagógico del directivo es indispensable para contribuir a los logros de aprendizaje puesto que su influencia es clave en la calidad de la práctica docente, las condiciones de trabajo, la organización y  funcionamiento de la escuela.

Infraestructura; a través de un Decreto Supremo se ha creado el Programa Nacional de Infraestructura Educativa que incluye mecanismos para gestionar mejor la inversión, continuar un proceso acelerado de rehabilitación de escuelas en zonas rurales, de atención al déficit de infraestructura para educación inicial, educación especial y jornada escolar completa; así como la sustitución de aquellas escuelas que representan un riesgo ante posibles fenómenos naturales, contemplando las normas técnicas de accesibilidad.

Modernización de la gestión; se requiere de una gestión educativa ágil, eficiente, descentralizada y con políticas claras que ayuden a cerrar brechas y aseguren la mejora de la calidad educativa en el país. Para ello, se ha iniciado con un proceso de modernización de las UGEL y se fortalecerán los desempeños de los gobiernos regionales para el cumplimiento de las metas establecidas.

En materia de gestión de las Instituciones Educativas, el año 2014 centramos las acciones en ocho compromisos de gestión escolar. Para el 2015 ajustamos  la propuesta tomando en cuenta el balance y lecciones aprendidas, continuando en la línea del progreso en los aprendizajes y  la retención de los estudiantes; del mismo modo es importante incorporar, como compromiso, el acompañamiento y monitoreo a la práctica docente  por parte del equipo directivo y visibilizar en las aulas  el manejo pedagógico en las sesiones de aprendizaje,  el uso de los instrumentos curriculares y  materiales educativos. Por otro lado, es sustancial el cumplimiento de la calendarización de la IE, en el marco de un clima institucional favorable y un plan de trabajo efectivo y participativo.

Estos compromisos e indicadores de gestión escolar constituyen un núcleo fundamental y son de obligatorio cumplimiento. Cada institución educativa deberá proponerse metas de logro a partir de los indicadores establecidos en la presente norma técnica, los que le permitirán reflexionar sobre sus propios resultados y prácticas para tomar decisiones, intervenir y mejorar los aprendizajes. Complementariamente, para el establecimiento de las metas y las estrategias pertinentes a su propio punto de partida y necesidades, deberá levantar al inicio del año escolar, un diagnóstico suscinto acerca del estado de avance de todos los estudiantes.
  
Por responsabilidad funcional, al director y su equipo les corresponde liderar la gestión de la institución educativa para alcanzar estos compromisos. Al gobierno regional, a través de sus instancias de gestión educativa descentralizada (DRE, UGEL o quienes hagan sus veces), le corresponde brindar el soporte técnico y el monitoreo enfocado en el logro de los ocho compromisos de gestión. A su vez, al Ministerio de Educación le corresponde brindar asistencia técnica a las instancias de gestión educativa descentralizadas, así como recomendar prácticas de gestión que permitan a los equipos directivos el logro de los compromisos.

A continuación, se señalan los compromisos de gestión escolar:

Compromiso de gestión
Indicadores
Expectativa de avance
Fuente de información






1
Progreso anual de todas y todos los estudiantes de la Institución Educativa.
Porcentaje de estudiantes que logran el nivel satisfactorio en la Evaluación Censal de Estudiantes ECE.
La institución educativa demuestra un incremento en el porcentaje de estudiantes que logran el nivel satisfactorio en la ECE, respecto al año anterior.
Reporte anual de resultados en la ECE de la institución educativa.
2. Porcentaje de estudiantes, de los demás grados,  que alcanzan nivel satisfactorio en rendimiento.
La institución educativa demuestra un incremento en el porcentaje de estudiantes que logran un nivel satisfactorio de aprendizajes en todos los grados, respecto al año anterior.
Registros y actas de evaluación de los estudiantes de la institución educativa.


2
Retención interanual de estudiantes en la Institución Educativa.
1. Porcentaje de retención (estudiantes que culminan el año escolar y se matriculan en el siguiente).
La institución educativa incrementa el porcentaje de retención respecto al año anterior.
Reporte de promoción y matrícula de estudiantes en la institución educativa (SIAGIE).



3
Cumplimiento de la calendarización planificada por la Institución Educativa.
2. Porcentaje de jornadas no laboradas que fueron recuperadas.
La institución educativa recupera el 100% de jornadas no laboradas, cumpliendo al final del año con la calendarización planificada.
Calendarización del año escolar y Matriz de cumplimiento.
Acompañamiento y monitoreo de la práctica docente


4
Uso pedagógico del tiempo en las sesiones de aprendizaje.
1. Porcentaje de tiempo dedicado a actividades pedagógicas durante las sesiones de aprendizaje.
Los docentes  incrementan el tiempo dedicado a actividades pedagógicas durante las sesiones de aprendizaje.
Ficha de monitoreo de la sesión de aprendizaje y carpeta pedagógica del docente.



5
Uso de herramientas metodológicas por los docentes durante las sesiones de aprendizaje.
1. Porcentaje de docentes que utilizan herramientas metodológicas durante la programación y ejecución de sesiones de aprendizaje.
Se incrementa la cantidad de docentes que utilizan herramientas metodológicas tanto en la programación como en la ejecución de las sesiones de aprendizaje.
Ficha de monitoreo de la sesión de aprendizaje y carpeta pedagógica del docente.


6
Uso de materiales y recursos educativos durante la sesión de aprendizaje.
2. Porcentaje de docentes que usan  materiales y recursos educativos durante la sesión de aprendizaje.
Se incrementa la cantidad de docentes que usan materiales y recursos educativos durante la sesión de aprendizaje.
Ficha de monitoreo de la sesión de aprendizaje y carpeta pedagógica del docente.



7
Gestión del clima escolar en la Institución Educativa.
1. Porcentaje de conflictos sobre los que el equipo directivo toma acción, en relación al número de conflictos identificados y registrados.
Se incrementa el número de conflictos sobre los cuales el equipo directivo toma acción, respecto de aquellos identificados y registrados, ocurridos en la institución educativa.
Cuaderno de incidencias



8
Implementación del Plan Anual de Trabajo (PAT) con participación de la comunidad educativa.
1. Porcentaje de actividades planificadas en el Plan Anual de Trabajo (PAT) que fueron implementadas.
La institución educativa implementa el de actividades planificadas en el Plan Anual de Trabajo (PAT)
Matriz de implementación del PAT.


6.     DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS E INSTANCIAS DE GESTIÓN EDUCATIVA DESCENTRALIZADA

6.1 COMPROMISOS E INDICADORES DE GESTIÓN ESCOLAR

6.1.1       PROGRESO ANUAL DE LOS APRENDIZAJES DE TODAS Y TODOS LOS ESTUDIANTES

El equipo directivo de la IE monitorea el logro de aprendizajes en los diferentes grados y niveles educativos, utilizando la información tanto de los resultados de la ECE para 2do grado de primaria como de los logros de aprendizaje aproximados desde otras fuentes (por ejemplo, registros de evaluación, listas de cotejo, actas de docentes de los diversos grados y niveles), permitiendo el establecimiento de metas y estrategias para la mejora.

El Proyecto Educativo Nacional aprobado como política de Estado por Resolución Suprema N° 001-2007-ED establece que la política curricular se organiza sobre la base de un Marco Curricular Nacional y estándares de aprendizaje (políticas 5 y 6 del Proyecto Educativo Nacional).

Durante el año 2014 será dado a conocer el Marco Curricular Nacional; regirán los mapas de progreso (o estándares de aprendizaje) aprobados oficialmente (de lectura en comunicación y de números y operaciones en matemática) y en las demás áreas continuará aplicándose el Diseño Curricular Nacional. Con la finalidad de ayudar al docente a una enseñanza efectiva de la comunicación y matemática el Ministerio de Educación pone a su disposición las Rutas de aprendizaje de estas áreas curriculares.

Para el desarrollo de este compromiso de gestión escolar; además de lo mencionado, se tomarán en cuenta las siguientes orientaciones pedagógicas por nivel y modalidad:

§  Los docentes responsables de aula, área y/o sección, plantearan estrategias para subsanar las insuficiencias de los estudiantes respecto al logro de requisitos mínimos de aprendizaje durante el proceso educativo, para pasar al siguiente nivel, grado o unidad.
§  Las tareas escolares se constituyen en un complemento del proceso de aprendizaje, por lo tanto deben ser dosificadas, exclusivas para el estudiante y no evaluables. Además, con la finalidad de preservar el tiempo compartido, la recreación y el diálogo en la familia, en educación inicial no deberá asignarse tareas para el hogar. Para el nivel primario y secundario, de asignarse tareas académicas en los fines de semana, ellas no deberán exceder de un tiempo estimado de dos horas.
§  Los estudiantes que profesan una religión distinta a la católica o no profesan ninguna, pueden exonerarse del área, durante el año escolar y  a petición escrita del padre de familia o tutor.

a)     Nivel de Educación Inicial

§  El equipo directivo de las instituciones educativas de educación primaria o secundaria que por  ampliación de nivel cuentan con el servicio de educación inicial, son responsables de generar las condiciones adecuadas para la implementación del enfoque pedagógico del nivel. Para ello deberán coordinar con las UGEL, los mecanismos de acceso a la información necesaria para el buen cumplimiento de sus funciones. Asimismo, asegurarán que los niños de inicial cuenten con un espacio propio, servicios higiénicos diferenciados y áreas externas para el juego.
§  Como política del sector, se valora la atención educativa  de los niños y niñas de 0 a 3 años en el entorno familiar a cargo de los padres y/o adultos cuidadores y promueve su asistencia, acompañados de su padre o madre de manera complementaria a los servicios educativos. Sin embargo, ante la  situación de necesidad o vulnerabilidad familiar y/o social, en la que es imposible que un adulto cercano al entorno del niño pueda hacerse cargo de su atención, se dispone de servicios educativos que atienden a  niños menores de tres años.
§  En el ciclo I y II la atención educativa se da en forma escolarizada y no escolarizada, proporcionando a los niños y niñas diversas actividades, de exploración, juego, de comunicación,  experiencias de encuentro con sus pares, acercamiento al mundo escrito, y la ampliación de su entorno familiar.
§  En el Ciclo I es necesario tomar las medidas que permitan:
-        Brindar y organizar los espacios educativos, el mobiliario pertinente y materiales que permitan la individualización del niño y niña y su libertad de movimiento durante las actividades autónomas,  juego libre y los cuidados pertinentes, de acuerdo, a su edad, sus necesidades e intereses. En ningún caso deben permanecer sentados en sillas haciendo trabajos dirigidos (salvo el momento de alimentación y sólo si el niño se encuentra con la madurez necesaria).
-        Asegurar que los módulos de materiales para la actividad autónoma y de juego que usen los niños, sean prioritariamente transformables para promover estimulen la creatividad del niño y la utilización de recursos de la zona, cumpliendo las medidas de seguridad y sanidad, evitando el uso de materiales sintéticos.
-        Dosificar la cantidad de materiales en las aulas, a fin de evitar ambientes sobrecargados que dispersan la atención del niño, limitan su movilidad  y no contribuyen a su formación integral.
§  La lista de útiles deberá ser pertinente con  las características de desarrollo de los niños de 0 a 5 años y al enfoque pedagógico de educación inicial. En las IIEE  Públicas deberá contener los siguientes materiales:  crayolas, plumones gruesos y delgados,  témperas,  colores,  goma, pinceles, cinta adhesiva, tijeras punta roma, esponja, cerámica al frío o arcilla, cartulinas, papelotes, papeles crepé, lustre, seda, bond, kraf y útiles de aseo personal. La entrega de la lista de útiles no es condición para la asistencia del niño o niña a la institución educativa o programa.
§  Las auxiliares de educación inicial tienen funciones establecidas, no debiendo asumir el rol de docente.
§  La carga docente para los profesionales que atienden a niños y niñas de 3 a 5 años en servicios escolarizados ubicados en zona urbana es no mayor a 25 estudiantes y 20 estudiantes en los servicios ubicados en zona rural.

b)     Nivel de Educación Primaria

§  Los equipos directivos de las IIEE promueven la especialización por ciclos entre sus docentes, así para la atención del primer y segundo  grado serán designados los docentes que presenten los mejores desempeños en alfabetización lectora y/o que cuenten con mayor experiencia en el ciclo, asimismo, se evita la rotación de los docentes que participan en el PELA  como una estrategia  para utilizar con mayor efectividad las capacidades pedagógicas desarrolladas durante las intervenciones.
§  Asimismo, las y los docentes con título de profesor(a) o licenciado(a) en Educación Secundaria nombrados en Educación Primaria, deberán asumir preferentemente las secciones de quinto o sexto grado. Respecto a los docentes de educación inicial nombrados en educación primaria deberán asumir el  primer o segundo grado de preferencia.

c)     Nivel de Educación Secundaria

§  La organización curricular para el nivel secundaria es la siguiente:


§  Se promoverá el desarrollo de proyectos curriculares inter-áreas (todas las áreas), generándose condiciones y mecanismos para su práctica.
§  Está prohibido el uso, la difusión y publicidad de la denominación de: «Centros Pre-Universitarios», para todas las lE públicas y privadas. Se prohíbe además bajo responsabilidad del Director, caracterizar u ofertar la formación impartida como "pre-universitaria".

d)     Educación Básica Alternativa

§  Tiene dos programas: Programa de Educación Básica Alternativa de Jóvenes y Adultos (PEBAJA) que se organiza en los ciclos inicial, intermedio y avanzado, atendidos en los Centros de Educación Básica Alternativa (CEBA) y el Programa de Alfabetización, organizado en los ciclos inicial e intermedio, atendidos en los CEBA y/o inversión directa del Programa de Alfabetización. La alfabetización está inserta en el continuo educativo de la Educación Básica Alternativa.
§  La organización curricular responde a las formas de atención que ofrece la modalidad: Presencial, semipresencial y a distancia. Se organiza en el marco del Diseño Curricular Básico Nacional de la Educación Básica Alternativa-DCBN EBA, aprobado con Resolución Ministerial N° 276-2009-ED.
§  Ciclo Avanzando Presencial:

ÁREAS CURRICULARES
Comunicación Integral (*)
5
5
5
5
Idioma Extranjero (Inglés) o Lengua Originaria
2
2
2
2
Matemática
5
5
5
5
Ciencia, Ambiente y Salud (**)
4
4
4
4
Ciencias Sociales
4
4
4
4
Educación Religiosa
1
1
1
1
Educación para el Trabajo
4
4
4
4
TOTAL
25
25
25
25
Horas de Libre Disponibilidad (***)
5
5
5
5

(*)   En el componente Audiovisual y Artístico se desarrollan aprendizajes que  corresponden a Educación Artística
(**) En el componente Salud, Higiene y Seguridad se desarrollan aprendizajes  que corresponden a Educación Física
(***) Las horas de libre disponibilidad se dispondrán en horarios alternos, destinados preferentemente al desarrollo de los aprendizajes de los componentes señalados (*) (**)

§  Ciclo Avanzado Semipresencial/A distancia, se rigen por la Directiva N° 020-2013-MINEDU/VMGP-DIGEBA, aprobada por RM. N° 0427-2013-ED, y la Norma Técnica aprobada por RSG. N° 613-2014-MINEDU.
§  La distribución de horas y frecuencia de las sesiones presenciales y de tutoría, así como de los aprendizajes autónomos están en función de los rangos porcentuales, establecidos en las referidas normas y en correspondencia de la duración del período promocional.
§  La evaluación de aprendizajes de los estudiantes en EBA en sus diversos ciclos y formas de atención se realiza de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente. La determinación de los cinco primeros puestos de estudiantes que han obtenido los más altos puntajes al concluir el ciclo avanzado, se realizará de acuerdo a lo establecido en la Directiva N° 015-2009-ME/VMGP/DIGEBA/DPEBA, aprobada por Resolución Directoral N° 0209-2009-ED
§  El proceso de alfabetización se desarrollará de acuerdo a la normativa vigente.

e)     Educación Básica Especial

§  La educación básica especial es una modalidad que establece la atención de estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad, talento y superdotación. Dicha atención está orientada al desarrollo de sus potencialidades con participación de la familia y comunidad, teniendo como punto de partida la evaluación psicopedagógica; por otro lado, promueve el acceso, permanencia, buen trato y éxito de estudiantes con discapacidad a EBR, EBA y ETP, con el soporte de profesionales de los servicios de apoyo y asesoramiento para la atención de las necesidades educativas especiales - SAANEE, para su inclusión oportuna, en el marco de una política educativa con enfoque   inclusivo transversal al sistema.
§  Cada miembro del SAANEE debe atender a un mínimo a 10 instituciones educativas  que atiende a estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas con discapacidad en su ámbito jurisdiccional.
§  El CEBE atiende a estudiantes con discapacidad severa y multidiscapacidad y  brinda  apoyo y asesoramiento en el proceso de inclusión educativa de los estudiantes con discapacidad en los diferentes niveles y modalidades, para tal fin deberá contar con un mínimo de 2 profesionales, los que serán asignados por la DRE y UGEL. 
§  La atención de los estudiantes con discapacidad en instituciones educativas públicas y privadas  está enmarcada -además de las normas  emanadas por el Sector-, en la Ley N° 29973, Ley General de la  Persona con Discapacidad y su Reglamento.
§  Los  Centros de  Educación Básica Especial –CEBE-, garantizan la atención de los estudiantes con discapacidad severa y multidiscapacidad. La permanencia de los estudiantes es hasta los 20 años de edad cronológica. 
-     Inicial: 3 a 7 años
-     Primaria: 8 a 14 años
-     Primaria Posterior: 15 años a 20 años
§  El CEBE orienta el desarrollo de programas no escolarizados, con una duración no mayor de dos años, para aquellos que no accedieron al sistema educativo, con participación de la familia y la comunidad mediante la ejecución de un plan de acción, previa evaluación psicopedagógica a cargo del equipo SAANEE,  con la finalidad de promover la inclusión familiar y social en otros espacios  y organizaciones de la comunidad.
§  El CEBE brinda apoyos complementarios gratuitos, alternos a la escolaridad de los estudiantes con discapacidad atendidos en EBR, EBA y ETP que lo requieran, mediante el uso de sistemas de comunicación aumentativos y alternativos, (lengua de señas, sistema braille, dactilología, tadoma) técnicas de orientación de movilidad, uso de las TIC, entre otros, que garanticen logros en sus aprendizajes.
§  Los Programas de Intervención Temprana –PRITE-, brindan atención no escolarizada, a los niños y niñas menores de 3 años con discapacidad o en riesgo de adquirirla, desarrollan acciones de prevención, detección y atención oportuna con base en la familia y comunidad, durante los 12 meses del año. Están a cargo de un Director, profesionales docentes y no docentes que coordinan con el  CEBE más cercano a su jurisdicción para  la inclusión educativa de los niños y niñas al nivel inicial de EBR o EBE. Los Gobiernos Regionales aseguran la creación, organización y funcionamiento de los PRITE, para la captación, derivación y atención oportuna  de niñas y niños menores de tres años con discapacidad o en riesgo de adquirirla, fundamentalmente en las zonas de mayor vulnerabilidad, con énfasis en el área rural.
§  Programa de atención no escolarizada al talento y superdotación (PANETS): está dirigido a estudiantes con altas habilidades y se brinda en espacios complementarios, promoviendo el desarrollo de habilidades cognitivas, meta cognitivas, la creatividad, habilidades sociales, motivación de logro, a través de medidas de enriquecimiento curricular. Ofrece módulos complementarios no escolarizados que promuevan las potencialidades de dichos estudiantes. Son de carácter curricular y complementario en horario alterno al proceso formativo del estudiante.
§  Centro de Recursos de Educación Básica Especial –CREBE: Ofrece soporte físico, técnico pedagógico y tecnológico para la implementación de la política educativa con enfoque inclusivo para estudiantes con discapacidad, talento y superdotación, así como producción de materiales adaptados por tipo de discapacidad para fortalecer el desempeño docente que coadyuven al logro de aprendizajes. Identifica estudiantes con discapacidad en el ámbito regional para la distribución de material específico en coordinación con la DIGEBE. Las DRE deben promover la creación de CREBE en su ámbito jurisdiccional.
§  La DIGEBE promueve  el fortalecimiento permanente de capacidades de directores, docentes, profesionales no docentes, padres de familia a través de capacitaciones virtuales o presenciales, gratuitas,  desarrolladas por el Centro Nacional de Recursos de la Educación Básica  Especial-CENAREBE.
§  Las instituciones educativas de gestión privada que brindan atención de estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad, deben contar con profesionales capacitados o especializados para el apoyo y asesoramiento  la institución educativa.
§  El Centro Nacional de Recursos de  Educación Básica Especial – CENAREBE, a través del área de producción brindará el servicio de impresión de textos escolares en sistema braille, para los estudiantes con discapacidad visual atendidos en instituciones educativas de gestión privadas, debiendo éstas proveer los insumos necesarios.

f)      Instituciones Educativas Bilingües (EIB)

En las Instituciones Educativas Bilingües que forman parte del Registro de II.EE. EIB, se debe implementar la Propuesta Pedagógica EIB y las Rutas de Aprendizaje EIB según las características socioculturales de la comunidad y los escenarios lingüísticos identificados, tomando en cuenta:
§   Recoger los saberes y prácticas culturales de la comunidad a través del Calendario Comunal.
§   Elaborar una caracterización sociolingüística y psicolingüística de la comunidad y de los estudiantes, respectivamente.
§   Desarrollar actividades de incorporación de los saberes de la cultura de los estudiantes en la programación curricular, y planificar el uso de la lengua originaria y el castellano a partir de los resultados de la caracterización.
§   Distribuir y utilizar obligatoriamente los materiales educativos tanto en lengua originaria de los estudiantes como en castellano.
§   Promover en las situaciones de aprendizaje un diálogo de saberes equitativo.
§   Desarrollar las sesiones de aprendizaje en lengua materna o segunda lengua, de acuerdo al horario de uso y tiempos de las lenguas.

g)     Promoción de cultura y deporte

§  Promoción de cultura y deporte: Las instituciones educativas públicas y privadas deberán realizar o participar en las siguientes actividades de promoción de la cultura y el deporte: talleres Recreativos, de Deporte y Arte en el periodo vacacional, Juegos Deportivos Escolares Nacionales y Juegos Florales Escolares Nacionales.
§  Promoción Escolar: Los estudiantes de IIEE de zonas rurales, beneficiados con la iniciativa “Rutas Solidarias: Bicicletas Rurales para llegar a la Escuela”, tendrán facilidad de acceso a su institución educativa, contribuyendo a disminuir el índice de deserción escolar. (Indicador: Número de alumnos beneficiados). Las IIEE que cuentan con actividad orquestal o coral, deben procurar insertarse a “Orquestando: Sistema de Orquestas y Coros Infantiles y Juveniles del Ministerio de Educación”
§  Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar: Las IIEE beneficiadas con el Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar, tendrán 5 horas semanales evaluadas de Educación Física (2 horas en horario regular y 3 horas en jornada escolar extendida) en las que se aplicará la propuesta pedagógica del Plan.

h)     Educación ambiental y Gestión del Riesgo de desastres

§  La implementación de la educación ambiental se rige por la Resolución Viceministerial N° 006-2012-ED que aprueba las “Normas específicas para la planificación, organización, ejecución, monitoreo y evaluación de la aplicación del enfoque ambiental en la Educación Básica y Educación Técnico Productiva en el marco de la Política Nacional de educación Ambiental” aprobada por D.S. Nº 017-2012-ED.
§  Las acciones de educación ambiental, en el marco de la aplicación de la Política Nacional de Educación Ambiental, así como las de prevención del riesgo de desastres, mitigación, respuesta y rehabilitación del servicio educativo en situaciones de emergencia o desastre y la participación en el calendario anual de simulacros escolares nacionales, se incorporan en el Plan Anual de Trabajo. El Comité ambiental actúa en coordinación con el CONEI.

§  A continuación se señalan las fechas de los simulacros de sismos programados para el 2015:

Simulacro
Fecha
Se conmemora en el marco de
Primero
Miércoles 22 de Abril
Día Mundial de la Tierra
Segundo
Viernes 29 de Mayo
Día de la Solidaridad
Tercero
Jueves 09 de Julio
Día Mundial de la Población y Poblamiento del Territorio
Cuarto
Martes 13 de Octubre
Día Internacional para la Reducción de Desastres
Quinto
Jueves 12 de Noviembre
Día Mundial del Reciclaje y del Aire Limpio


6.1.2       RETENCIÓN INTERANUAL DE ESTUDIANTES

El equipo directivo debe conducir, al iniciar el año lectivo 2015, un proceso de análisis sobre la cantidad de estudiantes que abandonaron la institución educativa tomando como referencia los estudiantes que tenían matriculados en el año lectivo 2014, utilizando el espacio de las jornadas de reflexión para examinar las causas que originan el fracaso y abandono de los estudiantes, estableciendo acciones y estrategias pedagógicas orientadas a la disminución de la repitencia y deserción.

Además, serán tomadas en cuenta las siguientes orientaciones específicas relacionadas a la matrícula escolar:

§  La matrícula y los traslados se efectúan de conformidad con los “Lineamientos para el proceso de Matrícula Escolar en las IE públicas de Educación Básica” aprobado por la R.M.N°0516-2007-ED.
§  Los estudiantes deben presentar DNI o pasaporte, control de vacunas y registro SIS para la matrícula. De no contar con alguno de estos documentos, estos se deben regularizar a más tardar al finalizar el primer semestre del año escolar. El equipo directivo debe orientar a las familias para la obtención de los documentos mencionados ante RENIEC y el Centro de Salud de su localidad, en coordinación con la Defensoría Escolar del Niño y del Adolescente, si la hubiere.
§  En concordancia con la Ley Nº 26549 y su modificatoria Ley N° 27665 Ley de Centros Educativos Privados, las instituciones educativas privadas deben brindar información sobre las condiciones pedagógicas e institucionales a las que se ajustará la prestación del servicio educativo durante el año escolar y las responsabilidades que asumen las familias, lo que será registrado en un documento suscrito por el padre o madre de familia y la dirección de la institución.
§  La atención a estudiantes con necesidades especiales asociadas a discapacidad en Instituciones Educativas públicas y privadas, se rige por  las normas del Sector y las establecidas por las disposiciones formuladas en la Ley N° 29973: Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento.
§  Todas las instituciones educativas tanto de gestión pública como privada, en todos los niveles y modalidades, reservan al menos dos vacantes por aula para estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad (leve o moderada) en EBR, EBA y ETP. El director de la institución educativa solicita apoyo al Servicio de Apoyo y Asesoramiento a las Necesidades Educativas Especiales – SAANEE de su jurisdicción a fin de garantizar la atención educativa pertinente
§  Los estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad matriculados en los diferentes niveles y modalidades, deben participar en todas las actividades con los mismos derechos y deberes que los demás estudiantes.
§  La matrícula del estudiante con discapacidad se realiza teniendo en cuenta la edad cronológica establecida para cada grado considerando la permanencia de dos años en un grado, por única vez, en el nivel. Es responsabilidad del equipo directivo regularizar su historial escolar. Se debe garantizar que el aula con estudiantes con discapacidad tenga una carga de estudiantes menor a lo establecida para el nivel y modalidad educativos.
§  En las instituciones educativas públicas no es obligatorio el uso del uniforme escolar. Las instituciones educativas privadas se rigen de acuerdo a su reglamento interno.

Educación Inicial
§  La matrícula para los niños y niñas del ciclo I (0 a 2 años), se realiza de manera flexible en cualquier época del año de acuerdo a la necesidad de las familias y de las niñas y niños, ubicándolos en los grupos de edad que corresponda. Las niñas y niños que cumplen 3 años al 31 de marzo son promovidos de manera automática al ciclo II.
§  La matrícula para  los niños y niñas del ciclo II (3 a 5 años),  se realiza de acuerdo a la edad cronológica cumplida al 31 de marzo. Las niñas y niños que cumplen 6 años al 31 de marzo son promovidos de manera automática al primer grado de  la Educación Primaria.
§  Los  procesos de traslado para el ciclo II (3 a 5 años), podrán realizarse hasta el inicio del último período escolar, a fin de garantizar ser incluidos en las nóminas adicionales.
§  El Director de la IIEE Escolarizada y/o Profesora Coordinadora a cargo del Programa No Escolarizado son los responsables de  registrar la matrícula  de las niñas y niños en la nómina que corresponde según su edad cronológica, la misma que a los 60 días de iniciado el año escolar debe ser publicada en un lugar visible de la IE y/ o del aula.
§  En los procesos de admisión, ingreso y/o matrícula a las instituciones educativas públicas o privadas en el nivel inicial y primer grado de primaria no se puede  evaluar  a los niños y niñas, ni solicitar evaluaciones externas, o formatos específicos a ser llenados por las IIEE de procedencia.
§  En el caso que la IIEE privada y pública tenga un mayor número de postulantes que vacantes, la IIEE podrá establecer criterios de priorización para la selección de las familias a admitir, que no impliquen evaluación de los niños y niñas, solo para efectos de adecuaciones pedagógicas en casos de necesidades educativas especiales y extra edad, que aseguren la mejor atención educativa. Esta priorización es ponderada internamente por cada IIEE. Puede incluir aspectos que garanticen un adecuado compromiso entre familia y escuela para la educación de los niños, como el tener hermanos en la misma institución, coincidencia declarada o demostrable de la línea  axiológica de las familias con la de la institución educativa, identificación de la familia con el proyecto educativo, compromiso de los padres de participar en la educación de los hijos, equidad de género en colegios mixtos, ser hijos de ex alumnos, comportamiento de los padres acorde con las normas y compromisos institucionales u otros que sean intrínsecos a sus objetivos institucionales en consonancia con su visión y misión. También puede considerar mecanismos de selección aleatorios como el orden de llegada o el sorteo.
§  El proceso de admisión que sigan las instituciones educativas privadas consta de las siguientes etapas, en todas las cuales se valora la buena fe de las partes:   
1.    Información
o   La IIEE debe brindar a los padres interesados en inscribir a sus hijos la información pertinente sobre el ideario, valores, misión, visión, principios pedagógicos, normas de vida de la institución educativa, número de vacantes con las que cuenta, de manera que las familias puedan  elegir la institución educativa para sus hijos o hijas con conocimiento, buscando aquella que se ajuste más a sus necesidades y características. La información puede ser brindada a través de charlas, visitas guiadas con la participación de los hijos, si los padres así lo deciden, página web de la institución educativa, entre otros.
2.     Entrevista a padres
o   Una vez informados, los padres solicitan una vacante para su hijo o hija y pasan a la etapa de la entrevista con los responsables designados por la institución educativa para dicho fin.  Es la oportunidad para conocerse y aclarar las dudas sobre la información y compromisos a asumir.
o   Los padres, al solicitar una vacante, tienen la responsabilidad de informar sobre la posible existencia de necesidades educativas especiales del niño a fin de asegurar una atención educativa que le sea pertinente. Si postulan a IIEE bilingües, donde el 50 por ciento del proceso de enseñanza-aprendizaje se realiza en una lengua extranjera diferente a la del niño, tienen la responsabilidad de informar sobre la posible existencia de dificultades en el desarrollo del lenguaje a fin de asegurar que su hijo/a esté en las mejores condiciones para iniciar el proceso educativo en dicho sistema.
3.     Selección
o   Se realizará de acuerdo a los criterios de priorización establecidos por la IIEE
o   Una vez que la IIEE resuelve y anuncia qué niños y niñas serán admitidos, los padres deberán completar el proceso administrativo exigible para concluir la admisión y dejar al niño o niña apto o apta para la matrícula. De no completarlo en los plazos pre-anunciados por la IIEE se declara la pérdida de la vacante. 
4.     Contacto con los niños admitidos
o   Una vez admitidos,  se pueden desarrollar actividades para conocer a las niñas y niños  y así organizar de manera adecuada las clases en función de sus características, y definir la conformación de las diversas aulas.  Estas actividades se ajustarán a la propuesta pedagógica de educación inicial, siendo la observación el principal medio de recojo de información. Si luego de estas actividades se requiere brindar orientaciones a algunas familias para un mejor acompañamiento al niño  en su proceso de adaptación o integración a la nueva institución educativa se recomienda, de ser el caso, que éstas se realicen de manera coordinada con la IIEE de procedencia del niño.
o   Se orientará al padre de familia del niño o niña que presente necesidades educativas especiales para que con su autorización y participación se realice la evaluación psicopedagógica para brindarle la atención educativa de calidad.


Educación Primaria
§  La matrícula para el primer grado se realizará considerando a los niños y niñas que durante el 2013 fueron matriculados en inicial de  cinco años para lo cual deben presentar la ficha única de matrícula y el código del alumno.
§  La matrícula de los estudiantes  que ingresan por primera vez a la educación básica regular, en el primer grado de primaria y que no proceden de ningún sistema escolarizado deberá tener en cuenta las siguientes condiciones: la presencia del tutor o padres y contar con acta  de nacimiento o documento de identidad. En el caso que no tenga ningún documento, prima el derecho del niño o niña siendo acogido  en la institución y el proceso de matrícula queda en vías de regularización; siempre y cuando el estudiante cumpla seis años de edad hasta el 31 de marzo de 2015.
§  Con la finalidad de asegurar una transición adecuada entre los niveles de educación primaria y secundaria, las IIEE de primaria, sean integradas o no, deben ofrecer información a las familias y estudiantes de la matrícula en la IIEE secundaria más próxima, facilitando el proceso de matrícula.

Educación Secundaria
§  La matrícula en el primer grado, procede con la presentación de la Ficha Única de  Matricula, el DNI del estudiante y el Certificado de  Estudios que acredite haber aprobado el sexto grado de educación primaria. En caso de acceder al nivel con prueba de ubicación, evaluación de estudios independientes o convalidación de estudios, se hará constar expresamente. Para los adolescentes con discapacidad la certificación requerida contiene los criterios específicos concordantes con las adaptaciones curriculares  pertinentes.
§  La matrícula de segundo  a quinto grado procede con un área o taller pendiente de aprobación. La IIEE durante el año lectivo, implementará un Programa de Recuperación Pedagógica para ofrecer al estudiante oportunidades de evaluación del área o taller pendiente de aprobación.
§  El trámite de traslado de matrícula debe asegurar la inmediata continuidad de los estudiantes en el grado correspondiente.

Educación Básica Alternativa
§  La matrícula en el ciclo inicial e intermedio, en cualquiera de los grados, se inicia a partir de los 14 años de edad, en el ciclo avanzado es a partir de 15 años de edad para el 1er. grado, 16 años de edad para el 2do grado, 17 años de edad para el 3er. grado y 18 años de edad para el 4to grado.
§  Los jóvenes y adultos que no acrediten escolaridad serán matriculados en el grado de estudio como resultado de la aplicación de la prueba de ubicación.
§  Para aperturar una sección, deben matricularse como mínimo, 20 estudiantes en ámbito urbano y periurbano, y 15 estudiantes en ámbito rural o de frontera, por ciclo en inicial e intermedio y por grado en el ciclo avanzado.
§  Los estudiantes que fueron matriculados en el Programa de Educación Básica Alternativa de Niños y Adolescentes (PEBANA), antes de la dación del DS N° 011-2012-ED, pueden continuar sus estudios en la modalidad hasta concluir su Educación Básica.

Educación Básica Especial
§  Los estudiantes con discapacidad severa y multi-discapacidad son matriculados en centros de educación básica especial CEBE, en los niveles de inicial y primaria, tomando en cuenta la edad normativa  de los niveles y modalidades correspondientes.
§  Los niños y niñas menores de tres años con discapacidad o en riesgo de adquirirlo son matriculados en los programas de intervención temprana PRITE. La matrícula se efectúa en cualquier mes del año.
§  La matrícula del estudiante con discapacidad se realiza teniendo en cuenta la edad cronológica establecida para cada grado, considerando la permanencia de dos años en un grado, por única vez, en el nivel. Es responsabilidad del equipo directivo regularizar su historial escolar.
§  Los estudiantes con discapacidad, al matricularse, deben presentar DNI o carnet de extranjería,  certificado de discapacidad y carnet de CONADIS; además de certificado médico; de no contar con alguno de estos documentos, estos se deben regularizar a más tardar al finalizar el primer semestre del año escolar.
§  En cumplimiento de lo normado por el Sector y la Ley de la Persona con Discapacidad y su Reglamento, ninguna IIEE pública o privada, no puede negar la matrícula a un estudiante con discapacidad.


6.1.3       CUMPLIMIENTO DE LA CALENDARIZACIÓN PLANIFICADA POR LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA.

El equipo directivo lidera y promueve el cumplimiento de la calendarización. En ella se consigna las jornadas efectivas de aprendizaje y su recuperación si es el caso. Si bien la calendarización tiene un manejo flexible, se realiza sobre la base del cumplimiento del mínimo de horas lectivas establecidas. Estas consideran las fechas de inicio y término del año escolar, las clases, las jornadas de reflexión, el día del logro y las vacaciones de medio año para los estudiantes. Cualquier circunstancia que altere la calendarización preestablecida y afecte el número mínimo de horas lectivas debe dar lugar a recuperación. Para ello se deberá tomar en cuenta:

§  Las instituciones educativas públicas inician sus labores el 02 de marzo de 2015 con asistencia obligatoria de los docentes tanto nombrados como contratados, con la finalidad de revisar y ajustar el Plan Anual de Trabajo. Las clases se inician a nivel nacional el lunes 09 de marzo; salvo disposición distinta del gobierno regional por causas justificadas. En las instituciones educativas privadas el inicio será de acuerdo con su reglamento interno. En el caso de los CEBA, el inicio de las clases está sujeto a la programación de sus períodos promocionales.
§  Para elaborar la calendarización en las IIEE públicas, se tomarán en cuenta las fechas de inicio y término del año escolar  y del período promocional en el caso de la EBA, las horas lectivas mínimas establecidas, las jornadas de reflexión y día de logro, así como las vacaciones estudiantiles de medio año. Las IIEE pueden hacer un manejo flexible de la calendarización, se debe respetar el cumplimiento de las horas lectivas.
§  Las IIEE programarán actividades y participarán en actos de celebración de la localidad o actividades propuestas por organizaciones sociales, privadas o públicas sólo si éstas contribuyen al Programa Curricular de Aula y forman parte del Plan Anual de Trabajo.
§  Para la contabilización de las horas efectivas de clase no se consideran las actividades en eventos de celebración de organismos públicos o privados. Está terminantemente prohibido el uso de horas efectivas de clase para ensayos de desfiles escolares, celebraciones de aniversarios, fiestas patronales o similares, de conformidad con lo señalado en  la Resolución Ministerial N° 0352-2006-ED que aprueba la Directiva "Normas y Orientaciones para la Celebración del 185 Aniversario Patrio" y la Resolución Viceministerial  N° 022-2007-ED que aprueba las “Normas para el fortalecimiento de la Convivencia y Disciplina Escolar, el Uso adecuado del tiempo y la Formación, Cívica y Patriótica de los Estudiantes de las Instituciones y Programas de la Educación Básica".
§  No se expondrá a los niños y niñas a marchas o desfiles, concursos, olimpiadas deportivas, celebraciones patronales o similares, ni a fiestas de promoción que no estén acordes con sus necesidades e intereses y que generen gastos en la economía familiar.
§  Las instituciones educativas en coordinación con la UGEL, pueden definir la jornada escolar  de acuerdo al artículo 124 del Reglamento de la Ley General de Educación, que plantea que el sistema educativo se adapte a la diversidad y necesidades de los estudiantes.
§  Con el fin de contribuir al logro de los aprendizajes de las y los estudiantes, y de acuerdo a sus intereses y necesidades de orientación, las IIEE de EBR podrán disponer un incremento de más de una hora de tutoría, recurriendo a las horas de libre disponibilidad. En el caso de Educación Inicial y Primaria, la docente de aula asume las acciones de tutoría de manera permanente.

La asistencia, permanencia y carga horaria del personal para Instituciones Educativas Públicas, se regula teniendo en consideración que:
§  El Control de asistencia y permanencia del personal de instituciones educativas públicas se establece en la Ley General de Educación, Ley de Reforma Magisterial y el reglamento interno de la institución educativa.  El personal está obligado a cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo (Art. 40 LRM).
§  La jornada de trabajo semanal de los docentes de Educación Básica Regular Nivel Secundaria y Educación Básica Alternativa Ciclo Avanzado, contratados o nombrados, puede extenderse hasta un máximo de treinta (30) horas pedagógicas, conforme lo establece el artículo 65 de la Ley Nº 29944. También se pueden autorizar contratos menores a 24 horas para completar el Plan de Estudios.
§  Para la distribución de carga horaria entre los docentes de Educación Secundaria, no es obligatorio contemplar el día libre. La mencionada distribución se contempla de lunes a viernes y la hora de tutoría se planifica dentro de la carga horaria del docente.
§  En las instituciones educativas donde se implementen procesos de reestructuración que incluyan cambio de turno de los docentes, deberá procederse teniendo en cuenta los siguientes criterios: escala magisterial, tiempo de servicios docentes en la institución educativa y tiempo de servicios docentes al servicio del Estado.
§  La jornada de trabajo de los docentes es de 30 o 24 horas, las cuales deberán cumplirse con horas efectivas de clases, en diferentes horarios y/o turnos. Los CEBA públicos abrirán secciones en periféricos con la carga docente mínima establecida, en coordinación con la instancia de gestión educativa descentralizada correspondiente. Los ciclos inicial e intermedio brindan el servicio educativo sólo en forma presencial y el ciclo avanzado en las formas presencial, semipresencial y/o a distancia. Los CEBA sólo pueden organizar aulas multigrado en el ciclo inicial o intermedio pero no multiciclo. En el ciclo avanzado sólo podrá organizarse por grados.
6.1.4   MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO A LA PRÁCTICA DOCENTE EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS

La orientación de los procesos pedagógicos para la mejora de los aprendizajes[1] es tarea  primordial del equipo directivo. Se constituye en el proceso de diálogo e intercambio entre el equipo directivo y docente, sobre la base de la observación y retroalimentación del trabajo en aula bajo un enfoque crítico, reflexivo y colaborativo. Es el medio a través del cual se explicitan e implementan los compromisos e indicadores de gestión relativos al proceso pedagógico, a decir:

a)     USO PEDAGÓGICO DEL TIEMPO DURANTE LAS SESIONES DE APRENDIZAJE

El equipo directivo lidera y promueve un uso efectivo del tiempo en el aula, enfatizando a través del acompañamiento y monitoreo que realizan a la práctica docente, la orientación para destinar mayores espacios de tiempo al desarrollo de aprendizajes significativos en el aula.

Para ello, se deberá tomar en cuenta:

§  En las Instituciones de Educación Inicial Escolarizada, el trabajo pedagógico a cargo del docente es de 900 horas anuales y 30 horas semanales, destinadas al trabajo diario y continuo con los niños y el tiempo restante está orientado a la planificación de actividades, organización del aula y atención a padres de familia.  es de 5 horas pedagógicas, 25 semanales y un mínimo de 900 horas anuales. En las Instituciones de Educación Inicial No Escolarizadas el trabajo pedagógico mínimo es de 20 horas pedagógicas semanales y 640 horas anuales. Los turnos y horarios serán concertados entre la Profesora Coordinadora y el personal que atiende a niños y niñas, en función de sus necesidades, de las familias y la comunidad. Las UGEL deben garantizar como mínimo el cumplimiento de 10 meses de trabajo de promotoras educativas comunitarias, debiendo ser designadas en el mes de marzo.
§  En los servicios de educación inicial de ciclo I el horario de atención es flexible, teniendo un mínimo de 2 horas semanales.
§  Los primeros días de asistencia de los niños y las niñas a los servicios de educación inicial, se permitirá la compañía de los padres o cuidadores, a fin de favorecer los procesos de transición del hogar a la institución educativa y asegurar la adaptación. A excepción de las Instituciones Educativas No Escolarizadas del ciclo I cuya característica es la asistencia de niños acompañados por sus padres o adultos cuidadores.
§  En el nivel de Educación Primaria, el trabajo pedagógico diario es de 6 horas pedagógicas, 30 horas semanales y un mínimo de 1100 horas anuales. En el nivel secundario, el trabajo mínimo diario es de 7 horas pedagógicas, 35 horas semanales y 1200 horas anuales.
§  No se consideran como horas efectivas de clase actividades rutinarias que no generen aprendizajes significativos.
§  La organización de horarios de clase en los niveles de primaria y secundaria se programan preferentemente  en sesiones de aprendizaje de dos o más horas continuas, utilizando el tiempo de manera óptima para aprendizajes de calidad.
§  Teniendo en cuenta que el área de Educación Física requiere un tiempo relacionado con la higiene personal después de su práctica, las sesiones deben programarse de preferencia antes del recreo y en las horas finales del turno correspondiente.
§  En los Centros Rurales de Formación en Alternancia (CRFA) de Educación Secundaria, el Plan de Estudios se desarrolla en 60 horas pedagógicas semanales, que incluyen 54 horas obligatorias y 6 horas de libre disponibilidad.
§  Los Centros de Educación Básica Alternativa (CEBA) organizan periodos promocionales en las formas de atención presencial, semipresencial y a distancia, durante el año lectivo, cumpliendo como mínimo 950 horas pedagógicas. Excepcionalmente, los programas y períodos promocionales que se definan con jornadas pedagógicas de temporalidad distinta, atendidas por la DIGEBA de manera directa o en convenio con otras instituciones, se regirán por normas específicas emitidas por la DIGEBA.

b)     USO DE HERRAMIENTAS METODOLÓGICAS PARA LA PRÁCTICA DOCENTE

El equipo directivo lidera el mejoramiento de las prácticas pedagógicas en la institución educativa a partir del uso de las rutas de aprendizaje existentes para las competencias de comunicación y matemática. Para las demás competencias, se aplicará el Diseño Curricular Nacional. Para ello, el equipo directivo deberá:
§  Organizar reuniones con los docentes para revisar y analizar las rutas de aprendizaje. Para el caso de las IIEE de áreas rurales organizadas en redes educativas, las jornadas se realizarán a nivel de red.
§  Orientar a los docentes en la planificación de los aprendizajes a partir del uso de las rutas.
§  Programar las acciones de acompañamiento y retroalimentación que debe realizar del desempeño docente respecto de la incorporación de orientaciones pedagógicas y didácticas establecidas en las rutas de aprendizaje para los diferentes ciclos y niveles.

La plataforma de PerúEduca tendrá un espacio con recursos diversos para apoyar a los docentes en la aplicación de las rutas de aprendizaje y el uso de los estándares. En este espacio también se publicarán las actualizaciones y novedades que se desarrollen sobre la política curricular en conjunto a partir de los aportes recibidos. Asimismo, se publicarán unidades y sesiones de aprendizaje de Comunicación y Matemática de primero a tercer grado de Educación Primaria.

Las rutas de aprendizaje y la plataforma PerúEduca están disponibles para las instituciones educativas privadas que quisieran hacer uso de ellas.

c)     USO DE MATERIALES Y RECURSOS EDUCATIVOS DURANTE LA SESIÓN DE APRENDIZAJE.

El equipo directivo es responsable de la recepción y distribución de materiales; promueve el uso de los textos, cuadernos de trabajo, computadoras, material concreto, digital y demás recursos que son distribuidos de forma gratuita por el Ministerio de Educación. El director de la institución educativa es responsable de recibir los  materiales y recursos educativos que las UGEL distribuirán y de organizar su distribución interna inmediata para ponerlos a disposición de los estudiantes.

Las orientaciones específicas para la distribución y uso pedagógico de los materiales y recursos educativos, se encuentran detalladas en la Norma Técnica correspondiente emitida por el Ministerio de Educación.

Los estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad deben ser registrados a través de los sistemas de información del Sector, que permitan la provisión  de materiales específicos por discapacidad de forma que coadyuve el proceso de enseñanza y aprendizaje.


6.1.5       CLIMA ESCOLAR FAVORABLE AL LOGRO DE APRENDIZAJES

El equipo directivo y la comunidad educativa velan por una convivencia basada en el respeto, la tolerancia, el buen trato, la igualdad, el ejercicio de derechos, cumplimiento de los deberes y la no violencia escolar. Para ello, deben promover que las normas de convivencia sean elaboradas de forma participativa con los estudiantes, docentes y padres y madres de familia. Deben, también, vigilar que los reglamentos internos no consideren sanciones a escolares que impliquen expulsiones o castigos físicos y/o humillantes. Promueve la identificación de rasgos del clima escolar a través de la encuesta de percepción del clima, que estará anexada al Fascículo para la Gestión de los Aprendizajes. A partir de ello, establece acciones para la mejora del clima escolar.

En cuanto a la atención de los casos de violencia escolar, el equipo directivo debe liderar una inmediata intervención que cumpla con los protocolos de atención desarrollados por el MINEDU para brindar una atención oportuna a las y los estudiantes y restablecer la sana convivencia en la institución educativa. Esta intervención debe empezar frenar la violencia escolar y  afiliar a su institución educativa al Sistema Especializado en la atención de casos de Violencia Escolar-  SiseVe (www.siseve.pe).

Es responsabilidad del equipo directivo garantizar la existencia e implementación del Comité de Tutoría y Orientación Educativa que coordinará con el CONEI (Art. 39 del D.S. Nº 011-2012-ED).

Las y los docentes tienen la responsabilidad de realizar labores de orientación, formación y acompañamiento de las y los estudiantes. Cada docente tutor debe realizar la acción tutorial tanto en forma individual como grupal, considerando el interés superior del niño y los principios de confianza y confidencialidad. La acción tutorial tiene un carácter formativo-preventivo y atiende situaciones de vulneración de derechos que afectan a las y los estudiantes, como: trata de personas, diversas formas de trabajo infantil, embarazo y paternidad en la adolescencia, abuso sexual, violencia contra la mujer, adicciones no convencionales, uso inadecuado del internet, de las redes sociales o las tecnologías de la información y comunicación (TIC), entre otras.

La acción tutorial tiene un carácter formativo-preventivo y atiende situaciones de vulneración de derechos que afectan a las y los estudiantes,  como: violencia escolar, trata de personas, uso indebido de drogas y otros factores de riesgo asociado, uso inadecuado de tecnologías informáticas de comunicación (TIC): Internet, celulares, redes sociales, entre otras. Se extiende a las familias, para informar, orientar y coordinar acciones con los padres y madres de familia o apoderados, a fin que éstos cumplan su rol formativo y establezcan las condiciones fundamentales físicas, afectivas y emocionales que favorezcan los aprendizajes.

6.1.6       IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN ANUAL DE TRABAJO CON PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

El equipo directivo lidera la elaboración del Plan Anual de Trabajo (PAT) establecido normativamente, con un nuevo sentido: expresa una planificación y gestión centrada en la mejora de los aprendizajes. El PAT engloba todos los compromisos de gestión de la institución educativa incluyendo: i) la elaboración y/o revisión del diagnóstico de la institución educativa; ii) las metas y estrategias de gestión para la mejora de aprendizajes; y iii) la evaluación y medición del cumplimiento y seguimiento de las metas y estrategias, involucrando a todos los integrantes de la comunidad educativa para que cada uno asuma sus responsabilidades desde el rol que le corresponde.

Para ello, se deberá tomar en cuenta:

§  El Proyecto Educativo Institucional es la herramienta estratégica que establece la visión de la institución educativa; el PAT es la herramienta de gestión operativa, funcional y articuladora. Su formulación no obedece únicamente a cumplimiento administrativo, sino más bien expresa el accionar de la institución educativa para la mejora de los aprendizajes.
§  En su versión preliminar, el PAT es elaborado durante la jornada de planificación entre los meses de noviembre y diciembre 2014, con especial énfasis en las acciones que deben preverse para garantizar el buen inicio del año escolar. Se realiza el ajuste y actualización del PAT en la semana del 02 al 06 de marzo del 2015.
§  Las instituciones educativas unidocentes y multigrado que están organizadas en Red Educativa elaboran un único PAT de manera conjunta.
§  Este PAT podrá incorporar las actividades de autoevaluación de la gestión, en las instituciones educativas que decidan iniciar o se encuentren en el proceso.

§  El PAT se organiza en función de tres momentos:

1.       Buen Inicio del Año Escolar (enero a marzo 2015): Corresponde a las tareas orientadas a asegurar y mantener las condiciones institucionales y pedagógicas para el inicio oportuno y adecuado de las actividades de aprendizaje de los estudiantes. Requiere gestionar: matrícula  oportuna y sin condicionamientos, mantenimiento de locales escolares, buena acogida, formulación del plan anual de trabajo, docentes contratados, nombrados y promotoras educativas comunitarias contratadas desde el primer día de clase y materiales educativos distribuidos a los estudiantes.
2.       Aprendizajes fundamentales y la escuela que queremos (abril a octubre 2015): Corresponde a las acciones conjuntas que debe desarrollar la institución educativa y que están programadas en el Plan Anual de Trabajo, considerados como elemento central de la calidad educativa. Requiere gestionar: jornadas de reflexión, evaluación de estudiantes, primer y segundo día de logro y evaluación censal de estudiantes.
3.       Balance del año escolar y responsabilidad por los resultados (noviembre a diciembre 2015): Corresponde a las tareas relacionadas al balance del año escolar y a dar cuenta de los compromisos e indicadores de gestión para las instituciones educativas; así como prever la planificación del año siguiente. El objetivo promover el acceso a la información, fortalecer la transparencia y el diálogo en la comunidad educativa a partir de los resultados de aprendizajes de los estudiantes.

§  Se propone como contenido básico del PAT:
I.           Diagnóstico de  la institución educativa en relación a los indicadores de gestión
II.         Objetivos  y metas  por cada compromiso de gestión escolar como resultado del diagnóstico.
III.       Actividades
a)     Buen inicio del Año Escolar.
§  Actividades  para  asegurar  la matrícula oportuna y sin condicionamientos
§  Actividades de preparación y acogida a los estudiantes, con el objetivo de generar las condiciones para un clima escolar favorable a los aprendizajes.
§  Actividades para la distribución de los materiales educativos
§  Actividades para el mantenimiento del local escolar.
b)     Aprendizajes fundamentales y la Escuela que Queremos.
§  Primera Jornada  de reflexión pedagógica que implica el ajuste y/o actualización del propio PAT y el establecimiento de metas de aprendizaje, estrategias pedagógicas (uso de las rutas de aprendizaje en los procesos pedagógicos) y compromisos de los diferentes actores de la comunidad  educativa.
§  Evaluación de estudiantes (primer semestre)
§  Primer día del logro (primer semestre).
§  Segunda Jornada de reflexión  con el objetivo de realizar un balance de los compromisos e indicadores de gestión (durante las vacaciones de medio año).
§  Evaluación Censal (Segundo semestre)
§  Semana de la Democracia
§  Actividades para el fomento de la lectura y escritura como el Plan Lector
§  Actividades de tutoría y orientación educativa
§  Actividades de cuidado ambiental, prevención de riesgos de desastres y simulacros.
§  Actividades  de promoción de la cultura y el deporte
§  Actividades relacionadas con Aprende Saludable (alimentación y salud)
c)     Balance del Año Escolar y Rendición de Cuentas.
§  Tercera Jornada de reflexión, balance y rendición de cuentas  en relación a los compromisos e indicadores de gestión.
§  Día de Logro en el marco de la clausura del año escolar
IV.             Distribución del Tiempo en la IE
§  Calendarización del año escolar
§  Cuadro de Distribución de Secciones y Horas de clase
V.               Anexos (actividades del CONEI, de la APAFA, uso de recursos propios, entre otros).

6.2    ORIENTACIONES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA “SOPORTE PEDAGÓGICO”

Las acciones para la implementación de Soporte Pedagógico, lideradas por el Ministerio de Educación (MINEDU), en coordinación con los gobiernos regionales y gobiernos locales,  involucran la participación de estudiantes, docentes, padres de familia, directores de las instituciones educativas, organizaciones civiles  y otros actores de la comunidad.

En el presente año escolar, se implementará la estrategia de Soporte Pedagógico en instituciones educativas polidocentes urbanas focalizadas de Educación Primaria, en las regiones: Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Loreto, Lima Metropolitana, Piura, San Martin, Ucayali, Lima provincias, Ica, La Libertad y Lambayeque.

Las líneas de acción de Soporte Pedagógico son: i) Refuerzo escolar; ii) Capacitación y acompañamiento a equipos directivos; iii) Capacitación y acompañamiento a docentes de aula; iv) Gestión escolar y local.

Refuerzo escolar
Refuerzo Escolar es una línea de acción que busca desarrollar las competencias y capacidades en Comunicación y Matemática en los estudiantes de 1er, 2do y 3er grado de primaria con rezago escolar.

Para la implementación de esta línea de acción es necesaria la oportuna identificación, selección y contratación personal docente que cumpla con criterios de calificación definidos por la DEP (equipo técnico de Soporte Pedagógico), autoridades de los gobiernos regionales y locales del sector.

La responsabilidad para el desarrollo de estas actividades recae en el trabajo conjunto entre el docente de aula y el docente contratado especialmente para realizar estas actividades con una frecuencia de dos veces por semana por cada aprendizaje.
Las sesiones de refuerzo escolar podrán realizarse durante horarios alternos a la jornada escolar en un aula destinada exclusivamente para este fin.

Capacitación y acompañamiento a equipos directivos

A.    Capacitación
Son espacios formativos, realizados en el marco del Programa Directivos Educan y de Soporte Pedagógico, los mismos que se caracteriza por afianzar los propósitos del Marco del Buen Desempeño del Directivo.
Los talleres de capacitación se desarrollarán en cada uno de los espacios territoriales de intervención y participará la totalidad de equipos directivos de las Instituciones Educativas focalizadas.


B.    Acompañamiento
Para implementar este componente, el equipo de Soporte Pedagógico es el encargado de articular y coordinar las actividades desarrolladas por los equipos técnicos de DIGEDIE, DEP y de ser el caso la DRE/UGEL en la Institución Educativa focalizada.

Capacitación y acompañamiento a docentes de aula

A.    Capacitación
La capacitación se realizará a través de:
1.     Talleres, los que se desarrollarán en cada uno de los espacios territoriales de intervención y participarán la totalidad de docentes de Nivel Primaria de las Instituciones Educativas focalizadas; así como los equipos directivos, quienes participarán para fortalecer sus capacidades pedagógicas.
2.     Programas de actualización, organizados por la Dirección de Educación Superior Pedagógica, bajo dos modalidades de atención: Semipresencial y Virtual. Los docentes que participan de Soporte Pedagógico podrán acceder a estos programas de actualización.
Es responsabilidad del director de la Institución Educativa, promover la inscripción oportuna y asistencia de los docentes.

B.    Acompañamiento y monitoreo pedagógico
El acompañamiento a docentes se desarrolla a partir de un conjunto de acciones que implica la observación participativa y la reflexión de la práctica docente sobre el desarrollo de los procesos pedagógicos y didácticos que ocurren en el aula, y de las condiciones que intervienen en el proceso de aprendizaje.

El equipo de Soporte Pedagógico, en coordinación con los especialistas de UGEL y los directores de las Instituciones Educativas, estarán a cargo de estas actividades.

C.    Grupos de Inter-aprendizaje
Son espacios de aprendizaje que generan reflexión colectiva en la Institución Educativa. Permite desarrollar espacios de análisis y toma de decisiones sobre la práctica pedagógica a partir de los hallazgos identificados en el acompañamiento y monitoreo pedagógico.
En ellos se plantean propuestas y alternativas para mejorar el desempeño docente; y fortalecer las capacidades pedagógicas en Comunicación, Matemática, Ciencias y Personal Social (Ciudadanía y Desarrollo Personal), con el propósito de lograr mejores aprendizajes de los estudiantes de educación primaria.

D.    Soporte virtual
Son espacios de formación en que el que se brinda un servicio de consulta e información en línea. Tiene como objetivo asesorar en tiempo real a los usuarios en la absolución de inquietudes, dudas o recepción de sugerencias. Pueden acceder todos los docentes y directivos de las Instituciones Educativas que formarán parte de la intervención.

Gestión escolar y local

A.    Jornada con madres y padres de familia
Son encuentros reflexivos y de intercambio de experiencias, que buscan motivar y orientar a los padres, madres u apoderados en su rol como guía, incentivo y apoyo del aprendizaje de sus hijos e hijas, a partir de experiencias de la vida cotidiana.
Está dirigido a los padres y madres de familia de los estudiantes del nivel primario de las instituciones educativas que forman parte de la intervención.

B.    Encuentros de aprendizaje en familia
Consiste en la organización y ejecución de talleres entre padres, madres e hijos, donde tienen la posibilidad de compartir, divertirse y aprender. Está dirigida a todas las familias (padres, madres, hijos, hijas, apoderados u otros familiares cercanos al estudiante) de 1ero, 2do y 3er grado de primaria de las Instituciones Educativas focalizadas.
En ambos casos, para la implementación de los componentes A y B, el docente contratado para Soporte Pedagógico será el promotor del desarrollo de estas actividades, en coordinación con el director de la Institución Educativa y los docentes de aula.

C.    Participación comunitaria de actores locales
Este componente se desarrollará a través de la organización y ejecución de reuniones periódicas en las que participan las autoridades locales y miembros de la sociedad civil del distrito en el que se encuentren las instituciones educativas intervenidas.
El equipo de soporte pedagógico, en coordinación con los especialistas de UGEL asignados, serán los responsables de la organización de este componente. 

Roles y actores

Responsable de Soporte Pedagógico en regiones
-        Coordinar las actividades planificadas en los ámbitos de intervención de la región asignada.
-        Coordinar permanentemente con la Dirección de Gestión pedagógica de las DRE y UGEL comprendidas en la implementación de la estrategia con el fin de asegurar las mejores condiciones para su implementación.
-        Liderar, organizar y articular el trabajo del equipo de especialistas de Soporte Pedagógico en la implementación de la estrategia en la región asignada.
-        Informar mensualmente al MINEDU y UGEL sobre los avances, dificultades y alcanzando sugerencias para la implementación de la estrategia.
-        Participar en las reuniones de la Comisión de Gestión Intergubernamental para dar cuenta de avances y dificultades en la implementación de la estrategia y asegurarse que se agende desde estos espacios los compromisos y alianzas que apoyen dichas acciones.
-        Liderar el diseño e implementación del Plan de Trabajo de intervención de la estrategia de Soporte Pedagógico en la región asignada.
-        Organizar y sistematizar la información recogida con referencia a las diferentes líneas de intervención.

Especialista del equipo de Soporte Pedagógico
-        Planificar, ejecutar y evaluar talleres de capacitación a especialistas de UGEL, Asesores pedagógicos, Docentes Fortaleza, docentes de aula y directivos.
-        Acompañar y monitorear a los asesores pedagógicos, especialistas de UGEL y docentes fortaleza para el desarrollo de las acciones de monitoreo pedagógico, refuerzo escolar, GIAS, jornadas y encuentros  con padres y madres de familia.
-        Realizar acciones de acompañamiento y monitoreo a los docentes de las IE focalizadas.
-        Participar en la planificación, organización y desarrollo de los talleres anuales con  docentes y directores de las IIEE  focalizadas.
-        Registrar y sistematizar las buenas prácticas pedagógicas y de gestión de las IIEE focalizadas, las que reporta al coordinador regional.
-        Promover acciones de participación comunitaria referidas a la línea de intervención de Gestión Local. Coordinar y convocar a estas acciones al Coordinador de Red[2].

Asesor Pedagógico[3] y Especialistas de UGEL Para Soporte Pedagógico[4]
-        Acompañar y monitorear a los docentes segundo grado (Lima Metropolitana) y a los docentes de primero a tercero (Especialistas de San Martín).
-        Organizar y dirigir grupos de GIAS con docentes de primer a tercer grado según sea el caso, en coordinación con el especialista de Soporte Pedagógico.
-        Apoyar en la identificación y sistematización de buenas prácticas pedagógicas y de gestión, las que reporta al director, especialista de Soporte Pedagógico de la IE y a la UGEL a través del jefe de AGP.
-        Ejecutar y evaluar los talleres de capacitación a docentes de aula y directivos, en coordinación con el director de escuela y especialistas de Soporte Pedagógico de
-        Asegurar el buen entendimiento de los lineamientos de la estrategia, generados por MINEDU.

Coordinadores de Red[5]
-        Dar soporte institucional a las IIEE para la buena implementación de la estrategia de Soporte Pedagógico.
-        Apoyar en la organización y desarrollo de los talleres y GIA de directores y docentes de la Red bajo su responsabilidad.
-        Conducir grupos de inter aprendizaje con directivos de su red.
-        Convocar actores de su red para la participación en las mesas educativas locales. Reporta a la mesa educativa local la implementación de los PAT de las IIEE de su jurisdicción
-        Coordinar y reportar las actividades que desarrolla al director, especialista de Soporte Pedagógico y jefe de AGP de UGEL.
-        Participar en las reuniones técnicas del equipo soporte pedagógico

Docente Fortaleza
-        Atender a los estudiantes de primero, segundo y tercer grado que requieren un mayor acompañamiento, para logro de competencias y capacidades de Comunicación y Matemática; a través de las sesiones de refuerzo escolar.
-        Capacitar, organizar y acompañar al docente de aula, de 1° 2° 3° grado, para el desarrollo de los Encuentros Familiares de Aprendizaje y Jornadas para padres, en coordinación con el director de la IIEE y los especialistas de Soporte Pedagógico.
-        Promover y difundir  en los distintos espacios formativos y de asesoría con docentes el uso adecuado de las sesiones de aprendizaje, los cuadernos de trabajo, textos educativos, el kit de evaluación.
-        Elaborar informes mensuales, dando cuenta de avances, dificultades y sugerencias, los que remite al director y especialista de Soporte Pedagógico de la IE.

Director de las IIEE focalizadas
-        Monitorear y acompañar a los docentes de la IE con énfasis a  4to, 5to y 6to grado y con el apoyo de los formadores de DIGEDIE.
-        Liderar la organización de los GIAs  a nivel de la IE.
-        Asegurar las condiciones necesarias (aula, material, comunicación a padres de familia, docentes y alumnos) para el desarrollo de la estrategia de refuerzo escolar.
-        Orientar y facilitar el desarrollo de las jornadas con familias y  encuentros familiares (espacio físico, disponibilidad del personal, convocatoria, etc).
-        Coordinar y reportar las actividades que desarrolla en el marco de la estrategia de Soporte Pedagógico a la UGEL, DRE y equipo de Soporte Pedagógico de la IE.
-        Reportar a la red educativa avances del PAT en relación con la estrategia de Soporte Pedagógico.
-        Liderar la elaboración y desarrollo del PAT, considerando la implementación de estrategia de Soporte Pedagógico.

Rol de la DRE/UGEL

-        Garantizar la oportuna contratación de los docentes fortaleza.
-        Coordinar y brindar las facilidades para la implementación de la estrategia de Soporte Pedagógico en su ámbito.
-        Participar  de las acciones de Soporte Pedagógico a las que sean convocados.
-        Sistematizar los informes derivados por las UGEL de su ámbito en relación con la implementación de la estrategia de Soporte Pedagógico.

6.3    ORIENTACIONES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA “JORNADA ESCOLAR COMPLETA”

El modelo de servicio educativo: “Jornada Escolar Completa para las Instituciones Educativas Públicas del nivel de Educación Secundaria”, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 451-2014-MINEDU, tiene por objetivo mejorar la calidad del servicio de educación secundaria ampliando las oportunidades de aprendizaje de los y las estudiantes de instituciones educativas públicas del nivel secundario, promoviendo el cierre de brechas y la equidad educativa en el país.
En el 2015, se implementará en 1000 instituciones educativas aprobadas mediante la Resolución Ministerial N° 451-2014-MINEDU, con un plan de estudios de 45 horas pedagógicas semanales, en consecuencia el cuadro de distribución de horas se adecuará de acuerdo al siguiente Plan de Estudio:

Áreas curriculares
Horas semanales por grado
Matemática
6
6
6
6
6
Comunicación
5
5
5
5
5
Inglés
5
5
5
5
5
Arte
2
2
2
2
2
Historia, Geografía y Economía
3
3
3
3
3
Formación Ciudadana y Cívica
3
3
3
3
3
Persona Familia y Relaciones Humanas
2
2
2
2
2
Educación Física
2
2
2
2
2
Educación Religiosa
2
2
2
2
2
Ciencia Tecnología y  Ambiente
5
5
5
5
5
Educación para el Trabajo
3
3
3
3
3
Tutoría y Orientación Educativa
2
2
2
2
2
Horas libre disponibilidad
5*
5*
5*
5*
5*
Total de horas
45
45
45
45
45
*Distribución de las horas de libre disponibilidad:
-        Las instituciones educativas que sean parte de las redes de fortalecimiento para la educación física y el deporte utilizarán tres horas adicionales de la libre disponibilidad, acorde a la metodología propuesta en los Lineamientos del Plan Nacional de Fortalecimiento  para la Educación Física y el Deporte Escolar (RM N° 041-2014-MINEDU).
-        Las horas de libre disponibilidad se priorizarán para el área de Educación para el Trabajo, dependiendo de los recursos, infraestructura y mobiliario que disponga la institución educativa.
-        Las instituciones educativas fortalecerán las áreas curriculares en las que los estudiantes tienen mayores dificultades de aprendizaje..

Los componentes del Modelo de servicio educativo: “Jornada Escolar Completa para las Instituciones Educativas públicas del nivel de educación secundaria” son tres: Componente pedagógico, gestión y de Soporte.

1.     Componente pedagógico
Se enfatiza tres acciones que orientan el mejoramiento de la calidad del servicio y el logro de los aprendizajes de los estudiantes.

         i.    Tutoría
La labor tutorial es entendida como el proceso de acompañamiento a los estudiantes, para ello se destinan 02 horas pedagógicas del plan de estudios. Los docentes podrán asumir una sección de tutoría. Se realiza en forma grupal e individual. En la plataforma virtual el docente tutor encontrará ejemplos de sesiones desarrolladas las cuales podrá utilizar en su labor. El coordinador de tutoría y orientación educativa junto al psicólogo o trabajador social serán responsables de acompañar y brindar soporte psicopedagógico a los tutores para asegurar la calidad de la acción tutorial brindada a los estudiantes. Contará para ello con el apoyo de un psicólogo o trabajador social y el auxiliar de educación a quien se capacitará para que pueda optimizar su labor formativa en la IE.

       ii.        Reforzamiento pedagógico
Se implementarán acciones de reforzamiento pedagógico las cuales están destinadas a identificar y apoyar a los estudiantes con dificultades académicas, a fin de prevenir el fracaso y la deserción escolar. Se realizará para las áreas de Comunicación, Matemática y Ciencia, Tecnología y Ambiente, y se dispondrá al menos de una hora de las asignadas en el Plan de Estudios para cada una de estas áreas curriculares.
El docente de área contará con estrategias de enseñanza y aprendizaje diferenciadas según los niveles mostrados por los estudiantes. De acuerdo a la necesidad, planteará actividades complementarias y promoverá el uso de materiales diversos incluso fuera del horario del plan de estudios.

     iii.        Aulas funcionales
Son aulas destinadas e implementadas con recursos educativos específicos y especializados para el desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje de una determinada área curricular o áreas afines. Las instituciones educativas realizan acciones que permitan reorganizar las aulas existentes a fin de convertirlas en aulas funcionales o temáticas. La implementación de las mismas se realiza de forma progresiva debiéndose iniciar con las áreas de Inglés, Ciencia, Tecnología y Ambiente, Matemática y Comunicación. En aquellas instituciones que no cuenten con suficientes espacios físicos podrán unir áreas afines.

Criterios de organización de las aulas funcionales:

Criterio
Áreas curriculares
Denominación del aula
Ambientes para el desarrollo de competencias comunicacionales
Comunicación
1.    Aula funcional de comunicación
Ambiente para el desarrollo de competencias matemáticas
Matemática
2.    Aula funcional de matemática.
Ambientes para el desarrollo de competencias comunicacionales ingles
Inglés
3.    Aula funcional de inglés
Ambientes para desarrollar competencias del ámbito personal
Persona Familia Relaciones Humanas  - Educación Religiosa
4.    Aula funcional de desarrollo personal
Ambientes para el desarrollo de la Ciudadanía
Formación Ciudadana y Cívica, Historia Geografía y economía
5.    Aula funcional de ciudadanía
Ambientes para desarrolla competencias científicas y tecnológicas
Ciencia Tecnología y Ambiente
6.    Aula funcional de ciencias (laboratorio de ciencias)
Ambientes para desarrolla las competencias de arte
Arte
7.    Aula funcional de arte
Ambientes para desarrollar capacidades productivas y emprendedoras
Educación para el trabajo
8.    Aula – taller de educación para el trabajo

Educación física ( no requiere de aula)

Nota: En las instituciones educativas donde exista ambientes suficientes se sugiere un aula funcional para cada área curricular.

2.     Componente de gestión
Las instituciones educativas de Jornada Escolar Completa, desarrollan una gestión centrada en los aprendizajes y en un estilo de gobierno democrático, horizontal y transformacional, para ello se configura una estructura organizacional que articula los procesos y elementos de la IE para un funcionamiento eficiente, en ese sentido se estructuran con tres órganos: Dirección, Pedagógico y de Soporte al Proceso Pedagógico.

a.     Órgano de dirección: Está conformado por el Director/a y los subdirectores responsables de mejores resultados educativos mediante el ejercicio de un liderazgo pedagógico. Para el funcionamiento de la institución se constituye un Equipo Directivo, donde se integran los coordinadores pedagógicos; coordinador de tutoría; coordinador de innovación y soporte tecnológico y, coordinador administrativo y de recursos educativos[6] como colectivo que contribuye a la conducción de la IIEE. El Director de las IIEE con más de 08 secciones no tendrá horas o aula a cargo, a fin de fortalecer el liderazgo pedagógico.

b.     Órgano pedagógico: Está conformado por los coordinadores pedagógicos, de tutoría y de innovación y soporte tecnológico. Cumplen una jornada laboral de 30 horas pedagógicas. Serán designados mediante Resolución Directoral firmada por el Director de la IIEE, según el perfil establecido y el procedimiento señalado en la Ley de la Reforma Magisterial y su reglamento. La relación de los profesores asignados como coordinadores deberá ser remitida a la UGEL.

-        El coordinador pedagógico es responsable del fortalecimiento del trabajo pedagógico de un área o áreas afines. Cumple 12 horas pedagógicas de trabajo en aula (excepcionalmente asumirá hasta 14 horas) y en las horas restantes desarrollará las funciones señaladas para el cargo, enfatizando la labor de acompañamiento pedagógico y fortalecimiento del trabajo colegiado.

COORDINADOR PEDAGÓGICO

MISIÓN DEL CARGO

Coordinar, promover y acompañar el desarrollo de los procesos pedagógicos del área o áreas curriculares afines y el fortalecimiento de las capacidades de los profesores  en su desempeño orientado a mejorar los aprendizajes de los estudiantes y la calidad del servicio educativo.

FUNCIONES

1
Orientar y promover la participación de los actores de la IE en la planificación, ejecución y evaluación curricular del(as) área(s) curricular(es), a partir de las necesidades, características e intereses de los estudiantes y del contexto, considerando las metas de aprendizaje.
2
Programar acciones y establecer las estrategias de acompañamiento a profesores en su desempeño pedagógico para alcanzar las metas de aprendizaje proyectadas para cada área curricular, grado y ciclo a su cargo.
3
Coordinar la elaboración del diagnóstico y el análisis estadístico de los logros aprendizaje de los estudiantes del área o áreas curriculares a su cargo.
4
Analizar de manera colegiada los resultados de aprendizaje periódicos obtenidos por los estudiantes en las distintas áreas curriculares a su cargo para desarrollar estrategias de mejorar de los aprendizajes 
5
Realizar el acompañamiento pedagógico a los profesores a su cargo y promover estrategias formativas diversas (sesiones compartidas, aulas abiertas) para garantizar la mejora  de los procesos pedagógicos y los aprendizajes.
6
Promover la integración de las TIC en los procesos pedagógicos y el desarrollo de la labor tutorial con el apoyo de los coordinadores correspondientes.
7
Organizar al equipo docente para formar comunidades de aprendizaje por áreas curriculares, grados o ciclos, a partir de las dificultades y fortalezas identificadas en el proceso de acompañamiento, para la mejora de su desempeño.
8
Promover en los profesores el uso de estrategias y acciones de comunicación permanente y colaboración con las familias y la comunidad (vistas de estudio, proyectos curriculares, tertulias, entre otras)
9
Conducir sesiones de aprendizaje (sesiones compartidas, aulas abiertas) para usar como insumo en la asesoría a los docentes.
10
Orientar a los profesores el desarrollo de estrategias de reforzamiento pedagógico, así como la  implementación y ambientación de las aulas funcionales de las áreas curriculares a su cargo.
11
Coordinar con el directivo de la IE,  la participación de profesionales u otros actores de la comunidad en el proceso de aprendizaje de las áreas curriculares, así como el desarrollo de estrategias de aprendizaje en diversos escenarios de la comunidad.
PERFIL DEL COORDINADOR PEDAGÓGICO

Actitudes  personales:
· Capacidad comunicativa, con asertividad / empatía
· Liderazgo y trabajo en equipo
· Gestor en la solución de  conflictos
· Generador de  climas institucionales favorables para el aprendizaje y la convivencia.
Competencias Pedagógicas y de gestión
·    Manejo de planificación y evaluación curricular, en el enfoque de competencias.
·    Manejo de estrategias de enseñanza y de aprendizaje en el enfoque de competencias.
·    Manejo de tecnologías de la información y comunicación aplicadas al proceso de enseñanza y aprendizaje y el procesamiento de  resultados del aprendizaje y orientar esta información para mejorar los logros de aprendizajes.
·    Manejo de estrategias para realizar acompañamiento pedagógico
·    Manejo de estrategias para organizar y dirigir procesos de interaprendizaje y capacitación pedagógica.
·    Manejo en el uso pedagógico de los recursos educativos (medios y materiales).
·    Experiencia de buenas prácticas en el aula.
·    Manejo de Excel para procesar los resultados obtenidos en las fichas de observación y/o encuestas de opinión, realizadas.
·    Manejo de la normatividad relacionado a la gestión de la IE.

REQUISITOS PARA EL CARGO DE COORDINADOR PEDAGÓGICO

·      De preferencia maestría, segunda especialidad o diplomado.
·      Capacitaciones en la especialidad o área afín efectuadas en los tres últimos años (duración mínimo de 120 horas pedagógicas)
·      Participación en proyectos de innovación pedagógica.
·      Conocimiento de Office.
·      Preferencia manejo de TIC en procesos de enseñanza aprendizaje

PROCESO DE SELECCIÓN DE LOS COORDINADORES PEDAGÓGICOS

·     De acuerdo a lo señalado en la Ley N° 29944, Ley de la Reforma Magisterial y su Reglamento aprobado por DS N° 004-2013-ED (Artículo 39°)
·     El número de coordinadores pedagógicos dependerá del número de secciones de la Institución Educativa, determinado en la propuesta del servicio educativo Jornada Escolar Completa.
·      El proceso de selección de coordinadores pedagógicos tiene los siguientes pasos:
-         Entrega de una terna por los profesores de la IE.
-         El docente que cuente con el mejor perfil será seleccionado. 
-         El profesor que cuente con mayor puntaje, será seleccionado y se dará a conocer de manera oficial los resultados de la evaluación.
-         El director de la institución educativa elaborará una resolución directoral de reconocimiento.


-         El coordinador de tutoría, tiene 12 horas pedagógicas de trabajo en aula (excepcionalmente asumirá hasta 14 horas) el resto de las horas cumplirá las funciones señaladas para el cargo, es responsable de las acciones de apoyo y acompañamiento de la acción tutorial integral dirigida a los estudiantes con enfoque orientador y preventivo.

COORDINADOR DE TUTORÍA
MISIÓN DEL CARGO
Dirigir, coordinar y acompañar el desarrollo de la acción tutorial dirigido a estudiantes, garantizando su atención y orientación oportuna y pertinente a las inquietudes y expectativas de los estudiantes para su desarrollo personal en el marco de una convivencia democrática e intercultural.
FUNCIONES
1
Elaborar la propuesta de trabajo tutorial para el año lectivo, bajo el enfoque orientador y preventivo y adecuarla periódicamente.
2
Organizar, socializar y sugerir materiales y recursos que permitan dar soporte a las actividades de tutoría. 
3
Desarrollar el acompañamiento a la acción tutorial de los profesor tutores.
4
Sistematizar la experiencia de la implementación de las acciones tutoriales cada bimestre/trimestre para mejorar oportunamente.
5
Implementar estrategias de articulación de la IE con las familias de los estudiantes para la mejora de sus capacidades socioemocionales y cognitivas.
6
Coordinar con el equipo directivo, profesores tutores y auxiliares la identificación de estudiantes que requieren refuerzo pedagógico y el seguimiento a las actividades de recuperación.
7
Promover el protagonismo estudiantil en la gestión de la institución educativa y del aula para fortalecer las habilidades sociales de los estudiantes.
8
Coordina con el director la gestión de apoyo interinstitucional que fortalezca la acción tutorial en la IE.
PERFIL DEL COORDINADOR DE TUTORÍA
Actitudes  personales:
-         Madurez personal y social: Se acepta y se muestra como un adulto capaz de interactuar dialógica y equitativamente, manejando sus emociones y manteniendo relaciones interpersonales e intergeneracionales respetuosas.
Competencias Pedagógicas Tutoriales y de Gestión:
-         Demuestra conocimiento, habilidad tutorial comunicativa y un desempeño eficaz en el tratamiento de los temas vinculados a la tutoría. Conoce las características personales, socios familiares, culturales, laborales y afectivos de los estudiantes.
-         Mediador entre la escuela y las familias: Promueve los vínculos entre la escuela, familias y comunidad. Estimula la participación de los padres y de la comunidad a favor de la gestión escolar.
-         Con capacidad de comunicarse empática y asertivamente con todos los miembros de la comunidad educativa.
-       Demostrar buen nivel de  liderazgo a nivel profesores y escolar.
-       Contar con disposición para participar de programas de capacitación.
-       Activo y dinámico, cuenta con la capacidad de organizar actividades que dinamicen la convivencia institucional, con énfasis en la participación estudiantil. 
-       Cuenta con el respaldo de docentes, estudiantes y padres y madres de familia
REQUISITOS PARA EL CARGO DE COORDINADOR DE TUTORÍA
·        Profesor nombrado.
·        02  años  de experiencia laboral como mínimo en el desarrollo de acciones relacionadas a problemas socioemocionales.
·        01 año de experiencia laboral como mínimo relacionado a manejo de grupos y organización de actividades en la institución educativa.
·        Con experiencia en acciones de monitoreo y seguimiento.
·        Con capacitaciones en estrategias de orientación, consejería escolar o afines.
·        Con capacitaciones en el manejo de las TIC´s en los procesos educativos.
PROCESO DE SELECCIÓN  Y ASIGNACIÓN DEL  COORDINADOR/A DE TUTORÍA
-   Existirá un coordinador/a de Tutoría para cada Institución Educativa.
-   El órgano directivo de la institución educativa seleccionará al coordinador de tutoría, considerando el perfil y los requisitos arriba señalados, a partir de la terna presentada por los profesores.
-   El director de la institución educativa elaborará la Resolución Directoral de reconocimiento y será informada oportunamente a la UGEL respectiva.


El coordinador de innovación y soporte tecnológico,  sin horas a cargo para el desarrollo de sesiones de aprendizaje, cumple funciones señaladas para el cargo como responsable de innovación y soporte tecnológico de la institución educativa. Las funciones, perfiles y requisitos serán establecidos en el instructivo de contratación de personal para las instituciones educativa con Jornada Escolar Completa.

Los profesores:
Forman parte del órgano pedagógico, asumirán una jornada laboral de 30 horas pedagógicas remuneradas, de las cuales 26 horas serán destinadas al trabajo en aula (excepcionalmente asumirán hasta 24 horas) y la diferencia será destinada a garantizar el trabajo colegiado de planificación, ejecución y evaluación de las acciones educativas, así como para la formación entre los docentes, atención a los padres de familia, asesoría a los estudiantes y actividades complementarias que fortalezcan a la institución educativa. Esto regirá también para los profesores contratados en plaza orgánica. Aquellas contrataciones que se realicen en plazas no orgánicas o por bolsa de horas, solo serán remuneradas por las horas a su cargo.

El personal de apoyo pedagógico (auxiliar de educación y personal de apoyo en laboratorios y talleres), conforma también el órgano pedagógico y cumplen las funciones establecidas para cargo, orientan su labor a la generación de condiciones adecuadas de los espacios, ambientes, recursos de aprendizaje y el desarrollo óptimo de las actividades pedagógicas. 
c.      El órgano de soporte al proceso pedagógico: Está conformado por el Coordinador Administrativo y de Recursos Educativos[7], psicólogo o trabajador social, personal de oficina o secretariado, de mantenimiento y guardianía. Cumplen funciones establecidas para cada uno de ellos en el marco de una gestión escolar orientado a mejorar la calidad del servicio educativo y el logro de los aprendizajes de los estudiantes.

Otros aspectos gestión relacionados al gobierno escolar, el funcionamiento del órgano de participación, la promoción de una convivencia democrática e intercultural se encuentran señaladas en el Modelo, aprobado mediante la  Resolución Ministerial N° 451-2014-MINEDU.  

Asimismo, El MINEDU transfiere a los gobiernos regionales recursos financieros para la implementación de la Jornada Escolar Completa (JEC), destinada a los pagos de horas adicionales, la contratación oportuna de profesores y personal administrativo requerido según el modelo y el plan de implementación de la JEC. En ese sentido, las DRE y UGEL desarrollan acciones para garantizar la contratación oportuna en el marco del buen inicio del año escolar 2015, basados en los compromisos y protocolos que han sido presentados y comunicados a los gobiernos regionales.

De acuerdo a la necesidad de servicio y teniendo en cuenta los perfiles requeridos en la JEC, se puede contratar otros profesionales, principalmente para la enseñanza de las áreas de Inglés, Matemática, Ciencia, Tecnología y Ambiente, y Educación para el Trabajo.

Los Directores de las instituciones educativas desarrollan acciones para comunicar a los padres de familia la necesidad de enviar a los estudiantes sus refrigerios teniendo en cuenta el horario establecido para la JEC; asimismo, podrán gestionar, en coordinación con los padres de familia, ante entidades públicas o privadas el apoyo respectivo para atender con refrigerios saludables a los estudiantes.

3.     Componente de Soporte

Fortalecimiento de capacidades de los actores
Se brindará a través de los programas de formación en servicio implementadas por el MINEDU. Para el órgano directivo, recibirán el programa “Directivos Educan”, organizado por DIGEDIE. Recibirán además un Acompañante de Gestión Escolar (AGE).  A los profesores se les brindará programas de actualización docente en las áreas de Comunicación, Matemática, Ciencia Tecnología y Ambiente y Formación Ciudadana y Cívica organizados por la DESP.
Además como parte del apoyo pedagógico brindado a la labor docente, los docentes de las áreas de Comunicación, Matemática y Ciencia, Tecnología y Ambiente dispondrán de unidades y sesiones desarrolladas, accesibles desde una plataforma virtual.

Infraestructura, mobiliario y equipamiento
Se implementarán gradualmente en las instituciones educativas, de manera coordinada con las DRE y las UGEL.

6.4    ORIENTACIONES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS COLEGIOS DE ALTO RENDIMIENTO

Según lo dispuesto por la R.M. N° 274-2014-MINEDU se crea el modelo de servicio educativo para la atención de estudiante de alto desempeño, que tienen las siguientes características:
-        Proveen a sus estudiantes servicios de educación, residencia y de bienestar y desarrollo estudiantil.
-        Poseen en su estructura organizacional un órgano directivo, un órgano pedagógico, un órgano de residencia y bienestar integral del estudiante, así como órganos de apoyo, asesoría y participación.
-        El personal está conformado por docentes, especialistas y administrativos
-        Sus estudiantes ingresan a través de un proceso de admisión.
-        El trabajo pedagógico suma como mínimo 1700 horas anuales, distribuidas entre horas de clases regulares y horas de asesorías académicas y talleres electivos de naturaleza diversa.

Los Colegios de Alto Rendimiento-COAR poseen una organización particular, por lo que contarán con una norma técnica específica que los regule, emanada por el Ministerio de Educación.

6.5    ORIENTACIONES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA INICIATIVA INTERSECTORIAL E  INTERGUBERNAMENTAL APRENDE SALUDABLE

La iniciativa es desarrollada por los Ministerios de Educación, Salud y Desarrollo e Inclusión Social, está dirigida a crear las condiciones para que las niñas y niños de inicial y primaria de  las instituciones educativas públicas, logren mejores aprendizajes. Para el presente año escolar 2015, se tomarán en cuenta las siguientes orientaciones:

§  Consentimiento informado para la evaluación integral de salud del estudiante: el personal de salud entrega los formatos de consentimiento a cada IIEE del 02 al 06 de marzo. En la primera semana de clases, los docentes de aula distribuyen el formato a las familias de cada estudiante. Las familias explicitan o no su consentimiento firmando el formato y devolviendo a la IIEE. Únicamente los estudiantes cuyas familias autorizaron  se evaluará al niño o niña cuya familia lo haya firmado autorizando que se le realicen las pruebas correspondientes.
§  Evaluación en salud, confirmada la fecha, la dirección comunica a las familias para que puedan asistir a la charla informativa del personal de Salud el primer día de la evaluación.
§  Espacios para la evaluación en salud: las instituciones educativas en coordinación con el establecimiento de salud y las familias prevén los espacios  para brindar las prestaciones de salud a sus estudiantes, en las mejores condiciones posibles.
§  Durante la evaluación integral en salud para los estudiantes, los docentes desarrollan actividades de aprendizaje relacionadas con salud y alimentación.
§  Todas las instituciones educativas del Nivel Inicial solicitarán a cada familia que tenga un niño o niña de 3 o 4 años de edad, una copia del Carné de Atención Integral.
§  El establecimiento de salud entrega a la IIEE el reporte general, por aula e individual con los resultados, citas y seguimiento de la evaluación de salud de cada estudiante; éste último deberá ser entregado a los padres de familia.
§  En mérito a Resolución de Secretaría General N° 602-2014-MINEDU….se constituye el Comité de Alimentación Escolar en cada institución educativa informando a la Unidad Territorial de Qali Warma. El CAE en coordinación con las familias brindará facilidades para el servicio alimentario antes del inicio de la jornada escolar, sin afectar las horas de clase.

6.6    BONO ESCUELA

El Bono de Incentivo al Desempeño Escolar (BDE) es un mecanismo de incentivo bajo la forma de pago por desempeño, a partir del reconocimiento de la mejora, principalmente en el aprendizaje y la retención de los estudiantes de las instituciones educativas públicas durante el ejercicio anterior; en el marco de la implementación de los compromisos de gestión escolar.

El reconocimiento consiste en un pago monetario extraordinario que se realizará una vez al año a favor del personal directivo, personal jerárquico y personal docente nombrado y/o contratado de las instituciones educativas públicas de Educación Básica Regular de nivel primaria, el cual se brinda en el mes de junio de 2015 a partir del desempeño mostrado en el año 2014.

El BDE tiene 3 objetivos: i) acelerar el logro de resultados educativos en los estudiantes de educación básica regular de nivel primaria, ii) motivar a docentes y directivos para mejorar su desempeño, y iii) reconocer instituciones educativas que hayan implementado estrategias innovadoras para mejorar aprendizajes y retención de los estudiantes, previstas en el Plan Anual de Trabajo.

Se consideran los siguientes criterios para que la IIEE sea elegible:
·        Se haya logrado aplicar la ECE 2013 y ECE 2014, con excepción de los casos donde no se haya aplicado en algún año (o ambos) por motivos ajenos a la institución educativa.
·        Se haya logrado una cobertura mínima en los estudiantes evaluados en la ECE 2014: 80% en caso de una sección en el grado evaluado y 90% en caso de dos o más secciones en el grado evaluado.
·        Contar con estudiantes matriculados registrados en el SIAGIE en el año 2014.

Para las IIEE que no fueron programadas para la aplicación de la ECE 2013 o 2014, o donde no se aplicaron por motivos ajenos a la institución educativa, solo se aplica el último criterio de elegibilidad.

Para cada IIEE elegible y de acuerdo a la información disponible para cada una de ellas, se construyen los siguientes indicadores a partir de los cuales se identificarán a las instituciones educativas seleccionadas que recibirán el bono de incentivo al desempeño escolar 2015:
·        SUPERACIÓN: Variación del puntaje promedio de las pruebas aplicadas por la ECE 2013 y 2014.
·        EFECTIVIDAD: Puntaje promedio de las pruebas aplicadas por la ECE 2014.
·        EFICIENCIA: Tasa de retención de estudiantes en todos los grados de primaria para el año 2014.
·        REGISTRO OPORTUNO DE INFORMACIÓN:
o   Registro y remisión oportuna de las nóminas de matrícula y actas de evaluación correspondientes al año 2014 a través del SIAGIE.
o   Entre otros que se definan, como puede ser la ejecución y rendición de cuentas oportuna del Programa de Mantenimiento de Locales Escolares en 2014.

A partir de los criterios de elegibilidad y los indicadores mencionados, el procedimiento de selección de instituciones educativas y del personal beneficiario del BDE se realizará conforme a lo establecido en el DS N° XXX-2014.

En relación a la implementación del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar, se espera lo siguiente:
·        Fortalecer la implementación de los compromisos de gestión escolar con énfasis en los compromisos 1 y 2.
·        Que la comunidad educativa oriente sus resultados al proceso pedagógico en general y no únicamente en los grados evaluados por la ECE.
·        Que se produzca la colaboración entre docentes de distintos grados para lograr en conjunto mejoras en los resultados educativos de los estudiantes.
·        Que no se pierdan los avances en inclusión social alcanzados en la institución educativa. En ese sentido, están prohibidos los condicionamientos de matrícula para grupos vulnerables, malas prácticas durante la aplicación de la ECE (sustitución de estudiantes, fomento de ausentismo, etc.)
·        Aprovechar los recursos pedagógicos y de gestión promovidos desde el sector para mejorar los aprendizajes y retención escolar de todos los grados.
·        Mejorar la cobertura de participación de estudiantes en la ECE 2015 en escuelas programadas.

6.7    ORIENTACIONES ADMINISTRATIVAS PARA LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS

Censo Escolar Electrónico 2014
El equipo directivo de las instituciones educativas (de todas los niveles, modalidades y formas) y los profesores coordinadores de Programas de Educación Inicial No Escolarizado, tienen la responsabilidad de reportar a la Unidad de Estadística Educativa del Ministerio de Educación la información del Censo Escolar 2014, utilizando los formatos electrónicos publicados en el tablero de Control de la Institución Educativa (http://escale.minedu.gob.pe/).
-        Módulo: Matrícula, docentes y recursos (abril a mayo 2015).
-        Módulo: Local escolar (abril a mayo 2015) y
-        Módulo: Resultados del ejercicio educativo 2015 (diciembre 2015 a febrero 2016).

Uso del SIAGIE:
Los reportes emitidos utilizando el Sistema de Información y Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa – SIAGIE, tienen carácter oficial y la información contenida es de responsabilidad del equipo directivo de la institución educativa.
§  Registro de los datos de los estudiantes: los datos personales de los estudiantes registrados en el SIAGIE se encuentran bajo el amparo de la Ley 29733, Ley de protección de datos personales, publicada el 21 de junio de 2011; y su respectivo reglamento, aprobado el 23 de marzo de 2013.  El director de la institución educativa tiene que velar y salvaguardar la información personal de sus estudiantes y de sus respectivos progenitores o de quienes tengan la tutela de los menores con la finalidad de que se realice un uso correcto de esta información.
§  Creación y eliminación de las cuentas de usuarios y contraseñas de los encargados del SIAGIE en la institución educativa: el director tiene la potestad de designar a un docente o personal administrativo como encargado del SIAGIE y en consecuencia asignarle un usuario y una contraseña. Sin embargo, la máxima autoridad de la institución educativa continúa siendo el responsable del uso de estos accesos autorizados. El director deberá adoptar las medidas que considere necesarias para mantener un registro actualizado de los usuarios SIAGIE de su respectiva institución educativa.
§  Configuración del período de evaluación del año escolar: durante los primeros 30 días de haber iniciado el año escolar, el periodo de evaluación, notas por período (bimestral o trimestral) y notas finales, deberá ser configurado en el SIAGIE a decisión del director de la institución educativa. Si decidiera no hacerlo, su sistema automáticamente configurará con la opción de notas finales. En consecuencia, la decisión adoptada se mantendrá hasta el  cierre del año escolar.
§  Las constancias de vacantes deberán ser registradas mediante el SIAGIE por las IE destino y ser aprobadas por las IE origen dentro de los 15 días de su registro. Los directores deben garantizar la gratuidad del proceso de traslado.
§  Las boletas de notas deberán ser generadas por el SIAGIE y entregadas a los padres de familia, después de finalizado cada período de evaluación.

En caso que el inicio del año escolar se retrasara en el ámbito de alguna jurisdicción regional, por desastres naturales, situación de emergencia o algún otro escenario externo; la Dirección Regional de Educación (DRE) informará a la Oficina de Informática (OFIN) del MINEDU la necesidad de extender el plazo indicado en el párrafo anterior por el periodo de tiempo que considere necesario.

Reporte en el SIAGIE
§  Las boletas de notas deberán ser generadas por el SIAGIE y entregadas a los padres de familia, después de finalizado cada período de evaluación, en caso la institución educativa haya configurado su tipo de registro de evaluaciones por período.
§  En las UGEL, los especialistas SIAGIE y quienes verifican los documentos oficiales impresos; tienen la obligación de aprobar las nóminas y actas en sus correspondientes versiones digitales de tal forma que ambos formatos contengan la misma información y se garantice de esta manera la integridad en los registros académicos de los estudiantes.
§  Los directores de las IIEE, una vez que han sido notificados vía SIAGIE, que sus actas de evaluación han sido aprobados en sus respectivas versiones digitales; tienen la obligación de activar los controles del SIAGIE que indicarán, a los especialistas de la UGEL, que su año escolar ha sido cerrado.
§  Finalmente, en caso algún director desee abrir un año escolar cerrado (fase regular o de recuperación) para hacer alguna corrección en las actas de evaluación o nóminas de matrícula, tendrá que solicitarlo por escrito a su especialista SIAGIE de UGEL, quien elaborará un informe técnico administrativo rechazando o aceptando aquella solicitud. Siempre y cuando aquella decisión sea positiva, la UGEL remitirá un informe a OFIN requiriendo habilitar el año solicitado por un periodo de tiempo determinado, para que el director pueda proceder con la respectiva corrección.

Sobre Cuadro de Distribución de Horas
El Cuadro de Distribución de Horas de Clase garantiza la organización y distribución de las horas de clases en coherencia con el plan de estudios establecido y la pertinencia pedagógica entre la relación de las especialidades de los docentes. Este instrumento es aprobado mediante Resolución Ministerial por el Ministerio de Educación, para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de la educación básica regular y del ciclo avanzado de la educación básica alternativa.

De la presentación de los documentos oficiales.
Los siguientes documentos oficiales deberán ser emitidos a través del SIAGIE, según las condiciones establecidas a continuación:

a)     Nóminas de matrícula:
§  Las nóminas de matrícula y fichas únicas de matrícula se generarán a través  del SIAGIE [8] dentro de los 45 días posteriores al inicio del año escolar.
§  Las nóminas complementarias de matrícula se generan a través del SIAGIE cuando se presenten casos de traslados o ingresos durante el año escolar como máximo hasta antes de iniciarse el último periodo de evaluación.
§  La IE debe remitir una copia de cada una de las nóminas impresas generadas por el SIAGIE con la firma y sello del director a la UGEL dentro de los 60 días posteriores al inicio del año escolar.
§  Las nóminas de matrícula de los CEBA se presentarán obligatoriamente a la UGEL correspondiente dentro de los 45 días posteriores al proceso de matrícula. Solo se podrá matricular o ratificar en ese lapso de tiempo.

b)     Actas de evaluación:
§  Las actas de evaluación se generan a través del SIAGIE al término del año escolar dentro de los 30 días de finalizado el año escolar.
§  En el Ciclo I de Educación Inicial no corresponde el registro de actas de evaluación que se utilizan para los demás ciclos o niveles.
§  En el caso de las actas de los estudiantes que han culminado quinto año de secundaria, éstas se entregarán con los documentos que acreditan los 10 primeros puestos en orden de mérito obtenidos a través del SIAGIE y los certificados promocionales.
§  La IE debe remitir una copia de cada una de las actas impresas generadas por el SIAGIE con la firma y sello del director a la UGEL.
§  Las actas de evaluación en la EBA se elaborarán y presentarán obligatoriamente a la UGEL correspondiente dentro de los 30 días posteriores a la finalización del período promocional.
§  Las actas de evaluación nóminas de matrícula de los Centros y Programas de la EBE, se presentarán de manera física obligatoriamente a la UGEL correspondiente dentro de los 30 días posteriores al proceso de matrícula a la finalización del período promocional.
§  A efectos de facilitar la matrícula de los estudiantes en los Colegios de Alto Rendimiento, las actas de evaluación de los estudiantes que culminaron el segundo grado de Educación Secundaria se entregarán a la UGEL con los documentos que acreditan los 10 primeros puestos en orden de mérito.
§  En la modalidad de la Educación Básica Alternativa, se validará el uso del SIAGIE, en los módulos de Matrícula, Asistencia y Evaluación.

c)     Certificación:
§  Las Instituciones educativas entregan oportunamente y bajo responsabilidad los Certificados Oficiales de Estudio a quienes hayan aprobado todos los grados del nivel, así como los  documentos de orden de mérito a quienes corresponda, en aplicación a la RM N° 1225-85-ED.
§  La determinación de los estudiantes, que al culminar su secundaria obtuvieron los más altos promedios generales, se realiza de acuerdo a  la Resolución Ministerial N° 1225-85-ED, que aprueba normas sobre determinación de los cinco alumnos que han obtenido los más altos promedios generales al concluir la educación secundaria. Los directores de las IIEE otorgan informe sobre ubicación en el tercio superior a los egresados de educación secundaria que lo soliciten.
§  En EBA, la determinación de los cinco primeros puestos de estudiantes que han obtenido los más altos puntajes al concluir el ciclo avanzado, se realizará de acuerdo a lo establecido en la Directiva N° 015-2009-ME/VMGP/DIGEBA/DPEBA, aprobada por Resolución Directoral N° 0209-2009-ED.
§  Las instituciones educativas emitirán oportunamente los certificados de orden de mérito a los diez primeros puestos de segundo grado de educación secundaria, para facilitar su acceso a los Colegios de Alto Rendimiento.

Concursos para el año escolar 2015

El Ministerio de Educación establece los concursos que deben realizarse en las instituciones educativas para el año 2015, los mismos que han sido articulados intra e intersectorialmente. Están organizados en tres ejes: gestión escolar, docentes y estudiantes.

EJES DE BUENA PRÁCTICA
CONCURSOS
GESTIÓN ESCOLAR
III Concurso Nacional  "Nuestras loncheras y quioscos saludables".
Concurso “Buenas prácticas de gestión ambiental”
Concurso “La Buena Escuela”
 DOCENTES
Concurso de Buenas Prácticas Docentes
 ESTUDIANTES 
Feria Escolar Nacional de Ciencia y Tecnología
Concurso Escolar de expresión artística “Qhapaq Ñan”, el camino de la diversidad.
Olimpiada Nacional Escolar de Matemática
Premiación del Concurso Nacional de la Juventud "Yenuri Chiguala Cruz".
Juegos deportivos nacionales escolares
Concurso “Crea y Emprende”
Juegos florales nacionales escolares
Premio Nacional de Narrativa y Ensayo José María Arguedas.


6.8    ORIENTACIONES PARA LAS INSTANCIAS DE GESTIÓN EDUCATIVA DESCENTRALIZADA

Buen Inicio de Año Escolar:
§  Los Gobiernos Regionales, en atención a las características geográficas, climatológicas, económico-productivas y socio-culturales de su territorio, pueden determinar una fecha de inicio de clases distinta a la dispuesta por el Ministerio de Educación, garantizando el cumplimiento de las horas mínimas lectivas establecidas para el año escolar 2015. Esta variación y la exposición de cómo se reprograman las horas para cumplir con el mínimo debe ser comunicada al Ministerio de Educación a más tardar el 31 de enero de 2015.
§  Docentes contratados desde el primer día de clases: Es responsabilidad del equipo directivo informar como máximo hasta el 31 de diciembre del 2015, la demanda de docentes contratados que requiere la institución educativa, así como el seguimiento a la adjudicación de plazas y la llegada oportuna de los docentes a las aulas. Ningún profesor puede trabajar si no cuenta con Resolución de contrato, ni ingreso a la planilla de remuneraciones, bajo responsabilidad del Director de la institución educativa y de la UGEL correspondiente.
§  Es responsabilidad de las UGEL que cuenten con plazas presupuestadas para la contratación de Promotores de Tutoría y Orientación Educativa, así como de gestionar y ejecutar dicho proceso, de preferencia antes del inicio del año escolar, en el marco de la Resolución de Secretaría General N° 213-2014-MINEDU.
§  En el caso de las instituciones educativas nuevas de educación inicial creadas por ampliación de cobertura, las DRE o quien haga sus veces y las UGEL desarrollarán acciones para promover la matrícula educativa, asegurando que éstas cuenten con el número de niños identificados en el estudio de oferta y demanda con el que se hizo la asignación de la plaza docente. Para ello pueden conformar grupos de apoyo a la gestión de nuevas instituciones educativas con la participación de municipios, directores de educación inicial y primaria de la zona y miembros de la comunidad que apoyarán en el proceso de matrícula y acondicionamiento de la nueva institución. Asimismo, acompañarán a estas instituciones durante el primer mes de clases para asegurar un buen funcionamiento de estos nuevos servicios.
§  Las DRE y UGEL garantizan un docente especializado sin aula a cargo, a las instituciones de EBR, EBA y ETP, que atiendan a 10 o más estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad y talento o superdotación, para la orientación y acompañamiento  a los docentes de aula y familias.

Sobre Monitoreo y supervisión a las Instituciones Educativas
§  El Ministerio de Educación coordina con los gobiernos regionales, las DRE o quien haga sus veces y las UGEL para organizar un plan de monitoreo regional, con el  propósito de orientar, acompañar y supervisar a las instituciones educativas en la implementación de los ocho compromisos e indicadores de gestión y las intervenciones pedagógicas: Soporte Escolar y Jornada Escolar Completa; así como verificar la afiliación de la institución  Educativa  al SiseVe.
§  El monitoreo tiene un propósito formativo, participativo, permite el seguimiento sistemático de las acciones que en el marco de los ocho compromisos de gestión e intervenciones pedagógicas deben estar implementados en las IIEE. Se utilizarán instrumentos que sean pertinentes con los aspectos a monitorear y con el nivel y tipo de servicio educativo.
§  Durante el año escolar 2015, se organiza un Plan de Monitoreo, que considere:
a)     Al inicio del año escolar, para apoyar la organización del buen inicio de año escolar, la primera jornada de reflexión/planificación y elaboración del plan anual de trabajo.
b)     Antes de culminar el primer semestre del año escolar para apoyar la organización de la primera autoevaluación de los aprendizajes,  el primer día del logro y las estrategias de apoyo para enfrentar el retraso escolar.
c)     En la segunda quincena de octubre para apoyar la organización de la segunda autoevaluación  de los aprendizajes que aplica la IE y la  implementación de la evaluación de estudiantes que aplica el Ministerio de Educación; así como entre los meses de noviembre y diciembre para acompañar la planificación del año escolar 2016.
§  La DIGEBA promueve procesos de acompañamiento y monitoreo a los Centros de Educación Básica Alternativa – CEBA en coordinación con las DRE y UGEL y actividades de fortalecimiento de capacidades de directores y docentes a través de capacitaciones virtuales o presenciales.
§  La DIGEBE brinda asesoramiento y asistencia técnica a las DRE y UGEL, para  promover procesos de acompañamiento y monitoreo a los directivos, profesionales docentes y no docentes de los Centros y Programas de Educación Básica Especial.
§  La DIGETE promueve actividades de fortalecimiento de capacidades a docentes a través de capacitaciones presenciales y virtuales en el uso y aprovechamiento pedagógico de las TIC en el sistema digital para el aprendizaje: PerúEDuca.
§  Se deben disponer las medidas pertinentes que aseguren la participación de los estudiantes de su jurisdicción en todas las evaluaciones de rendimiento escolar que lleve a cabo el Ministerio de Educación, las mismas que son de  cumplimiento obligatorio. En el año 2015, se llevarán a cabo la Evaluación Censal dirigida a los estudiantes de segundo grado y de cuarto grado de Instituciones Educativas de EIB de primaria, y la de quinto grado de secundaria.
§  Los Gobiernos Regionales a través de las instancias de gestión educativa descentralizada deberán implementar acciones de gestión institucional y pedagógica para la gestión del riesgo de desastre en el sector, en el marco del cumplimento de la Ley 29664 Ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. Asimismo, en coordinación con las instituciones  educativas y los gobiernos locales deben participar en los simulacros nacionales en las fechas previstas, con el fin de fortalecer la educación preventiva y de respuesta, cultura de reporte de daños y necesidades, y atención de desastres y emergencias.
§  Las instancias de gestión educativa descentralizadas formularán el plan de tutoría anual respondiendo a las necesidades de orientación de las y los estudiantes de su jurisdicción educativa.
§  En el marco de la Iniciativa Aprende Saludable, la Gerencia de Desarrollo Social, la Dirección Regional de Educación, la Dirección Regional de Salud y la Unidad Territorial de QW, previo al inicio del año escolar, designan a los responsables de cada sector, establecen los mecanismos de coordinación y comunicaciones que se realizarán para hacer efectivas las acciones de la Iniciativa Aprende Saludable.
§  La Gerencia de Desarrollo Social en coordinación con la Dirección Regional de Educación de Salud y la Unidad Territorial de QW definen el período del año escolar para implementar el Plan de Salud Escolar en el año 2015; posterior a ello será la Dirección Regional de Salud con sus Redes y Micro Redes, jefes de establecimiento de Salud establecen el cronograma detallado para las IIEE de su ámbito que será remitido a las DRE y UGEL hasta el 31 de marzo.

Actualización del Padrón de Instituciones Educativas y Programas Educativos
Las DRE y UGEL son responsables del registro de todas las instituciones educativas y programas educativos de gestión pública y privada en el Padrón de Instituciones Educativas del Ministerio de Educación que está disponible en: (http://escale.minedu.gob.pe/). Los datos de identificación, ubicación y estado de funcionamiento de la institución educativa y programas educativos son responsabilidad del equipo directivo de la institución educativa o del profesor coordinador del Programa de Educación Inicial No Escolarizado, en coordinación con el estadístico de la DRE y la UGEL correspondiente, instancias que deberán supervisar el cumplimiento oportuno de la actualización del padrón.

Para el inicio del funcionamiento de las Instituciones Educativas creadas o ampliadas en instituciones educativas primarias, en el marco del programa Incremento en el Acceso, deben contar con el Código Modular del nivel generado por la Unidad de Estadística del MINEDU. 

Las UGEL que tengan en su ámbito a instituciones educativas de estas características convocarán a los directores en el mes de febrero con la finalidad de fortalecer su manejo del enfoque de educación inicial y asegurar que el servicio responda a las características del nivel.

Para el inicio del funcionamiento de las Instituciones Educativas creadas o ampliadas en instituciones educativas primarias, en el marco del programa Incremento en el Acceso, deben contar con el Código Modular del nivel generado por la Unidad de Estadística del MINEDU. 

En el caso de la conversión de PRONOEI, con la finalidad de actualizar el padrón de instituciones educativas escolarizadas y no escolarizadas se tendrá en cuenta lo siguiente:
a)     Las resoluciones de creación del nuevo jardín o ampliación de nivel emitidas por la DRE como consecuencia de la conversión, las cuales deberán precisar el código modular del PRONOEI o de los PRONOEI que dan origen a la creación del nuevo servicio y que por tanto serán objeto de cierre,
b)     Las resoluciones de cierre del PRONOEI a convertirse, deberán acompañar al requerimiento de creación del nuevo servicio escolarizado, siempre que esta creación tenga este origen, y;
c)     Las resoluciones de creación del nuevo servicio no escolarizado que se realicen con el financiamiento del PRONOEI convertido, deberán precisar el código modular del mismo.

De la conversión de PRONOEI a Servicios Escolarizados de Educación Inicial
En el marco de la política de incremento en el acceso a la Educación Inicial, se está realizando la conversión de aquellos PRONOEI que requieren funcionar como jardines de educación inicial  en servicios escolarizados, dando origen a la creación de un jardín o a la ampliación de nivel en una institución educativa de primaria. En relación a este proceso, es necesario considerar lo siguiente:
§  El mobiliario y los materiales educativos que sean parte del inventario del PRONOEI convertido pasarán a ser parte del inventario del nuevo servicio, ya que benefician a los niños de la comunidad para la cual se gestionaron dichos recursos.
§  Las DRE y UGEL emitirán una resolución directoral de reconocimiento a la gestión educativa de las Docentes Coordinadoras cuyos PRONOEI hayan sido convertidos a servicios escolarizados.
§  El Gobierno Regional en coordinación con los Gobiernos Locales deberá garantizar la disponibilidad del espacio educativo adecuado, necesario para el funcionamiento del nuevo servicio.
§  De conformidad al Decreto Supremo 007-2012-ED, el financiamiento de los PRONOEI convertidos, podrá ser orientado a los siguientes programas, considerando el siguiente orden de prioridad:
a)     Servicios no escolarizados que atienden a niños y niñas entre 3 a 5 años que requieren la atención de una intervención educativa flexible.
b)     Programas no escolarizados que atienden a niños y niñas menores de 6 años de comunidades rurales dispersas.
c)     Servicios no escolarizados para niños y niñas menores de 3 años. En este último caso se privilegiarán los servicios que se ofrezcan en los espacios familiares o en los espacios comunales y se desarrollen con la participación del padre, la madre o un cuidador. La definición del servicio más conveniente se realiza considerando las necesidades del niño y la familia. Estos servicios se ubicarán en ámbitos donde no existe intervención del programa Cuna Más.

Reporte SIAGIE
§  Nóminas de matrícula: La UGEL aprobará o rechazará las nóminas de matrícula de la IE a través del SIAGIE dentro de los 30 días posteriores a la remisión por las IE.
§  Actas de evaluación: La UGEL aprobará o rechazará las actas de evaluación de las IE a través del SIAGIE dentro de los 15 días posteriores a la remisión por la IE.
§  Sobre las devoluciones de certificados promocionales de los 10 primeros alumnos de las IE públicas y privadas: La UGEL está obligada a realizarlo en un plazo no mayor a 7 días hábiles y no deberá exigir ningún documento o requisito adicional para su entrega.
§  La UGEL brindará facilidades a profesoras coordinadoras de Instituciones Educativas no escolarizadas para ingresar la información de niños y niñas en el SIAGIE. En caso que no exista condiciones (limitaciones de banda ancha o no se disponga del equipo de cómputo con acceso a internet) la información se entregará en físico a la UGEL, para ser incorporado al sistema.

Uso de Tecnologías de la Información y Comunicación
Las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) son recursos y materiales digitales que apoyan el desarrollo de competencias, se utilizan en el Aula de Innovación Pedagógica (AIP), Centro de Recursos Tecnológicos (CRT), Biblioteca, Laboratorios, salas de medios audiovisuales u otros ambientes, se integran en las sesiones de aprendizaje, en todas las áreas de programación curricular.

Para la sostenibilidad de la apropiación e integración pedagógica de las Tecnologías de Información y Comunicación por los estudiantes, docentes y directores de las IIEE, se requiere que las instancias de gestión descentralizada:
§  Registren y comuniquen a la DIGETE sobre el equipamiento, operatividad y actividades de las IIEE que cuentan con Aulas de Innovación Pedagógica (AIP) y/o Centros de Recursos Tecnológicos (CRT).
§  Designen a un especialista para la coordinación de las actividades que en el tema de uso de tecnologías se desarrollen e informen a la DIGETE para su publicación en PerúEduca. Además de  conformar y liderar el equipo de docentes formadores en TIC y Docentes de Apoyo Tecnológico de la UGEL correspondiente.
§  Desarrollar capacitaciones y acompañamiento para promover la participación de la comunidad educativa en el Sistema Digital para el Aprendizaje: PerúEduca.
§  Las instancias de gestión educativa involucrarán a la comunidad en el apoyo del proyecto “Oportunidades de aprendizaje con TIC” en las redes educativas focalizadas en la R.M. N° 060-2012-ED.
§  Asegurar la designación presupuestal para que las aulas de Innovación Pedagógica cuenten con el docente coordinador que cumpla el perfil indicado por la DIGETE, según R.D. N° 668-2010-ED.
§  Deberán implementar acciones de gestión institucional y pedagógica para desarrollar las réplicas de capacitación en el uso y aprovechamiento pedagógico de las TIC, desarrolladas de manera contínua a la asignación de equipamiento tecnológico, en coordinación con la DIGETE.
§  Desarrollar acciones de monitoreo a la integración de las TIC en las II.EE. que cuenten con Aula de Innovación Pedagógica y /o Centro de Recursos Tecnológicos.

De la administración de personal
En las instancias de gestión educativa descentralizada la administración de personal se realiza en el marco de las leyes, reglamentos y normas complementarias:
§  La Gerencia de Desarrollo Social, o la que haga sus veces, la DRE y las UGEL garantizan el cumplimiento del ingreso de personal docente que requiera la Institución Educativa se realiza en observancia de las leyes y normas específicas que los regulan. El proceso de contratación de plazas vacantes docentes y los generados en reemplazo del personal titular docente que sean necesarios serán efectuados de acuerdo a la norma nacional que aprueba el Ministerio de Educación.
§  El desplazamiento de servidores (designación, rotación, reasignación, transferencia, destaque, permuta y encargo) se ejecuta de acuerdo con el procedimiento establecido en las normas legales vigentes, y –en tanto se trata del derecho a la educación de los estudiantes– solo debe proceder si se garantiza la continuidad del servicio educativo.
§  En los casos de los desplazamientos de los Auxiliares de Educación nombrados, se ejecutan de acuerdo al procedimiento establecido en las normas legales aprobadas por el Ministerio de Educación.
§  Las acciones de racionalización, como proceso permanente, garantiza la presencia del personal docente requerido para garantizar la atención eficiente y oportuna del servicio educativo. Se realiza en el marco de lo dispuesto por la Ley de Reforma Magisterial, su reglamento y los lineamientos y procedimientos aprobados para el caso por el Ministerio de Educación. El D.S.005-2011-ED y su modificatoria está vigente para procesos de racionalización de personal administrativo.
§  Las UGEL deben garantizar la emisión de la resolución de designación  de 10 meses de trabajo, de las promotoras educativas comunitarias, debiendo iniciar sus labores en el mes de marzo como parte del buen inicio del año escolar.
§  La contratación por servicios personales de Auxiliares de Educación, en Instituciones Educativas Públicas de los niveles de educación inicial y educación  secundaria de la Educación Básica Regular y de la Educación Básica Especial, se realiza de acuerdo a la norma técnica aprobada por Resolución Ministerial del Ministerio de Educación.
§  Las reasignaciones y permutas del personal docente comprendidos en la Ley de Reforma Magisterial, se ejecutan de acuerdo al procedimiento establecido en las normas legales vigentes, la Ley de Reforma Magisterial, su reglamento y la norma técnica aprobada por Resolución Ministerial N° 582-2013-ED “Normas de Procedimiento para Reasignaciones y Permutas de Profesores Comprendidos en la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial”.

7.     DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

7.1  Los Colegios de Alto Rendimiento organizan su año escolar en función de las disposiciones que para tal fin emita el Ministerio de Educación en el marco del modelo de servicio educativo para la atención de estudiantes de alto desempeño.
7.2  El Ministerio de Educación, a través de los órganos competentes, dictará las normas y medidas complementarias que se requieran para la aplicación de la presente Norma Técnica.
7.3  Los Gobiernos Regionales, a través de las Direcciones Regionales o Gerencias de Educación, en el marco de sus funciones y de ser necesario, emitirán normas complementarias específicas, siempre y cuando no se opongan a lo dispuesto en el presente documento normativo.
7.4  Los Gobiernos Regionales, a través de sus instancias, velarán por el cumplimiento de la presente norma y los anexos que forman parte integrante de la misma centrando el monitoreo y supervisión en el logro de los compromisos de gestión de la institución educativa.
7.5  Las instituciones educativas privadas se rigen por lo establecido en las normas vigentes que la regulan y por esta norma técnica en lo que les resulta aplicable.
7.6  Todo aquello que no está explicitado en la presente norma se regirá por el Reglamento Interno de la institución educativa.




[1] Dominio 2 Marco de Buen Desempeño del Directivo
[2] Aplica para Lima Metropolitana.
[3] Personal asignado para Soporte Pedagógico en Lima Metropolitana.
[4] Personal asignado para Soporte Pedagógico en la Región de San Martín.
[5] Aplica para Lima Metropolitana
[6] En las instituciones educativas donde no exista subdirector administrativo se contará (contratado) con un coordinador administrativo y de recursos educativos.
[7] En las IE donde cuentan con Subdirector Administrativo, será quien asuma las funciones del Coordinador Administrativo y de Recursos Educativos.
[8] El aplicativo informático SIAGIE (Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa) es un instrumento de carácter oficial que el MINEDU pone a disposición de las IE para apoyar la administración de la información relacionada a la matrícula, asistencia y evaluación de estudiantes. 

PERUEDUCA

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