MIKARIM
jueves, 30 de julio de 2015
viernes, 12 de diciembre de 2014
DIRECTIVA AÑO ESCOLAR 2015
“NORMAS Y ORIENTACIONES
PARA EL DESARROLLO DEL AÑO ESCOLAR 2015 EN LA EDUCACIÓN BÁSICA”
INDICE
1.
Finalidad
2.
Objetivo
3.
Alcance
4.
Base
Normativa
5.
Disposiciones
Generales para las Instituciones Educativas
6.
Disposiciones
Específicas para las Instituciones Educativas e Instancias de Gestión Educativa
Descentralizada.
6.1
Compromisos
e indicadores de gestión escolar
6.2
Orientaciones
para la implementación de la Estrategia “Soporte Pedagógico”
6.3
Orientaciones
para la implementación de la Estrategia “Jornada Escolar Completa”
6.4
Orientaciones
para la implementación de los Colegios de Alto Rendimiento
6.5
Orientaciones
para la implementación de la iniciativa Intersectorial e Intergubernamental Aprende Saludable
6.6
Bono
de Incentivo al Desempeño Escolar
6.7
Orientaciones
administrativas para las Instituciones Educativas
6.8
Orientaciones
para las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada.
7.
Disposiciones
Complementarias
NORMAS
Y ORIENTACIONES
PARA
EL DESARROLLO DEL AÑO ESCOLAR 2015 EN LA EDUCACIÓN BÁSICA
1. FINALIDAD
Establecer
normas y orientaciones para la planificación, desarrollo y supervisión de las
actividades educativas a desarrollarse durante el año escolar 2015 en las
Instituciones Educativas de Educación Básica.
2. OBJETIVO
Orientar a la comunidad educativa en el desarrollo de acciones
que garanticen las condiciones de calidad del servicio educativo en
concordancia con las políticas priorizadas y los compromisos de gestión
escolar.
3. ALCANCE
·
Instituciones Educativas (IIEE) y Programas de Educación
Básica
·
Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL)
·
Direcciones Regionales de Educación (DRE) o Gerencia
Regional de Educación o quien haga sus veces.
·
Gobiernos Regionales
·
Ministerio de Educación (MINEDU)
4. BASE
NORMATIVA
·
Constitución
Política del Perú.
·
Ley
N° 28044, Ley General de Educación.
·
Ley
N° 28628, Ley que regula la participación de las Asociaciones de Padres de
Familia en las Instituciones Educativas Públicas.
·
Ley
N° 29600, que fomenta la reinserción escolar por embarazo.
·
Ley
N° 29694, Ley que protege a los consumidores de las prácticas abusivas en la
selección o adquisición de textos escolares, modificada por la Ley N° 29839.
·
Ley
N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones
educativas.
·
Ley
N° 29944, Ley de Reforma Magisterial.
·
Ley
N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento.
·
Ley
N° 26549, Ley de los Centros Educativos Privados.
·
Ley
N° 29988, Ley que establece medidas extraordinarias
para el personal docente y administrativo de instituciones educativas públicas
y privadas, implicado en delitos de terrorismo, apología del terrorismo,
delitos de violación de la libertad sexual y delitos de tráfico ilícito de
drogas; crea el registro de personas condenadas o procesadas por delito de terrorismo,
apología del terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual y tráfico
ilícito de drogas y modifica los artículos 36 y 38 del Código Penal.
·
Ley N° 30061, Ley que declara de
prioritario interés nacional la atención integral de la salud de los
estudiantes de educación básica regular y especial de las instituciones
educativas públicas del ámbito del Programa Nacional de Alimentación Escolar
Qali Warma y los incorpora como asegurados del Seguro Integral de Salud (SIS).
·
Decreto
Supremo N° 028-2007-ED que aprueba el Reglamento de Gestión de Recursos Propios
y Actividades Productivas Empresariales en las Instituciones educativas
Públicas.
·
Decreto
Supremo N° 010-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29719, Ley
que promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones Educativas.
·
Decreto
Supremo N° 015-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29694, Ley que
protege a los consumidores de las prácticas abusivas en la selección o
adquisición de textos escolares.
·
Decreto
Supremo N° 011-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28044, Ley
General de Educación.
·
Decreto
Supremo N° 017-2012-ED, que aprueba la Política Nacional de Educación
Ambiental.
·
Decreto
Supremo N° 004-2013-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de
Reforma Magisterial, modificado por el Decreto Supremo N° 002-2014-MINEDU.
·
Decreto
Supremo N° 002-201E-ED, aprueban Reglamento de la Ley N° 29600, Ley que fomenta
la reinserción escolar por embarazo.
·
Resolución
Ministerial N° 0234-2005-ED que aprueba la Directiva N° 004-VMGP-2005, sobre
evaluación de los aprendizajes de los estudiantes de la Educación Básica
Regular.
·
Resolución
Ministerial N° 0201-2009-ED, que aprueba la Directiva “Procedimientos para la
prevención y sanción del hostigamiento sexual en el sector Educación”.
·
Resolución
Ministerial N° 0369-2012-ED, que aprueba prioridades de la Política Educativa
Nacional 2012 - 2016
·
Resolución
Ministerial N° 0518-2012-ED, que aprueba el Plan Estratégico Sectorial
Multianual de Educación (PESEM) 2012-2016
·
Resolución
Ministerial N° 0519-2012-ED, que aprueba la Directiva N°
019-2012-MINEDU/VMGI-OET, Lineamientos para la prevención y protección de las y
los estudiantes contra la violencia ejercida por personal de las instituciones
educativas.
·
Resolución Ministerial N° 041-2014-MINEDU que aprueba los
“Lineamientos para la Ejecución del Plan Nacional de Fortalecimiento de la
Educación Física y el Deporte Escolar en las IIEE Públicas de Primaria y
Secundaria de Educación Básica Regular”, así como Norma Técnica sobre
contratación de promotores de educación física. (NORMA EN MODIFICACIÓN)
·
Resolución
Ministerial N° 274-2014-MINEDU que crea el “Modelo de servicio educativo para
la atención de estudiantes de alto desempeño”.
·
Resolución
Ministerial N° 0427-2013-ED, que aprueba la Directiva N°
020-2013-MINEDU/VMGP-DIGEBA “Orientaciones para desarrollar la atención
semipresencial en los Centros de Educación Básica Alternativa”.
·
Resolución
de Secretaría General N° 295-2014-MINEDU que aprueba “Norma Técnica para el
Diseño de Locales de Educación Básica Regular – Nivel Inicial”.
·
Resolución
Ministerial N° 0172-2010-ED, que aprueba las “Normas para la administración
compartida de la infraestructura y equipamiento educativo en las Instituciones
Educativas Públicas, que funcionan en el mismo local escolar”.
·
Resolución
de Secretaría General N˚ 602-2014-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica para la
cogestión del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación
Escolar Qali Warma.
·
Resolución
de Secretaría General N° 613-2014-MINEDU que aprueba “Normas y Orientaciones
para la organización y funcionamiento de la forma de atención a distancia en el
ciclo avanzado de los Centros de Educación Básica Alternativa públicos y
privados”.
·
Resolución
de Secretaría General N° 213-2014-MINEDU que aprueba las “Normas técnicas para
la contratación de promotores de tutoría y orientación educativa y criterios de
selección de las instituciones educativas de educación básica regular donde
realizarán sus funciones ”
·
Resolución
de Secretaría General N° 364-2014-MINEDU, que aprueba “Lineamientos para la
implementación de la Estrategia Nacional contra la Violencia Escolar,
denominada “Paz Escolar”, en las instancias de gestión educativa
descentralizada.
5. DISPOSICIONES
GENERALES PARA LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
El principal mandato de todas las
instancias de gestión educativa (institución educativa pública o privada, UGEL,
DRE y MINEDU) es garantizar el logro de los aprendizajes de todos los
estudiantes y una formación integral de calidad, propiciando una convivencia sana, segura,
inclusiva y acogedora.
Para ello, se han planteado desde el
Sector cuatro prioridades que están en concordancia al Acuerdo Nacional: calidad
de los aprendizajes revalorización de la carrera docente, infraestructura y
modernización de la gestión.
Calidad de
los aprendizajes;
Se pretende que el sistema escolar coloque los aprendizajes al centro de su
preocupación, dotando a las escuelas de material educativo de calidad,
pertinente a la diversidad funcional, cultural y lingüística, enfatizando la
inclusión e igualdad de oportunidades para que las y los estudiantes
desarrollen el máximo de su potencial. Se han previsto tres tipos de
intervenciones que se ampliarán paulatinamente: Soporte Pedagógico, Jornada
Escolar Completa en Secundaria y Colegios de Alto Rendimiento; a los que nos
referiremos con detalle en la presente Norma.
Revalorización
de la carrera docente;
la política integral de desarrollo docente tiene el objetivo de promover la
innovación y el desarrollo de la práctica y el conocimiento pedagógico, así
como generar el compromiso de los
docentes con su propio desarrollo profesional; para ello, nos encontramos en
pleno proceso de implementación de la Ley de Reforma Magisterial que busca que
los docentes se formen y desempeñen en base a criterios concertados.
De otro lado, después de la acción
docente, el liderazgo pedagógico del directivo es indispensable para contribuir
a los logros de aprendizaje puesto que su influencia es clave en la calidad de
la práctica docente, las condiciones de trabajo, la organización y funcionamiento de la escuela.
Infraestructura; a través de un Decreto
Supremo se ha creado el Programa Nacional de Infraestructura Educativa que
incluye mecanismos para gestionar mejor la inversión, continuar un proceso
acelerado de rehabilitación de escuelas en zonas rurales, de atención al
déficit de infraestructura para educación inicial, educación especial y jornada
escolar completa; así como la sustitución de aquellas escuelas que representan
un riesgo ante posibles fenómenos naturales, contemplando las normas técnicas
de accesibilidad.
Modernización
de la gestión; se requiere de una gestión educativa
ágil, eficiente, descentralizada y con políticas claras que ayuden a cerrar
brechas y aseguren la mejora de la calidad educativa en el país. Para ello, se
ha iniciado con un proceso de modernización de las UGEL y se fortalecerán los
desempeños de los gobiernos regionales para el cumplimiento de las metas
establecidas.
En materia de gestión de las
Instituciones Educativas, el año 2014 centramos las acciones en ocho compromisos de gestión escolar. Para
el 2015 ajustamos la propuesta tomando
en cuenta el balance y lecciones aprendidas, continuando en la línea del
progreso en los aprendizajes y la
retención de los estudiantes; del mismo modo es importante incorporar, como
compromiso, el acompañamiento y monitoreo a la práctica docente por parte del equipo directivo y visibilizar
en las aulas el manejo pedagógico en las
sesiones de aprendizaje, el uso de los
instrumentos curriculares y materiales
educativos. Por otro lado, es sustancial el cumplimiento de la calendarización
de la IE, en el marco de un clima institucional favorable y un plan de trabajo
efectivo y participativo.
Estos compromisos e indicadores de
gestión escolar constituyen un núcleo fundamental y son de obligatorio
cumplimiento. Cada institución educativa deberá proponerse metas de logro a partir de los indicadores establecidos
en la presente norma técnica, los que le permitirán reflexionar sobre sus
propios resultados y prácticas para tomar decisiones, intervenir y mejorar los
aprendizajes. Complementariamente, para el establecimiento de las metas y las
estrategias pertinentes a su propio punto de partida y necesidades, deberá levantar
al inicio del año escolar, un diagnóstico suscinto acerca del estado de avance
de todos los estudiantes.
Por responsabilidad funcional, al
director y su equipo les corresponde liderar la gestión de la institución
educativa para alcanzar estos compromisos. Al gobierno regional, a través de
sus instancias de gestión educativa descentralizada (DRE, UGEL o quienes hagan
sus veces), le corresponde brindar el soporte técnico y el monitoreo enfocado
en el logro de los ocho compromisos de gestión. A su vez, al Ministerio de
Educación le corresponde brindar asistencia técnica a las instancias de gestión
educativa descentralizadas, así como recomendar prácticas de gestión que
permitan a los equipos directivos el logro de los compromisos.
A continuación, se señalan los compromisos
de gestión escolar:
Compromiso de gestión
|
Indicadores
|
Expectativa de avance
|
Fuente de información
|
|||
1
|
Progreso anual de todas y todos los estudiantes de la
Institución Educativa.
|
Porcentaje de estudiantes que logran el nivel
satisfactorio en la Evaluación Censal de Estudiantes ECE.
|
La institución educativa demuestra un incremento en el
porcentaje de estudiantes que logran el nivel satisfactorio en la ECE,
respecto al año anterior.
|
Reporte anual de resultados en la ECE de la institución
educativa.
|
||
2. Porcentaje de estudiantes, de los demás grados, que alcanzan nivel satisfactorio en
rendimiento.
|
La institución educativa demuestra un incremento en el
porcentaje de estudiantes que logran un nivel satisfactorio de aprendizajes
en todos los grados, respecto al año anterior.
|
Registros y actas de evaluación de los estudiantes de
la institución educativa.
|
||||
2
|
Retención interanual de estudiantes en la Institución
Educativa.
|
1. Porcentaje de retención (estudiantes que culminan el
año escolar y se matriculan en el siguiente).
|
La institución educativa incrementa el porcentaje de
retención respecto al año anterior.
|
Reporte de promoción y matrícula de estudiantes en la
institución educativa (SIAGIE).
|
||
3
|
Cumplimiento de la calendarización planificada por la
Institución Educativa.
|
2. Porcentaje de jornadas no laboradas que fueron
recuperadas.
|
La institución educativa recupera el 100% de jornadas
no laboradas, cumpliendo al final del año con la calendarización planificada.
|
Calendarización del año escolar y Matriz de
cumplimiento.
|
||
Acompañamiento y monitoreo de la práctica docente
|
4
|
Uso pedagógico del tiempo en las sesiones de
aprendizaje.
|
1. Porcentaje de tiempo dedicado a actividades
pedagógicas durante las sesiones de aprendizaje.
|
Los docentes
incrementan el tiempo dedicado a actividades pedagógicas durante las
sesiones de aprendizaje.
|
Ficha de monitoreo de la sesión de aprendizaje y carpeta
pedagógica del docente.
|
|
5
|
Uso de herramientas metodológicas por los docentes
durante las sesiones de aprendizaje.
|
1. Porcentaje de docentes que utilizan herramientas
metodológicas durante la programación y ejecución de sesiones de aprendizaje.
|
Se incrementa la cantidad de docentes que utilizan
herramientas metodológicas tanto en la programación como en la ejecución de
las sesiones de aprendizaje.
|
Ficha de monitoreo de la sesión de aprendizaje y
carpeta pedagógica del docente.
|
||
6
|
Uso de materiales y recursos educativos durante la
sesión de aprendizaje.
|
2. Porcentaje de docentes que usan materiales y recursos educativos durante la
sesión de aprendizaje.
|
Se incrementa la cantidad de docentes que usan
materiales y recursos educativos durante la sesión de aprendizaje.
|
Ficha de monitoreo de la sesión de aprendizaje y
carpeta pedagógica del docente.
|
||
7
|
Gestión del clima escolar en la Institución Educativa.
|
1. Porcentaje de conflictos sobre los que el equipo
directivo toma acción, en relación al número de conflictos identificados y
registrados.
|
Se incrementa el número de conflictos sobre los cuales
el equipo directivo toma acción, respecto de aquellos identificados y
registrados, ocurridos en la institución educativa.
|
Cuaderno de incidencias
|
||
8
|
Implementación del Plan Anual de Trabajo (PAT) con
participación de la comunidad educativa.
|
1. Porcentaje de actividades planificadas en el Plan
Anual de Trabajo (PAT) que fueron implementadas.
|
La institución educativa implementa el de actividades planificadas
en el Plan Anual de Trabajo (PAT)
|
Matriz de implementación del PAT.
|
||
6. DISPOSICIONES
ESPECÍFICAS PARA LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS E INSTANCIAS DE GESTIÓN EDUCATIVA
DESCENTRALIZADA
6.1
COMPROMISOS E INDICADORES DE GESTIÓN ESCOLAR
6.1.1
PROGRESO ANUAL DE LOS
APRENDIZAJES DE TODAS Y TODOS LOS ESTUDIANTES
El equipo directivo de la IE
monitorea el logro de aprendizajes en los diferentes grados y niveles
educativos, utilizando la información tanto de los resultados de la ECE para
2do grado de primaria como de los logros de aprendizaje aproximados desde otras
fuentes (por ejemplo, registros de evaluación, listas de cotejo, actas de
docentes de los diversos grados y niveles), permitiendo el establecimiento de
metas y estrategias para la mejora.
El Proyecto Educativo Nacional aprobado como
política de Estado por Resolución Suprema N° 001-2007-ED establece que la
política curricular se organiza sobre la base de un Marco Curricular Nacional y
estándares de aprendizaje (políticas 5 y 6 del Proyecto Educativo Nacional).
Durante el año 2014 será dado a conocer el Marco
Curricular Nacional; regirán los mapas de progreso (o estándares de
aprendizaje) aprobados oficialmente (de lectura en comunicación y de números y
operaciones en matemática) y en las demás áreas continuará aplicándose el
Diseño Curricular Nacional. Con la finalidad de ayudar al docente a una
enseñanza efectiva de la comunicación y matemática el Ministerio de Educación
pone a su disposición las Rutas de aprendizaje de estas áreas curriculares.
Para el
desarrollo de este compromiso de gestión escolar; además de lo mencionado, se
tomarán en cuenta las siguientes orientaciones pedagógicas por nivel y
modalidad:
§
Los
docentes responsables de aula, área y/o sección, plantearan estrategias para
subsanar las insuficiencias de los estudiantes respecto al logro de requisitos
mínimos de aprendizaje durante el proceso educativo, para pasar al siguiente
nivel, grado o unidad.
§ Las tareas escolares se constituyen en un complemento del proceso de
aprendizaje, por lo tanto deben ser dosificadas, exclusivas para el estudiante
y no evaluables. Además, con la finalidad de preservar el tiempo compartido, la
recreación y el diálogo en la familia, en educación inicial no deberá asignarse
tareas para el hogar. Para el nivel primario y secundario, de asignarse tareas
académicas en los fines de semana, ellas no deberán exceder de un tiempo
estimado de dos horas.
§ Los estudiantes que profesan una religión distinta a
la católica o no profesan ninguna, pueden exonerarse del área, durante el año
escolar y a petición escrita del padre de
familia o tutor.
a) Nivel
de Educación Inicial
§ El equipo directivo de las
instituciones educativas de educación primaria o secundaria que por ampliación de nivel cuentan con el servicio
de educación inicial, son responsables de generar las condiciones adecuadas
para la implementación del enfoque pedagógico del nivel. Para ello deberán
coordinar con las UGEL, los mecanismos de acceso a la información necesaria
para el buen cumplimiento de sus funciones. Asimismo, asegurarán que los niños
de inicial cuenten con un espacio propio, servicios higiénicos diferenciados y
áreas externas para el juego.
§ Como política del sector,
se valora la atención educativa de los
niños y niñas de 0 a 3 años en el entorno familiar a cargo de los padres y/o
adultos cuidadores y promueve su asistencia, acompañados de su padre o madre de
manera complementaria a los servicios educativos. Sin embargo, ante la situación de necesidad o vulnerabilidad
familiar y/o social, en la que es imposible que un adulto cercano al entorno
del niño pueda hacerse cargo de su atención, se dispone de servicios educativos
que atienden a niños menores de tres
años.
§ En el ciclo I y II la atención
educativa se da en forma escolarizada y no escolarizada, proporcionando a los
niños y niñas diversas actividades, de exploración, juego, de
comunicación, experiencias de encuentro
con sus pares, acercamiento al mundo escrito, y la ampliación de su entorno
familiar.
§ En el Ciclo I es necesario
tomar las medidas que permitan:
-
Brindar
y organizar los espacios educativos, el mobiliario pertinente y materiales que
permitan la individualización del niño y niña y su libertad de movimiento
durante las actividades autónomas, juego
libre y los cuidados pertinentes, de acuerdo, a su edad, sus necesidades e
intereses. En ningún caso deben permanecer sentados en sillas haciendo trabajos
dirigidos (salvo el momento de alimentación y sólo si el niño se encuentra con
la madurez necesaria).
-
Asegurar
que los módulos de materiales para la actividad autónoma y de juego que usen
los niños, sean prioritariamente transformables para promover estimulen la
creatividad del niño y la utilización de recursos de la zona, cumpliendo las
medidas de seguridad y sanidad, evitando el uso de materiales sintéticos.
-
Dosificar
la cantidad de materiales en las aulas, a fin de evitar ambientes sobrecargados
que dispersan la atención del niño, limitan su movilidad y no contribuyen a su formación integral.
§ La lista de útiles deberá
ser pertinente con las características
de desarrollo de los niños de 0 a 5 años y al enfoque pedagógico de educación
inicial. En las IIEE Públicas deberá
contener los siguientes materiales:
crayolas, plumones gruesos y delgados,
témperas, colores, goma, pinceles, cinta adhesiva, tijeras punta
roma, esponja, cerámica al frío o arcilla, cartulinas, papelotes, papeles
crepé, lustre, seda, bond, kraf y útiles de aseo personal. La entrega de la
lista de útiles no es condición para la asistencia del niño o niña a la
institución educativa o programa.
§ Las auxiliares de educación
inicial tienen funciones establecidas, no debiendo asumir el rol de docente.
§ La carga docente para los
profesionales que atienden a niños y niñas de 3 a 5 años en servicios
escolarizados ubicados en zona urbana es no mayor a 25 estudiantes y 20
estudiantes en los servicios ubicados en zona rural.
b) Nivel
de Educación Primaria
§ Los equipos directivos de
las IIEE promueven la especialización por ciclos entre sus docentes, así para
la atención del primer y segundo grado
serán designados los docentes que presenten los mejores desempeños en
alfabetización lectora y/o que cuenten con mayor experiencia en el ciclo,
asimismo, se evita la rotación de los docentes que participan en el PELA como una estrategia para utilizar con mayor efectividad las
capacidades pedagógicas desarrolladas durante las intervenciones.
§ Asimismo, las y los
docentes con título de profesor(a) o licenciado(a) en Educación Secundaria
nombrados en Educación Primaria, deberán asumir preferentemente las secciones
de quinto o sexto grado. Respecto a los docentes de educación inicial nombrados
en educación primaria deberán asumir el
primer o segundo grado de preferencia.
c) Nivel
de Educación Secundaria
§ La organización curricular
para el nivel secundaria es la siguiente:
§ Se promoverá el desarrollo
de proyectos curriculares inter-áreas (todas las áreas), generándose
condiciones y mecanismos para su práctica.
§ Está prohibido el uso, la
difusión y publicidad de la denominación de: «Centros Pre-Universitarios», para
todas las lE públicas y privadas. Se prohíbe además bajo responsabilidad del
Director, caracterizar u ofertar la formación impartida como
"pre-universitaria".
d) Educación
Básica Alternativa
§ Tiene dos programas:
Programa de Educación Básica Alternativa de Jóvenes y Adultos (PEBAJA) que se
organiza en los ciclos inicial, intermedio y avanzado, atendidos en los Centros
de Educación Básica Alternativa (CEBA) y el Programa de Alfabetización,
organizado en los ciclos inicial e intermedio, atendidos en los CEBA y/o
inversión directa del Programa de Alfabetización. La alfabetización está
inserta en el continuo educativo de la Educación Básica Alternativa.
§ La organización curricular responde
a las formas de atención que ofrece la modalidad: Presencial, semipresencial y
a distancia. Se organiza en el marco del Diseño Curricular Básico Nacional de
la Educación Básica Alternativa-DCBN EBA, aprobado con Resolución Ministerial
N° 276-2009-ED.
§ Ciclo Avanzando Presencial:
ÁREAS
CURRICULARES
|
1°
|
2°
|
3°
|
4°
|
Comunicación Integral (*)
|
5
|
5
|
5
|
5
|
Idioma Extranjero (Inglés) o Lengua Originaria
|
2
|
2
|
2
|
2
|
Matemática
|
5
|
5
|
5
|
5
|
Ciencia, Ambiente y Salud (**)
|
4
|
4
|
4
|
4
|
Ciencias Sociales
|
4
|
4
|
4
|
4
|
Educación Religiosa
|
1
|
1
|
1
|
1
|
Educación para el Trabajo
|
4
|
4
|
4
|
4
|
TOTAL
|
25
|
25
|
25
|
25
|
Horas de Libre Disponibilidad (***)
|
5
|
5
|
5
|
5
|
(*) En el componente Audiovisual y Artístico se
desarrollan aprendizajes que
corresponden a Educación Artística
(**) En el
componente Salud, Higiene y Seguridad se desarrollan aprendizajes que corresponden a Educación Física
(***) Las
horas de libre disponibilidad se dispondrán en horarios alternos, destinados
preferentemente al desarrollo de los aprendizajes de los componentes señalados
(*) (**)
§ Ciclo Avanzado
Semipresencial/A distancia, se rigen por la Directiva N°
020-2013-MINEDU/VMGP-DIGEBA, aprobada por RM. N° 0427-2013-ED, y la Norma
Técnica aprobada por RSG. N° 613-2014-MINEDU.
§ La distribución de horas y
frecuencia de las sesiones presenciales y de tutoría, así como de los
aprendizajes autónomos están en función de los rangos porcentuales,
establecidos en las referidas normas y en correspondencia de la duración del
período promocional.
§ La evaluación de
aprendizajes de los estudiantes en EBA en sus diversos ciclos y formas de
atención se realiza de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente. La
determinación de los cinco primeros puestos de estudiantes que han obtenido los
más altos puntajes al concluir el ciclo avanzado, se realizará de acuerdo a lo
establecido en la Directiva N° 015-2009-ME/VMGP/DIGEBA/DPEBA, aprobada por
Resolución Directoral N° 0209-2009-ED
§ El proceso de
alfabetización se desarrollará de acuerdo a la normativa vigente.
e) Educación
Básica Especial
§ La educación
básica especial es una modalidad que establece la atención de estudiantes con
necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad, talento y
superdotación. Dicha atención está orientada al desarrollo de sus
potencialidades con participación de la familia y comunidad, teniendo como
punto de partida la evaluación psicopedagógica; por otro lado, promueve el
acceso, permanencia, buen trato y éxito de estudiantes con discapacidad a EBR,
EBA y ETP, con el soporte de profesionales de los servicios de apoyo y
asesoramiento para la atención de las necesidades educativas especiales -
SAANEE, para su inclusión oportuna, en el marco de una política educativa con
enfoque inclusivo transversal al
sistema.
§ Cada miembro del
SAANEE debe atender a un mínimo a 10 instituciones educativas que atiende a estudiantes con necesidades
educativas especiales asociadas con discapacidad en su ámbito jurisdiccional.
§ El CEBE atiende a
estudiantes con discapacidad severa y multidiscapacidad y brinda
apoyo y asesoramiento en el proceso de inclusión educativa de los
estudiantes con discapacidad en los diferentes niveles y modalidades, para tal
fin deberá contar con un mínimo de 2 profesionales, los que serán asignados por
la DRE y UGEL.
§ La atención de
los estudiantes con discapacidad en instituciones educativas públicas y
privadas está enmarcada -además de las
normas emanadas por el Sector-, en la
Ley N° 29973, Ley General de la Persona
con Discapacidad y su Reglamento.
§ Los Centros de
Educación Básica Especial –CEBE-, garantizan la atención de los
estudiantes con discapacidad severa y multidiscapacidad. La permanencia de los
estudiantes es hasta los 20 años de edad cronológica.
- Inicial: 3 a 7
años
- Primaria: 8 a
14 años
- Primaria
Posterior: 15 años a 20 años
§ El CEBE orienta
el desarrollo de programas no escolarizados, con una duración no mayor de dos
años, para aquellos que no accedieron al sistema educativo, con participación
de la familia y la comunidad mediante la ejecución de un plan de acción, previa
evaluación psicopedagógica a cargo del equipo SAANEE, con la finalidad de promover la inclusión
familiar y social en otros espacios y
organizaciones de la comunidad.
§ El CEBE brinda
apoyos complementarios gratuitos, alternos a la escolaridad de los estudiantes
con discapacidad atendidos en EBR, EBA y ETP que lo requieran, mediante el uso
de sistemas de comunicación aumentativos y alternativos, (lengua de señas,
sistema braille, dactilología, tadoma) técnicas de orientación de movilidad,
uso de las TIC, entre otros, que garanticen logros en sus aprendizajes.
§ Los Programas de
Intervención Temprana –PRITE-, brindan atención no escolarizada, a los niños y
niñas menores de 3 años con discapacidad o en riesgo de adquirirla, desarrollan
acciones de prevención, detección y atención oportuna con base en la familia y
comunidad, durante los 12 meses del año. Están a cargo de un Director,
profesionales docentes y no docentes que coordinan con el CEBE más cercano a su jurisdicción para la inclusión educativa de los niños y niñas
al nivel inicial de EBR o EBE. Los Gobiernos Regionales aseguran la creación,
organización y funcionamiento de los PRITE, para la captación, derivación y
atención oportuna de niñas y niños
menores de tres años con discapacidad o en riesgo de adquirirla,
fundamentalmente en las zonas de mayor vulnerabilidad, con énfasis en el área
rural.
§ Programa de
atención no escolarizada al talento y superdotación (PANETS): está dirigido a
estudiantes con altas habilidades y se brinda en espacios complementarios,
promoviendo el desarrollo de habilidades cognitivas, meta cognitivas, la
creatividad, habilidades sociales, motivación de logro, a través de medidas de
enriquecimiento curricular. Ofrece módulos complementarios no escolarizados que
promuevan las potencialidades de dichos estudiantes. Son de carácter curricular y complementario
en horario alterno al proceso formativo del estudiante.
§ Centro de
Recursos de Educación Básica Especial –CREBE: Ofrece soporte físico, técnico
pedagógico y tecnológico para la implementación de la política educativa con
enfoque inclusivo para estudiantes con discapacidad, talento y superdotación,
así como producción de materiales adaptados por tipo de discapacidad para
fortalecer el desempeño docente que coadyuven al logro de aprendizajes.
Identifica estudiantes con discapacidad en el ámbito regional para la
distribución de material específico en coordinación con la DIGEBE. Las DRE
deben promover la creación de CREBE en su ámbito jurisdiccional.
§ La DIGEBE promueve el fortalecimiento permanente de capacidades
de directores, docentes, profesionales no docentes, padres de familia a través
de capacitaciones virtuales o presenciales, gratuitas, desarrolladas por el Centro Nacional de
Recursos de la Educación Básica Especial-CENAREBE.
§ Las instituciones
educativas de gestión privada que brindan atención de estudiantes con
necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad, deben contar con
profesionales capacitados o especializados para el apoyo y asesoramiento la institución educativa.
§ El Centro
Nacional de Recursos de Educación Básica
Especial – CENAREBE, a través del área de producción brindará el servicio de
impresión de textos escolares en sistema braille, para los estudiantes con
discapacidad visual atendidos en instituciones educativas de gestión privadas,
debiendo éstas proveer los insumos necesarios.
f) Instituciones
Educativas Bilingües (EIB)
En las Instituciones Educativas
Bilingües que forman parte del Registro de II.EE. EIB, se debe implementar la Propuesta
Pedagógica EIB y las Rutas de Aprendizaje EIB según las características
socioculturales de la comunidad y los escenarios lingüísticos identificados,
tomando en cuenta:
§ Recoger los saberes y
prácticas culturales de la comunidad a través del Calendario Comunal.
§ Elaborar una
caracterización sociolingüística y psicolingüística de la comunidad y de los
estudiantes, respectivamente.
§ Desarrollar actividades de
incorporación de los saberes de la cultura de los estudiantes en la
programación curricular, y planificar el uso de la lengua originaria y el
castellano a partir de los resultados de la caracterización.
§ Distribuir y utilizar
obligatoriamente los materiales educativos tanto en lengua originaria de los
estudiantes como en castellano.
§ Promover en las situaciones
de aprendizaje un diálogo de saberes equitativo.
§ Desarrollar las sesiones de
aprendizaje en lengua materna o segunda lengua, de acuerdo al horario de uso y
tiempos de las lenguas.
g) Promoción
de cultura y deporte
§ Promoción de
cultura y deporte: Las instituciones educativas públicas y privadas deberán
realizar o participar en las siguientes actividades de promoción de la cultura
y el deporte: talleres Recreativos, de Deporte y Arte en el periodo vacacional,
Juegos Deportivos Escolares Nacionales y Juegos Florales Escolares Nacionales.
§ Promoción
Escolar: Los estudiantes de IIEE de zonas rurales, beneficiados con la
iniciativa “Rutas Solidarias: Bicicletas Rurales para llegar a la Escuela”,
tendrán facilidad de acceso a su institución educativa, contribuyendo a
disminuir el índice de deserción escolar. (Indicador: Número de alumnos
beneficiados). Las IIEE que cuentan con actividad orquestal o coral, deben
procurar insertarse a “Orquestando: Sistema de Orquestas y Coros Infantiles y
Juveniles del Ministerio de Educación”
§ Fortalecimiento
de la Educación Física y el Deporte Escolar: Las IIEE beneficiadas con el Plan
Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar,
tendrán 5 horas semanales evaluadas de Educación Física (2 horas en horario regular
y 3 horas en jornada escolar extendida) en las que se
aplicará la propuesta pedagógica del Plan.
h) Educación ambiental y Gestión del Riesgo de desastres
§ La
implementación de la educación ambiental se rige por la Resolución
Viceministerial N° 006-2012-ED que aprueba las “Normas específicas para la
planificación, organización, ejecución, monitoreo y evaluación de la aplicación
del enfoque ambiental en la Educación Básica y Educación Técnico Productiva en
el marco de la Política Nacional de educación Ambiental” aprobada por D.S. Nº
017-2012-ED.
§ Las acciones de
educación ambiental, en el marco de la aplicación de la Política Nacional de
Educación Ambiental, así como las de prevención del riesgo de desastres, mitigación,
respuesta y rehabilitación del servicio educativo en situaciones de emergencia
o desastre y la participación en el calendario anual de simulacros escolares
nacionales, se incorporan en el Plan Anual de Trabajo. El Comité ambiental
actúa en coordinación con el CONEI.
§ A continuación
se señalan las fechas de los simulacros de sismos programados para el 2015:
Simulacro
|
Fecha
|
Se conmemora en
el marco de
|
Primero
|
Miércoles 22 de Abril
|
Día Mundial de la Tierra
|
Segundo
|
Viernes 29 de Mayo
|
Día de la Solidaridad
|
Tercero
|
Jueves 09 de Julio
|
Día Mundial de la Población y Poblamiento del
Territorio
|
Cuarto
|
Martes 13 de Octubre
|
Día Internacional para la Reducción de Desastres
|
Quinto
|
Jueves 12 de Noviembre
|
Día Mundial del Reciclaje y del Aire Limpio
|
6.1.2 RETENCIÓN
INTERANUAL DE ESTUDIANTES
El equipo directivo debe conducir, al
iniciar el año lectivo 2015, un proceso de análisis sobre la cantidad de
estudiantes que abandonaron la institución educativa tomando como referencia
los estudiantes que tenían matriculados en el año lectivo 2014, utilizando el
espacio de las jornadas de reflexión para examinar las causas que originan el
fracaso y abandono de los estudiantes, estableciendo acciones y estrategias
pedagógicas orientadas a la disminución de la repitencia y deserción.
Además, serán tomadas en cuenta las
siguientes orientaciones específicas relacionadas a la matrícula escolar:
§
La matrícula y los traslados se efectúan de conformidad
con los “Lineamientos para el proceso de Matrícula Escolar en las IE públicas
de Educación Básica” aprobado por la R.M.N°0516-2007-ED.
§
Los estudiantes deben presentar DNI o pasaporte, control
de vacunas y registro SIS para la matrícula. De no contar con alguno de estos
documentos, estos se deben regularizar a más tardar al finalizar el primer
semestre del año escolar. El equipo directivo debe orientar a las familias para
la obtención de los documentos mencionados ante RENIEC y el Centro de Salud de
su localidad, en coordinación con la Defensoría Escolar del Niño y del Adolescente,
si la hubiere.
§
En concordancia con la Ley Nº 26549 y su modificatoria
Ley N° 27665 Ley de Centros Educativos Privados, las instituciones educativas
privadas deben brindar información sobre las condiciones pedagógicas e
institucionales a las que se ajustará la prestación del servicio educativo
durante el año escolar y las responsabilidades que asumen las familias, lo que
será registrado en un documento suscrito por el padre o madre de familia y la
dirección de la institución.
§
La atención a estudiantes con necesidades especiales
asociadas a discapacidad en Instituciones Educativas públicas y privadas, se
rige por las normas del Sector y las
establecidas por las disposiciones formuladas en la Ley N° 29973: Ley General
de la Persona con Discapacidad y su Reglamento.
§
Todas las instituciones educativas tanto de gestión
pública como privada, en todos los niveles y modalidades, reservan al menos dos
vacantes por aula para estudiantes con necesidades educativas especiales
asociadas a discapacidad (leve o moderada) en EBR, EBA y ETP. El director de la
institución educativa solicita apoyo al Servicio de Apoyo y Asesoramiento a las
Necesidades Educativas Especiales – SAANEE de su jurisdicción a fin de
garantizar la atención educativa pertinente
§
Los estudiantes con necesidades educativas especiales
asociadas a discapacidad matriculados en los diferentes niveles y modalidades,
deben participar en todas las actividades con los mismos derechos y deberes que
los demás estudiantes.
§
La matrícula del estudiante con discapacidad se realiza
teniendo en cuenta la edad cronológica establecida para cada grado considerando
la permanencia de dos años en un grado, por única vez, en el nivel. Es
responsabilidad del equipo directivo regularizar su historial escolar. Se debe
garantizar que el aula con estudiantes con discapacidad tenga una carga de
estudiantes menor a lo establecida para el nivel y modalidad educativos.
§
En las instituciones educativas públicas no es
obligatorio el uso del uniforme escolar. Las instituciones educativas privadas
se rigen de acuerdo a su reglamento interno.
Educación
Inicial
§ La matrícula para
los niños y niñas del ciclo I (0 a 2 años), se realiza de manera flexible en
cualquier época del año de acuerdo a la necesidad de las familias y de las niñas
y niños, ubicándolos en los grupos de edad que corresponda. Las niñas y niños
que cumplen 3 años al 31 de marzo son promovidos de manera automática al ciclo
II.
§ La matrícula
para los niños y niñas del ciclo II (3 a
5 años), se realiza de acuerdo a la edad
cronológica cumplida al 31 de marzo. Las niñas y niños que cumplen 6 años al 31
de marzo son promovidos de manera automática al primer grado de la Educación Primaria.
§ Los procesos de traslado para el ciclo II (3 a 5
años), podrán realizarse hasta el inicio del último período escolar, a fin de
garantizar ser incluidos en las nóminas adicionales.
§ El Director de la
IIEE Escolarizada y/o Profesora Coordinadora a cargo del Programa No
Escolarizado son los responsables de
registrar la matrícula de las niñas
y niños en la nómina que corresponde según su edad cronológica, la misma que a
los 60 días de iniciado el año escolar debe ser publicada en un lugar visible
de la IE y/ o del aula.
§ En los procesos
de admisión, ingreso y/o matrícula a las instituciones educativas públicas o
privadas en el nivel inicial y primer grado de primaria no se puede evaluar
a los niños y niñas, ni solicitar evaluaciones externas, o formatos
específicos a ser llenados por las IIEE de procedencia.
§ En el caso que la
IIEE privada y pública tenga un mayor número de postulantes que vacantes, la
IIEE podrá establecer criterios de priorización para la selección de las
familias a admitir, que no impliquen evaluación de los niños y niñas, solo para
efectos de adecuaciones pedagógicas en casos de necesidades educativas
especiales y extra edad, que aseguren la mejor atención educativa. Esta
priorización es ponderada internamente por cada IIEE. Puede incluir aspectos
que garanticen un adecuado compromiso entre familia y escuela para la educación
de los niños, como el tener hermanos en la misma institución, coincidencia
declarada o demostrable de la línea
axiológica de las familias con la de la institución educativa,
identificación de la familia con el proyecto educativo, compromiso de los padres
de participar en la educación de los hijos, equidad de género en colegios mixtos,
ser hijos de ex alumnos, comportamiento de los padres acorde con las normas y
compromisos institucionales u otros que sean intrínsecos a sus objetivos
institucionales en consonancia con su visión y misión. También puede considerar
mecanismos de
selección aleatorios como el orden de llegada o el sorteo.
§ El proceso de
admisión que sigan las instituciones educativas privadas consta de las
siguientes etapas, en todas las cuales se valora la buena fe de las
partes:
1. Información
o
La IIEE debe brindar a los padres interesados en
inscribir a sus hijos la información pertinente sobre el ideario, valores,
misión, visión, principios pedagógicos, normas de vida de la institución
educativa, número de vacantes con las que cuenta, de manera que las familias
puedan elegir la institución educativa
para sus hijos o hijas con conocimiento, buscando aquella que se ajuste más a
sus necesidades y características. La información puede ser brindada a través
de charlas, visitas guiadas con la participación de los hijos, si los padres
así lo deciden, página web de la institución educativa, entre otros.
2.
Entrevista a padres
o
Una vez informados, los padres solicitan una vacante para
su hijo o hija y pasan a la etapa de la entrevista con los responsables
designados por la institución educativa para dicho fin. Es la oportunidad para conocerse y aclarar
las dudas sobre la información y compromisos a asumir.
o
Los padres, al solicitar una vacante, tienen la
responsabilidad de informar sobre la posible existencia de necesidades
educativas especiales del niño a fin de asegurar una atención educativa que le
sea pertinente. Si postulan a IIEE bilingües, donde el 50 por ciento del
proceso de enseñanza-aprendizaje se realiza en una lengua extranjera diferente
a la del niño, tienen la responsabilidad de informar sobre la posible
existencia de dificultades en el desarrollo del lenguaje a fin de asegurar que
su hijo/a esté en las mejores condiciones para iniciar el proceso educativo en
dicho sistema.
3.
Selección
o
Se realizará de acuerdo a los criterios de priorización
establecidos por la IIEE
o
Una vez que la IIEE resuelve y anuncia qué niños y niñas
serán admitidos, los padres deberán completar el proceso administrativo
exigible para concluir la admisión y dejar al niño o niña apto o apta para la
matrícula. De no completarlo en los plazos pre-anunciados por la IIEE se
declara la pérdida de la vacante.
4.
Contacto con los niños admitidos
o
Una vez admitidos,
se pueden desarrollar actividades para conocer a las niñas y niños y así organizar de manera adecuada las clases
en función de sus características, y definir la conformación de las diversas
aulas. Estas actividades se ajustarán a
la propuesta pedagógica de educación inicial, siendo la observación el
principal medio de recojo de información. Si luego de estas actividades se
requiere brindar orientaciones a algunas familias para un mejor acompañamiento
al niño en su proceso de adaptación o
integración a la nueva institución educativa se recomienda, de ser el caso, que
éstas se realicen de manera coordinada con la IIEE de procedencia del niño.
o
Se orientará al padre de familia del niño o niña que
presente necesidades educativas especiales para que con su autorización y
participación se realice la evaluación psicopedagógica para brindarle la
atención educativa de calidad.
Educación
Primaria
§ La matrícula para
el primer grado se realizará considerando a los niños y niñas que durante el
2013 fueron matriculados en inicial de
cinco años para lo cual deben presentar la ficha única de matrícula y el
código del alumno.
§ La matrícula de
los estudiantes que ingresan por primera
vez a la educación básica regular, en el primer grado de primaria y que no
proceden de ningún sistema escolarizado deberá tener en cuenta las siguientes
condiciones: la presencia del tutor o padres y contar con acta de nacimiento o documento de identidad. En el
caso que no tenga ningún documento, prima el derecho del niño o niña siendo
acogido en la institución y el proceso
de matrícula queda en vías de regularización; siempre y cuando el estudiante
cumpla seis años de edad hasta el 31 de marzo de 2015.
§ Con la finalidad
de asegurar una transición adecuada entre los niveles de educación primaria y secundaria,
las IIEE de primaria, sean integradas o no, deben ofrecer información a las
familias y estudiantes de la matrícula en la IIEE secundaria más próxima,
facilitando el proceso de matrícula.
Educación
Secundaria
§ La matrícula en
el primer grado, procede con la presentación de la Ficha Única de Matricula, el DNI del estudiante y el
Certificado de Estudios que acredite
haber aprobado el sexto grado de educación primaria. En caso de acceder al
nivel con prueba de ubicación, evaluación de estudios independientes o
convalidación de estudios, se hará constar expresamente. Para los adolescentes
con discapacidad la certificación requerida contiene los criterios específicos
concordantes con las adaptaciones curriculares
pertinentes.
§ La matrícula de
segundo a quinto grado procede con un
área o taller pendiente de aprobación. La IIEE durante el año lectivo,
implementará un Programa de Recuperación Pedagógica para ofrecer al estudiante
oportunidades de evaluación del área o taller pendiente de aprobación.
§ El trámite de
traslado de matrícula debe asegurar la inmediata continuidad de los estudiantes
en el grado correspondiente.
Educación Básica Alternativa
§ La matrícula en
el ciclo inicial e intermedio, en cualquiera de los grados, se inicia a partir
de los 14 años de edad, en el ciclo avanzado es a partir de 15 años de edad
para el 1er. grado, 16 años de edad para el 2do grado, 17 años de edad para el
3er. grado y 18 años de edad para el 4to grado.
§ Los jóvenes y
adultos que no acrediten escolaridad serán matriculados en el grado de estudio
como resultado de la aplicación de la prueba de ubicación.
§ Para aperturar
una sección, deben matricularse como mínimo, 20 estudiantes en ámbito urbano y
periurbano, y 15 estudiantes en ámbito rural o de frontera, por ciclo en
inicial e intermedio y por grado en el ciclo avanzado.
§ Los estudiantes
que fueron matriculados en el Programa de Educación Básica Alternativa de Niños
y Adolescentes (PEBANA), antes de la dación del DS N° 011-2012-ED, pueden
continuar sus estudios en la modalidad hasta concluir su Educación Básica.
Educación
Básica Especial
§ Los estudiantes
con discapacidad severa y multi-discapacidad son matriculados en centros de
educación básica especial CEBE, en los niveles de inicial y primaria, tomando
en cuenta la edad normativa de los
niveles y modalidades correspondientes.
§ Los niños y niñas
menores de tres años con discapacidad o en riesgo de adquirirlo son
matriculados en los programas de intervención temprana PRITE. La matrícula se
efectúa en cualquier mes del año.
§ La matrícula del
estudiante con discapacidad se realiza teniendo en cuenta la edad cronológica
establecida para cada grado, considerando la permanencia de dos años en un grado,
por única vez, en el nivel. Es responsabilidad del equipo directivo regularizar
su historial escolar.
§ Los estudiantes
con discapacidad, al matricularse, deben presentar DNI o carnet de
extranjería, certificado de discapacidad
y carnet de CONADIS; además de certificado médico; de no contar con alguno de
estos documentos, estos se deben regularizar a más tardar al finalizar el
primer semestre del año escolar.
§ En cumplimiento
de lo normado por el Sector y la Ley de la Persona con Discapacidad y su
Reglamento, ninguna IIEE pública o privada, no puede negar la matrícula a un
estudiante con discapacidad.
6.1.3 CUMPLIMIENTO
DE LA CALENDARIZACIÓN PLANIFICADA POR LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA.
El
equipo directivo lidera y promueve el cumplimiento de la calendarización. En
ella se consigna las jornadas efectivas de aprendizaje y su recuperación si es
el caso. Si bien la calendarización tiene un manejo flexible, se realiza sobre
la base del cumplimiento del mínimo de horas lectivas establecidas. Estas
consideran las fechas de inicio y término del año escolar, las clases, las
jornadas de reflexión, el día del logro y las vacaciones de medio año para los
estudiantes. Cualquier circunstancia que altere la calendarización
preestablecida y afecte el número mínimo de horas lectivas debe dar lugar a
recuperación. Para ello se deberá tomar en cuenta:
§ Las instituciones
educativas públicas inician sus labores el 02 de marzo de 2015 con asistencia
obligatoria de los docentes tanto nombrados como contratados, con la finalidad
de revisar y ajustar el Plan Anual de Trabajo. Las clases se inician a nivel
nacional el lunes 09 de marzo; salvo disposición distinta del gobierno regional
por causas justificadas. En las instituciones educativas privadas el inicio
será de acuerdo con su reglamento interno. En el caso de los CEBA, el inicio de
las clases está sujeto a la programación de sus períodos promocionales.
§ Para elaborar la
calendarización en las IIEE públicas, se tomarán en cuenta las fechas de inicio
y término del año escolar y del período promocional en el caso de la EBA, las horas
lectivas mínimas establecidas, las jornadas de reflexión y día de logro, así
como las vacaciones estudiantiles de medio año. Las IIEE pueden hacer un manejo
flexible de la calendarización, se debe respetar el cumplimiento de las horas
lectivas.
§ Las IIEE programarán
actividades y participarán en actos de celebración de la localidad o
actividades propuestas por organizaciones sociales, privadas o públicas sólo si
éstas contribuyen al Programa Curricular de Aula y forman parte del Plan Anual
de Trabajo.
§ Para la contabilización de
las horas efectivas de clase no se consideran las actividades en eventos de
celebración de organismos públicos o privados. Está terminantemente prohibido
el uso de horas efectivas de clase para ensayos de desfiles escolares,
celebraciones de aniversarios, fiestas patronales o similares, de conformidad
con lo señalado en la Resolución
Ministerial N° 0352-2006-ED que aprueba la Directiva "Normas y
Orientaciones para la Celebración del 185 Aniversario Patrio" y la
Resolución Viceministerial N°
022-2007-ED que aprueba las “Normas para el fortalecimiento de la Convivencia y
Disciplina Escolar, el Uso adecuado del tiempo y la Formación, Cívica y
Patriótica de los Estudiantes de las Instituciones y Programas de la Educación
Básica".
§ No se expondrá a los niños
y niñas a marchas o desfiles, concursos, olimpiadas deportivas, celebraciones
patronales o similares, ni a fiestas de promoción que no estén acordes con sus
necesidades e intereses y que generen gastos en la economía familiar.
§ Las instituciones
educativas en coordinación con la UGEL, pueden definir la jornada escolar de acuerdo al artículo 124 del Reglamento de
la Ley General de Educación, que plantea que el sistema educativo se adapte a
la diversidad y necesidades de los estudiantes.
§ Con el fin de contribuir al
logro de los aprendizajes de las y los estudiantes, y de acuerdo a sus
intereses y necesidades de orientación, las IIEE de EBR podrán disponer un
incremento de más de una hora de tutoría, recurriendo a las horas de libre
disponibilidad. En el caso de Educación Inicial y
Primaria, la docente de aula asume las acciones de tutoría de manera
permanente.
La
asistencia, permanencia y carga horaria del personal para Instituciones
Educativas Públicas, se regula teniendo en consideración que:
§ El Control de asistencia y
permanencia del personal de instituciones educativas públicas se establece en
la Ley General de Educación, Ley de Reforma Magisterial y el reglamento interno
de la institución educativa. El personal
está obligado a cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario
escolar y el horario de trabajo (Art. 40 LRM).
§ La jornada de trabajo
semanal de los docentes de Educación Básica Regular Nivel Secundaria y
Educación Básica Alternativa Ciclo Avanzado, contratados o nombrados, puede
extenderse hasta un máximo de treinta (30) horas pedagógicas, conforme lo
establece el artículo 65 de la Ley Nº 29944. También se pueden autorizar
contratos menores a 24 horas para completar el Plan de Estudios.
§ Para la distribución de
carga horaria entre los docentes de Educación Secundaria, no es obligatorio
contemplar el día libre. La mencionada distribución se contempla de lunes a
viernes y la hora de tutoría se planifica dentro de la carga horaria del
docente.
§ En las instituciones
educativas donde se implementen procesos de reestructuración que incluyan
cambio de turno de los docentes, deberá procederse teniendo en cuenta los
siguientes criterios: escala magisterial, tiempo de servicios docentes en la
institución educativa y tiempo de servicios docentes al servicio del Estado.
§ La jornada de trabajo de
los docentes es de 30 o 24 horas, las cuales deberán cumplirse con horas
efectivas de clases, en diferentes horarios y/o turnos. Los CEBA públicos
abrirán secciones en periféricos con la carga docente mínima establecida, en
coordinación con la instancia de gestión educativa descentralizada
correspondiente. Los ciclos inicial e intermedio brindan el servicio educativo
sólo en forma presencial y el ciclo avanzado en las formas presencial,
semipresencial y/o a distancia. Los CEBA sólo pueden organizar aulas multigrado
en el ciclo inicial o intermedio pero no multiciclo. En el ciclo avanzado sólo
podrá organizarse por grados.
6.1.4 MONITOREO
Y ACOMPAÑAMIENTO A LA PRÁCTICA DOCENTE EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS
La orientación de los procesos
pedagógicos para la mejora de los aprendizajes[1]
es tarea primordial del equipo
directivo. Se constituye en el proceso de diálogo e intercambio entre el equipo
directivo y docente, sobre la base de la observación y retroalimentación del
trabajo en aula bajo un enfoque crítico, reflexivo y colaborativo. Es el medio
a través del cual se explicitan e implementan los compromisos e indicadores de
gestión relativos al proceso pedagógico, a decir:
a) USO
PEDAGÓGICO DEL TIEMPO DURANTE LAS SESIONES DE APRENDIZAJE
El equipo directivo lidera y promueve
un uso
efectivo del tiempo en el aula, enfatizando a través del acompañamiento y
monitoreo que realizan a la práctica docente, la orientación para destinar
mayores espacios de tiempo al desarrollo de aprendizajes significativos en el
aula.
Para ello, se deberá tomar en
cuenta:
§ En las
Instituciones de Educación Inicial Escolarizada, el trabajo pedagógico a cargo
del docente es de 900 horas anuales y 30 horas semanales, destinadas al trabajo
diario y continuo con los niños y el tiempo restante está orientado a la
planificación de actividades, organización del aula y atención a padres de
familia. es de 5 horas pedagógicas, 25
semanales y un mínimo de 900 horas anuales. En las Instituciones de Educación
Inicial No Escolarizadas el trabajo pedagógico mínimo es de 20 horas
pedagógicas semanales y 640 horas anuales. Los turnos y horarios serán
concertados entre la Profesora Coordinadora y el personal que atiende a niños y
niñas, en función de sus necesidades, de las familias y la comunidad. Las UGEL
deben garantizar como mínimo el cumplimiento de 10 meses de trabajo de
promotoras educativas comunitarias, debiendo ser designadas en el mes de marzo.
§ En los servicios
de educación inicial de ciclo I el horario de atención es flexible, teniendo un
mínimo de 2 horas semanales.
§ Los primeros días
de asistencia de los niños y las niñas a los servicios de educación inicial, se
permitirá la compañía de los padres o cuidadores, a fin de favorecer los
procesos de transición del hogar a la institución educativa y asegurar la
adaptación. A excepción de las Instituciones Educativas No Escolarizadas del
ciclo I cuya característica es la asistencia de niños acompañados por sus
padres o adultos cuidadores.
§ En el nivel de
Educación Primaria, el trabajo pedagógico diario es de 6 horas pedagógicas, 30
horas semanales y un mínimo de 1100 horas anuales. En el nivel secundario, el
trabajo mínimo diario es de 7 horas pedagógicas, 35 horas semanales y 1200
horas anuales.
§ No se consideran
como horas efectivas de clase actividades rutinarias que no generen
aprendizajes significativos.
§ La organización de
horarios de clase en los niveles de primaria y secundaria se programan
preferentemente en sesiones de
aprendizaje de dos o más horas continuas, utilizando el tiempo de manera óptima
para aprendizajes de calidad.
§ Teniendo en
cuenta que el área de Educación Física requiere un tiempo relacionado con la
higiene personal después de su práctica, las sesiones deben programarse de
preferencia antes del recreo y en las horas finales del turno correspondiente.
§ En los Centros
Rurales de Formación en Alternancia (CRFA) de Educación Secundaria, el Plan de
Estudios se desarrolla en 60 horas pedagógicas semanales, que incluyen 54 horas
obligatorias y 6 horas de libre disponibilidad.
§ Los Centros de
Educación Básica Alternativa (CEBA) organizan periodos promocionales en las
formas de atención presencial, semipresencial y a distancia, durante el año
lectivo, cumpliendo como mínimo 950 horas pedagógicas. Excepcionalmente, los
programas y períodos promocionales que se definan con jornadas pedagógicas de
temporalidad distinta, atendidas por la DIGEBA de manera directa o en convenio
con otras instituciones, se regirán por normas específicas emitidas por la
DIGEBA.
b)
USO DE HERRAMIENTAS
METODOLÓGICAS PARA LA PRÁCTICA DOCENTE
El equipo directivo lidera el mejoramiento de las
prácticas pedagógicas en la institución educativa a partir del uso de las rutas
de aprendizaje existentes para las competencias de comunicación y matemática.
Para las demás competencias, se aplicará el Diseño Curricular Nacional. Para ello, el equipo directivo deberá:
§ Organizar reuniones
con los docentes para revisar y analizar las rutas de aprendizaje. Para el caso
de las IIEE de áreas rurales organizadas en redes educativas, las jornadas se
realizarán a nivel de red.
§ Orientar a los docentes en la planificación de los
aprendizajes a partir del uso de las rutas.
§ Programar las acciones de acompañamiento y
retroalimentación que debe realizar del desempeño docente respecto de la
incorporación de orientaciones pedagógicas y didácticas establecidas en las
rutas de aprendizaje para los diferentes ciclos y niveles.
La plataforma de PerúEduca tendrá un espacio con recursos
diversos para apoyar a los docentes en la aplicación de las rutas de
aprendizaje y el uso de los estándares. En este espacio también se publicarán
las actualizaciones y novedades que se desarrollen sobre la política curricular
en conjunto a partir de los aportes recibidos. Asimismo, se publicarán unidades
y sesiones de aprendizaje de Comunicación y Matemática de primero a tercer
grado de Educación Primaria.
Las rutas de aprendizaje y la plataforma PerúEduca
están disponibles para las instituciones educativas privadas que quisieran
hacer uso de ellas.
c) USO
DE MATERIALES Y RECURSOS EDUCATIVOS DURANTE LA SESIÓN DE APRENDIZAJE.
El
equipo directivo es responsable de la recepción y distribución de materiales; promueve
el uso de los textos, cuadernos de trabajo, computadoras, material concreto, digital y
demás recursos que son distribuidos de forma gratuita por el Ministerio de
Educación. El director de la institución educativa es responsable de recibir
los materiales y recursos educativos que
las UGEL distribuirán y de organizar su distribución interna inmediata para
ponerlos a disposición de los estudiantes.
Las orientaciones específicas para la distribución y uso
pedagógico de los materiales y recursos educativos, se encuentran detalladas en
la Norma Técnica correspondiente emitida por el Ministerio de Educación.
Los
estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad
deben ser registrados a través de los sistemas de información del Sector, que
permitan la provisión de materiales
específicos por discapacidad de forma que coadyuve el proceso de enseñanza y
aprendizaje.
6.1.5
CLIMA ESCOLAR FAVORABLE AL
LOGRO DE APRENDIZAJES
El equipo directivo y la comunidad educativa velan por una
convivencia basada en el respeto, la tolerancia, el buen trato, la igualdad, el
ejercicio de derechos, cumplimiento de los deberes y la no violencia escolar. Para
ello, deben promover que las normas de convivencia sean elaboradas de forma
participativa con los estudiantes, docentes y padres y madres de familia. Deben,
también, vigilar que los reglamentos internos no consideren sanciones a
escolares que impliquen expulsiones o castigos físicos y/o humillantes. Promueve la identificación de
rasgos del clima escolar a través de la encuesta de percepción del clima, que
estará anexada al Fascículo para la Gestión de los Aprendizajes. A partir de
ello, establece acciones para la mejora del clima escolar.
En cuanto a la atención de los casos de violencia
escolar, el equipo directivo debe liderar una inmediata intervención que cumpla
con los protocolos de atención desarrollados por el MINEDU para brindar una
atención oportuna a las y los estudiantes y restablecer la sana convivencia en
la institución educativa. Esta intervención debe empezar frenar la violencia
escolar y afiliar a su institución
educativa al Sistema Especializado en la atención de casos de Violencia
Escolar- SiseVe (www.siseve.pe).
Es responsabilidad del equipo directivo garantizar la
existencia e implementación del Comité de Tutoría y Orientación Educativa que
coordinará con el CONEI (Art. 39 del D.S. Nº 011-2012-ED).
Las y los docentes tienen la responsabilidad de realizar
labores de orientación, formación y acompañamiento de las y los estudiantes.
Cada docente tutor debe realizar la acción tutorial tanto en forma individual
como grupal, considerando el interés superior del niño y los principios de
confianza y confidencialidad. La acción tutorial tiene un carácter
formativo-preventivo y atiende situaciones de vulneración de derechos que
afectan a las y los estudiantes, como: trata de personas, diversas formas de
trabajo infantil, embarazo y paternidad en la adolescencia, abuso sexual,
violencia contra la mujer, adicciones no convencionales, uso inadecuado del
internet, de las redes sociales o las tecnologías de la información y
comunicación (TIC), entre otras.
La acción tutorial tiene un carácter formativo-preventivo
y atiende situaciones de vulneración de derechos que afectan a las y los
estudiantes, como: violencia escolar,
trata de personas, uso indebido de drogas y otros factores de riesgo asociado,
uso inadecuado de tecnologías informáticas de comunicación (TIC): Internet,
celulares, redes sociales, entre otras. Se extiende a las familias, para
informar, orientar y coordinar acciones con los padres y madres de familia o
apoderados, a fin que éstos cumplan su rol formativo y establezcan las
condiciones fundamentales físicas, afectivas y emocionales que favorezcan los
aprendizajes.
6.1.6 IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN
ANUAL DE TRABAJO CON PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
El equipo directivo lidera la
elaboración del Plan Anual de Trabajo (PAT) establecido normativamente, con un
nuevo sentido: expresa una planificación y gestión centrada en la mejora de los
aprendizajes. El PAT engloba todos los compromisos de gestión de la institución
educativa incluyendo: i) la elaboración y/o revisión del diagnóstico de la
institución educativa; ii) las metas y estrategias de gestión para la mejora de
aprendizajes; y iii) la evaluación y medición del cumplimiento y seguimiento de
las metas y estrategias, involucrando a todos los integrantes de la comunidad
educativa para que cada uno asuma sus responsabilidades desde el rol que le
corresponde.
Para ello, se deberá tomar en
cuenta:
§ El Proyecto Educativo
Institucional es la herramienta estratégica que establece la visión de la
institución educativa; el PAT es la herramienta de gestión operativa, funcional
y articuladora. Su formulación no obedece únicamente a cumplimiento
administrativo, sino más bien expresa el accionar de la institución educativa
para la mejora de los aprendizajes.
§ En su versión
preliminar, el PAT es elaborado durante la jornada de planificación entre los
meses de noviembre y diciembre 2014, con especial énfasis en las acciones que
deben preverse para garantizar el buen inicio del año escolar. Se realiza el
ajuste y actualización del PAT en la semana del 02 al 06 de marzo del 2015.
§ Las instituciones
educativas unidocentes y multigrado que están organizadas en Red Educativa
elaboran un único PAT de manera conjunta.
§ Este PAT podrá
incorporar las actividades de autoevaluación de la gestión, en las
instituciones educativas que decidan iniciar o se encuentren en el proceso.
§ El PAT se
organiza en función de tres momentos:
1.
Buen Inicio del
Año Escolar (enero a marzo 2015): Corresponde a las tareas orientadas a asegurar y
mantener las condiciones institucionales y pedagógicas para el inicio oportuno
y adecuado de las actividades de aprendizaje de los estudiantes. Requiere
gestionar: matrícula oportuna y sin
condicionamientos, mantenimiento de locales escolares, buena acogida,
formulación del plan anual de trabajo, docentes contratados, nombrados y
promotoras educativas comunitarias contratadas desde el primer día de clase y
materiales educativos distribuidos a los estudiantes.
2.
Aprendizajes
fundamentales y la escuela que queremos (abril a octubre 2015): Corresponde a
las acciones conjuntas que debe desarrollar la institución educativa y que
están programadas en el Plan Anual de Trabajo, considerados como elemento
central de la calidad educativa. Requiere gestionar: jornadas de reflexión, evaluación
de estudiantes, primer y segundo día de logro y evaluación censal de
estudiantes.
3.
Balance del año
escolar y responsabilidad por los resultados (noviembre a diciembre 2015): Corresponde a
las tareas relacionadas al balance del año escolar y a dar cuenta de los
compromisos e indicadores de gestión para las instituciones educativas; así
como prever la planificación del año siguiente. El objetivo promover el acceso
a la información, fortalecer la transparencia y el diálogo en la comunidad
educativa a partir de los resultados de aprendizajes de los estudiantes.
§ Se propone como
contenido básico del PAT:
I.
Diagnóstico de la
institución educativa en relación a los indicadores de gestión
II.
Objetivos y
metas por cada compromiso de gestión
escolar como resultado del diagnóstico.
III.
Actividades
a)
Buen inicio del Año Escolar.
§ Actividades para
asegurar la matrícula oportuna y
sin condicionamientos
§ Actividades de
preparación y acogida a los estudiantes, con el objetivo de generar las
condiciones para un clima escolar favorable a los aprendizajes.
§ Actividades para
la distribución de los materiales educativos
§ Actividades para
el mantenimiento del local escolar.
b)
Aprendizajes fundamentales y la Escuela que Queremos.
§ Primera
Jornada de reflexión pedagógica que
implica el ajuste y/o actualización del propio PAT y el establecimiento de
metas de aprendizaje, estrategias pedagógicas (uso de las rutas de aprendizaje
en los procesos pedagógicos) y compromisos de los diferentes actores de la
comunidad educativa.
§ Evaluación de
estudiantes (primer semestre)
§ Primer día del
logro (primer semestre).
§ Segunda Jornada
de reflexión con el objetivo de realizar
un balance de los compromisos e indicadores de gestión (durante las vacaciones
de medio año).
§ Evaluación Censal
(Segundo semestre)
§ Semana de la
Democracia
§ Actividades para
el fomento de la lectura y escritura como el Plan Lector
§ Actividades de
tutoría y orientación educativa
§ Actividades de
cuidado ambiental, prevención de riesgos de desastres y simulacros.
§ Actividades de promoción de la cultura y el deporte
§ Actividades
relacionadas con Aprende Saludable (alimentación y salud)
c)
Balance del Año Escolar y Rendición de Cuentas.
§ Tercera Jornada
de reflexión, balance y rendición de cuentas
en relación a los compromisos e indicadores de gestión.
§ Día de Logro en
el marco de la clausura del año escolar
IV.
Distribución del Tiempo en la IE
§ Calendarización
del año escolar
§ Cuadro de
Distribución de Secciones y Horas de clase
V.
Anexos (actividades del CONEI, de la APAFA, uso de
recursos propios, entre otros).
6.2 ORIENTACIONES
PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA “SOPORTE PEDAGÓGICO”
Las
acciones para la implementación de Soporte Pedagógico, lideradas por el
Ministerio de Educación (MINEDU), en coordinación con los gobiernos regionales
y gobiernos locales, involucran la
participación de estudiantes, docentes, padres de familia, directores de las
instituciones educativas, organizaciones civiles y otros actores de la comunidad.
En el
presente año escolar, se implementará la estrategia de Soporte Pedagógico en
instituciones educativas polidocentes urbanas focalizadas de Educación
Primaria, en las regiones: Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica,
Loreto, Lima Metropolitana, Piura, San Martin, Ucayali, Lima provincias, Ica,
La Libertad y Lambayeque.
Las
líneas de acción de Soporte Pedagógico son: i) Refuerzo escolar; ii)
Capacitación y acompañamiento a equipos directivos; iii) Capacitación y
acompañamiento a docentes de aula; iv) Gestión escolar y local.
Refuerzo
escolar
Refuerzo
Escolar es una línea de acción que busca desarrollar las competencias y
capacidades en Comunicación y Matemática en los estudiantes de 1er, 2do y 3er
grado de primaria con rezago escolar.
Para
la implementación de esta línea de acción es necesaria la oportuna
identificación, selección y contratación personal docente que cumpla con
criterios de calificación definidos por la DEP (equipo técnico de Soporte
Pedagógico), autoridades de los gobiernos regionales y locales del sector.
La
responsabilidad para el desarrollo de estas actividades recae en el trabajo
conjunto entre el docente de aula y el docente contratado especialmente para
realizar estas actividades con una frecuencia de dos veces por semana por cada
aprendizaje.
Las
sesiones de refuerzo escolar podrán realizarse durante horarios alternos a la
jornada escolar en un aula destinada exclusivamente para este fin.
Capacitación
y acompañamiento a equipos directivos
A.
Capacitación
Son
espacios formativos, realizados en el marco del Programa Directivos Educan y de
Soporte Pedagógico, los mismos que se caracteriza por afianzar los propósitos
del Marco del Buen Desempeño del Directivo.
Los
talleres de capacitación se desarrollarán en cada uno de los espacios
territoriales de intervención y participará la totalidad de equipos directivos
de las Instituciones Educativas focalizadas.
B.
Acompañamiento
Para
implementar este componente, el equipo de Soporte Pedagógico es el encargado de
articular y coordinar las actividades desarrolladas por los equipos técnicos de
DIGEDIE, DEP y de ser el caso la DRE/UGEL en la Institución Educativa
focalizada.
Capacitación
y acompañamiento a docentes de aula
A.
Capacitación
La capacitación se realizará a través de:
1. Talleres, los que se desarrollarán en cada uno de los espacios
territoriales de intervención y participarán la totalidad de docentes de Nivel
Primaria de las Instituciones Educativas focalizadas; así como los equipos
directivos, quienes participarán para fortalecer sus capacidades pedagógicas.
2. Programas de actualización, organizados por la Dirección de Educación
Superior Pedagógica, bajo dos modalidades de atención: Semipresencial y
Virtual. Los docentes que participan de Soporte Pedagógico podrán acceder a
estos programas de actualización.
Es responsabilidad del director de la
Institución Educativa, promover la inscripción oportuna y asistencia de los
docentes.
B.
Acompañamiento y monitoreo pedagógico
El acompañamiento a docentes se desarrolla a partir de un conjunto de
acciones que implica la observación participativa y la reflexión de la práctica
docente sobre el desarrollo de los procesos pedagógicos y didácticos que
ocurren en el aula, y de las condiciones que intervienen en el proceso de
aprendizaje.
El equipo de Soporte Pedagógico, en coordinación con los especialistas
de UGEL y los directores de las Instituciones Educativas, estarán a cargo de
estas actividades.
C.
Grupos de Inter-aprendizaje
Son espacios de aprendizaje que generan reflexión colectiva en la
Institución Educativa. Permite desarrollar espacios de análisis y toma de
decisiones sobre la práctica pedagógica a partir de los hallazgos identificados
en el acompañamiento y monitoreo pedagógico.
En ellos se plantean propuestas y alternativas para mejorar el desempeño
docente; y fortalecer las capacidades pedagógicas en Comunicación, Matemática,
Ciencias y Personal Social (Ciudadanía y Desarrollo Personal), con el propósito
de lograr mejores aprendizajes de los estudiantes de educación primaria.
D.
Soporte virtual
Son
espacios de formación en que el que se brinda un servicio de consulta e
información en línea. Tiene como objetivo asesorar en tiempo real a los
usuarios en la absolución de inquietudes, dudas o recepción de sugerencias.
Pueden acceder todos los docentes y directivos de las Instituciones Educativas
que formarán parte de la intervención.
Gestión
escolar y local
A.
Jornada con madres y padres de familia
Son encuentros reflexivos y de intercambio de experiencias, que buscan
motivar y orientar a los padres, madres u apoderados en su rol como guía,
incentivo y apoyo del aprendizaje de sus hijos e hijas, a partir de
experiencias de la vida cotidiana.
Está dirigido a los padres y madres de familia de los estudiantes del
nivel primario de las instituciones educativas que forman parte de la
intervención.
B.
Encuentros de aprendizaje en familia
Consiste en la organización y ejecución de talleres entre padres, madres
e hijos, donde tienen la posibilidad de compartir, divertirse y aprender. Está
dirigida a todas las familias (padres, madres, hijos, hijas, apoderados u otros
familiares cercanos al estudiante) de 1ero, 2do y 3er grado de primaria de las
Instituciones Educativas focalizadas.
En ambos casos, para la implementación de los componentes A y B, el
docente contratado para Soporte Pedagógico será el promotor del desarrollo de
estas actividades, en coordinación con el director de la Institución Educativa
y los docentes de aula.
C.
Participación comunitaria de actores locales
Este
componente se desarrollará a través de la organización y ejecución de reuniones
periódicas en las que participan las autoridades locales y miembros de la
sociedad civil del distrito en el que se encuentren las instituciones
educativas intervenidas.
El equipo de soporte pedagógico, en
coordinación con los especialistas de UGEL asignados, serán los responsables de
la organización de este componente.
Roles y
actores
Responsable de Soporte Pedagógico en
regiones
-
Coordinar
las actividades planificadas en los ámbitos de intervención de la región
asignada.
-
Coordinar
permanentemente con la Dirección de Gestión pedagógica de las DRE y UGEL
comprendidas en la implementación de la estrategia con el fin de asegurar las
mejores condiciones para su implementación.
-
Liderar,
organizar y articular el trabajo del equipo de especialistas de Soporte
Pedagógico en la implementación de la estrategia en la región asignada.
-
Informar
mensualmente al MINEDU y UGEL sobre los avances, dificultades y alcanzando
sugerencias para la implementación de la estrategia.
-
Participar
en las reuniones de la Comisión de Gestión Intergubernamental para dar cuenta
de avances y dificultades en la implementación de la estrategia y asegurarse
que se agende desde estos espacios los compromisos y alianzas que apoyen dichas
acciones.
-
Liderar el
diseño e implementación del Plan de Trabajo de intervención de la estrategia de
Soporte Pedagógico
en la región asignada.
-
Organizar y
sistematizar la información recogida con referencia a las diferentes líneas de
intervención.
Especialista del equipo de Soporte Pedagógico
-
Planificar,
ejecutar y evaluar talleres de capacitación a especialistas de UGEL, Asesores
pedagógicos, Docentes Fortaleza, docentes de aula y directivos.
-
Acompañar y
monitorear a los asesores pedagógicos, especialistas de UGEL y docentes
fortaleza para el desarrollo de las acciones de monitoreo pedagógico, refuerzo
escolar, GIAS, jornadas y encuentros con
padres y madres de familia.
-
Realizar
acciones de acompañamiento y monitoreo a los docentes de las IE focalizadas.
-
Participar
en la planificación, organización y desarrollo de los talleres anuales con docentes y directores de las IIEE focalizadas.
-
Registrar y
sistematizar las buenas prácticas pedagógicas y de gestión de las IIEE
focalizadas, las que reporta al coordinador regional.
-
Promover
acciones de participación comunitaria referidas a la línea de intervención de
Gestión Local. Coordinar y convocar a estas acciones al Coordinador de Red[2].
-
Acompañar y
monitorear a los docentes segundo grado (Lima Metropolitana) y a los docentes
de primero a tercero (Especialistas de San Martín).
-
Organizar y
dirigir grupos de GIAS con docentes de primer a tercer grado según sea el caso,
en coordinación con el especialista de Soporte Pedagógico.
-
Apoyar en
la identificación y sistematización de buenas prácticas pedagógicas y de
gestión, las que reporta al director, especialista de Soporte Pedagógico de la
IE y a la UGEL a través del jefe de AGP.
-
Ejecutar y
evaluar los talleres de capacitación a docentes de aula y directivos, en
coordinación con el director de escuela y especialistas de Soporte Pedagógico
de
-
Asegurar el
buen entendimiento de los lineamientos de la estrategia, generados por MINEDU.
Coordinadores de Red[5]
-
Dar soporte
institucional a las IIEE para la buena implementación de la estrategia de
Soporte Pedagógico.
-
Apoyar en
la organización y desarrollo de los talleres y GIA de directores y docentes de
la Red bajo su responsabilidad.
-
Conducir
grupos de inter aprendizaje con directivos de su red.
-
Convocar
actores de su red para la participación en las mesas educativas locales.
Reporta a la mesa educativa local la implementación de los PAT de las IIEE de
su jurisdicción
-
Coordinar y
reportar las actividades que desarrolla al director, especialista de Soporte
Pedagógico y jefe de AGP de UGEL.
-
Participar
en las reuniones técnicas del equipo soporte pedagógico
Docente Fortaleza
-
Atender a
los estudiantes de primero, segundo y tercer grado que requieren un mayor
acompañamiento, para logro de competencias y capacidades de Comunicación y
Matemática; a través de las sesiones de refuerzo escolar.
-
Capacitar,
organizar y acompañar al docente de aula, de 1° 2° 3° grado, para el desarrollo
de los Encuentros Familiares de Aprendizaje y Jornadas para padres, en
coordinación con el director de la IIEE y los especialistas de Soporte
Pedagógico.
-
Promover y
difundir en los distintos espacios
formativos y de asesoría con docentes el uso adecuado de las sesiones de
aprendizaje, los cuadernos de trabajo, textos educativos, el kit de evaluación.
-
Elaborar
informes mensuales, dando cuenta
de avances, dificultades y
sugerencias, los que remite al director y especialista de Soporte Pedagógico de
la IE.
Director de
las IIEE focalizadas
-
Monitorear
y acompañar a los docentes de la IE con énfasis a 4to, 5to y 6to grado y con el apoyo de los
formadores de DIGEDIE.
-
Liderar la
organización de los GIAs a nivel de la
IE.
-
Asegurar
las condiciones necesarias (aula, material, comunicación a padres de familia,
docentes y alumnos) para el desarrollo de la estrategia de refuerzo escolar.
-
Orientar y
facilitar el desarrollo de las jornadas con familias y encuentros familiares (espacio físico,
disponibilidad del personal, convocatoria, etc).
-
Coordinar y
reportar las actividades que desarrolla en el marco de la estrategia de Soporte
Pedagógico a la UGEL, DRE y equipo de Soporte Pedagógico de la IE.
-
Reportar a
la red educativa avances del PAT en relación con la estrategia de Soporte
Pedagógico.
-
Liderar la
elaboración y desarrollo del PAT, considerando la implementación de estrategia
de Soporte Pedagógico.
Rol de la DRE/UGEL
-
Garantizar
la oportuna contratación de los docentes fortaleza.
-
Coordinar y
brindar las facilidades para la implementación de la estrategia de Soporte
Pedagógico en su ámbito.
-
Participar de las acciones de Soporte Pedagógico a las
que sean convocados.
-
Sistematizar
los informes derivados por las UGEL de su ámbito en relación con la
implementación de la estrategia de Soporte Pedagógico.
6.3 ORIENTACIONES
PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA “JORNADA ESCOLAR COMPLETA”
El modelo de servicio educativo: “Jornada
Escolar Completa para las Instituciones Educativas Públicas del nivel de
Educación Secundaria”, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 451-2014-MINEDU,
tiene por objetivo mejorar la calidad del servicio de educación secundaria
ampliando las oportunidades de aprendizaje de los y las estudiantes de
instituciones educativas públicas del nivel secundario, promoviendo el cierre
de brechas y la equidad educativa en el país.
En el 2015, se implementará en 1000
instituciones educativas aprobadas mediante la Resolución Ministerial N° 451-2014-MINEDU,
con un plan de estudios de 45 horas pedagógicas semanales, en consecuencia el cuadro
de distribución de horas se adecuará de acuerdo al siguiente Plan de Estudio:
Áreas curriculares
|
Horas semanales por grado
|
||||
1°
|
2°
|
3°
|
4°
|
5°
|
|
Matemática
|
6
|
6
|
6
|
6
|
6
|
Comunicación
|
5
|
5
|
5
|
5
|
5
|
Inglés
|
5
|
5
|
5
|
5
|
5
|
Arte
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
Historia, Geografía y Economía
|
3
|
3
|
3
|
3
|
3
|
Formación Ciudadana y Cívica
|
3
|
3
|
3
|
3
|
3
|
Persona Familia y Relaciones Humanas
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
Educación Física
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
Educación Religiosa
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
Ciencia Tecnología y Ambiente
|
5
|
5
|
5
|
5
|
5
|
Educación para el Trabajo
|
3
|
3
|
3
|
3
|
3
|
Tutoría y Orientación Educativa
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
Horas libre disponibilidad
|
5*
|
5*
|
5*
|
5*
|
5*
|
Total de horas
|
45
|
45
|
45
|
45
|
45
|
*Distribución de las horas de libre disponibilidad:
-
Las instituciones educativas que sean parte de
las redes de fortalecimiento para la educación física y el deporte utilizarán
tres horas adicionales de la libre disponibilidad, acorde a la metodología
propuesta en los Lineamientos del Plan Nacional de Fortalecimiento para la Educación Física y el Deporte
Escolar (RM N° 041-2014-MINEDU).
-
Las horas de libre disponibilidad se
priorizarán para el área de Educación para el Trabajo, dependiendo de los
recursos, infraestructura y mobiliario que disponga la institución educativa.
-
Las instituciones educativas fortalecerán las
áreas curriculares en las que los estudiantes tienen mayores dificultades de
aprendizaje..
|
Los
componentes del Modelo de servicio educativo: “Jornada Escolar Completa para
las Instituciones Educativas públicas del nivel de educación secundaria” son tres:
Componente pedagógico, gestión y de Soporte.
1.
Componente pedagógico
Se enfatiza tres acciones
que orientan el mejoramiento de la calidad del servicio y el logro de los
aprendizajes de los estudiantes.
i. Tutoría
La labor tutorial es
entendida como el proceso de acompañamiento a los estudiantes, para ello se
destinan 02 horas pedagógicas del plan de estudios. Los docentes podrán asumir
una sección de tutoría. Se realiza en forma grupal e individual. En la
plataforma virtual el docente tutor encontrará ejemplos de sesiones
desarrolladas las cuales podrá utilizar en su labor. El coordinador de tutoría y
orientación educativa junto al psicólogo o trabajador social serán responsables
de acompañar y
brindar soporte psicopedagógico a los tutores para asegurar la calidad de
la acción tutorial brindada a los estudiantes. Contará para ello con el apoyo
de un psicólogo o trabajador social y el auxiliar de educación a quien se
capacitará para que pueda optimizar su labor formativa en la IE.
ii.
Reforzamiento
pedagógico
Se implementarán acciones
de reforzamiento pedagógico las cuales están destinadas a identificar y apoyar
a los estudiantes con dificultades académicas, a fin de prevenir el fracaso y
la deserción escolar. Se realizará para las áreas de Comunicación, Matemática y
Ciencia, Tecnología y Ambiente, y se dispondrá al menos de una hora de las
asignadas en el Plan de Estudios para cada una de estas áreas curriculares.
El docente de área contará
con estrategias de enseñanza y aprendizaje diferenciadas según los niveles
mostrados por los estudiantes. De acuerdo a la necesidad, planteará actividades
complementarias y promoverá el uso de materiales diversos incluso fuera del
horario del plan de estudios.
iii.
Aulas funcionales
Son aulas destinadas e
implementadas con recursos educativos específicos y especializados para el
desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje de una determinada área
curricular o áreas afines. Las instituciones educativas realizan acciones que
permitan reorganizar las aulas existentes a fin de convertirlas en aulas
funcionales o temáticas. La implementación de las mismas se realiza de forma
progresiva debiéndose iniciar con las áreas de Inglés, Ciencia, Tecnología y
Ambiente, Matemática y Comunicación. En aquellas instituciones que no cuenten
con suficientes espacios físicos podrán unir áreas afines.
Criterios de organización de las aulas
funcionales:
Criterio
|
Áreas curriculares
|
Denominación del aula
|
Ambientes
para el desarrollo de competencias comunicacionales
|
Comunicación
|
1. Aula
funcional de comunicación
|
Ambiente
para el desarrollo de competencias matemáticas
|
Matemática
|
2. Aula
funcional de matemática.
|
Ambientes
para el desarrollo de competencias comunicacionales ingles
|
Inglés
|
3. Aula
funcional de inglés
|
Ambientes
para desarrollar competencias del ámbito personal
|
Persona
Familia Relaciones Humanas - Educación
Religiosa
|
4. Aula
funcional de desarrollo personal
|
Ambientes
para el desarrollo de la Ciudadanía
|
Formación
Ciudadana y Cívica, Historia Geografía y economía
|
5. Aula
funcional de ciudadanía
|
Ambientes
para desarrolla competencias científicas y tecnológicas
|
Ciencia
Tecnología y Ambiente
|
6. Aula
funcional de ciencias (laboratorio de ciencias)
|
Ambientes
para desarrolla las competencias de arte
|
Arte
|
7. Aula
funcional de arte
|
Ambientes
para desarrollar capacidades productivas y emprendedoras
|
Educación
para el trabajo
|
8. Aula –
taller de educación para el trabajo
|
|
Educación
física ( no requiere de aula)
|
|
Nota: En las instituciones educativas donde exista
ambientes suficientes se sugiere un aula funcional para cada área curricular.
2.
Componente de gestión
Las instituciones
educativas de Jornada Escolar Completa, desarrollan una gestión centrada en los
aprendizajes y en un estilo de gobierno democrático, horizontal y
transformacional, para ello se configura una estructura organizacional que
articula los procesos y elementos de la IE para un funcionamiento eficiente, en
ese sentido se estructuran con tres órganos: Dirección, Pedagógico y de Soporte
al Proceso Pedagógico.
a.
Órgano
de dirección: Está conformado por el Director/a y los subdirectores
responsables de mejores resultados educativos mediante el ejercicio de un
liderazgo pedagógico. Para el funcionamiento de la institución se constituye un
Equipo Directivo, donde se integran los coordinadores pedagógicos; coordinador
de tutoría; coordinador de innovación y soporte tecnológico y, coordinador
administrativo y de recursos educativos[6]
como colectivo que contribuye a la conducción de la IIEE. El Director de las
IIEE con más de 08 secciones no tendrá horas o aula a cargo, a fin de
fortalecer el liderazgo pedagógico.
b.
Órgano
pedagógico: Está conformado por los coordinadores pedagógicos, de tutoría y de
innovación y soporte tecnológico. Cumplen una jornada laboral de 30 horas
pedagógicas. Serán designados mediante Resolución Directoral firmada por el
Director de la IIEE, según el perfil establecido y el procedimiento señalado en
la Ley de la Reforma Magisterial y su reglamento. La relación de los profesores
asignados como coordinadores deberá ser remitida a la UGEL.
-
El coordinador pedagógico es responsable del
fortalecimiento del trabajo pedagógico de un área o áreas afines. Cumple 12
horas pedagógicas de trabajo en aula (excepcionalmente asumirá hasta 14 horas)
y en las horas restantes desarrollará las funciones señaladas para el cargo,
enfatizando la labor de acompañamiento pedagógico y fortalecimiento del trabajo
colegiado.
COORDINADOR PEDAGÓGICO
|
||
MISIÓN DEL CARGO
|
||
Coordinar, promover y acompañar el desarrollo de
los procesos pedagógicos del área o áreas curriculares afines y el
fortalecimiento de las capacidades de los profesores en su desempeño orientado a mejorar los
aprendizajes de los estudiantes y la calidad del servicio educativo.
|
||
FUNCIONES
|
||
1
|
Orientar y promover la participación de los
actores de la IE en la planificación, ejecución y evaluación curricular
del(as) área(s) curricular(es), a partir de las necesidades, características
e intereses de los estudiantes y del contexto, considerando las metas de
aprendizaje.
|
|
2
|
Programar acciones y establecer las estrategias
de acompañamiento a profesores en su desempeño pedagógico para alcanzar las
metas de aprendizaje proyectadas para cada área curricular, grado y ciclo a
su cargo.
|
|
3
|
Coordinar la elaboración del diagnóstico y el
análisis estadístico de los logros aprendizaje de los estudiantes del área o
áreas curriculares a su cargo.
|
|
4
|
Analizar de manera colegiada los resultados de
aprendizaje periódicos obtenidos por los estudiantes en las distintas áreas
curriculares a su cargo para desarrollar estrategias de mejorar de los
aprendizajes
|
|
5
|
Realizar el acompañamiento pedagógico a los
profesores a su cargo y promover estrategias formativas diversas (sesiones
compartidas, aulas abiertas) para garantizar la mejora de los procesos pedagógicos y los
aprendizajes.
|
|
6
|
Promover la integración de las TIC en los
procesos pedagógicos y el desarrollo de la labor tutorial con el apoyo de los
coordinadores correspondientes.
|
|
7
|
Organizar al equipo docente para formar
comunidades de aprendizaje por áreas curriculares, grados o ciclos, a partir
de las dificultades y fortalezas identificadas en el proceso de
acompañamiento, para la mejora de su desempeño.
|
|
8
|
Promover en los profesores el uso de estrategias
y acciones de comunicación permanente y colaboración con las familias y la
comunidad (vistas de estudio, proyectos curriculares, tertulias, entre otras)
|
|
9
|
Conducir sesiones de aprendizaje (sesiones
compartidas, aulas abiertas) para usar como insumo en la asesoría a los
docentes.
|
|
10
|
Orientar a los profesores el desarrollo de
estrategias de reforzamiento pedagógico, así como la implementación y ambientación de las aulas
funcionales de las áreas curriculares a su cargo.
|
|
11
|
Coordinar
con el directivo de la IE, la
participación de profesionales u otros actores de la comunidad en el proceso
de aprendizaje de las áreas curriculares, así como el desarrollo de
estrategias de aprendizaje en diversos escenarios de la comunidad.
|
|
PERFIL DEL COORDINADOR PEDAGÓGICO
|
||
Actitudes personales:
· Capacidad comunicativa, con asertividad / empatía
· Liderazgo y trabajo en equipo
· Gestor en la solución de
conflictos
· Generador de climas
institucionales favorables para el aprendizaje y la convivencia.
Competencias
Pedagógicas y de gestión
·
Manejo de planificación y evaluación curricular,
en el enfoque de competencias.
·
Manejo de estrategias de enseñanza y de
aprendizaje en el enfoque de competencias.
·
Manejo de tecnologías de la información y
comunicación aplicadas al proceso de enseñanza y aprendizaje y el
procesamiento de resultados del
aprendizaje y orientar esta información para mejorar los logros de
aprendizajes.
·
Manejo de estrategias para realizar acompañamiento
pedagógico
·
Manejo de estrategias para organizar y dirigir
procesos de interaprendizaje y capacitación pedagógica.
·
Manejo en el uso pedagógico de los recursos
educativos (medios y materiales).
·
Experiencia de buenas prácticas en el aula.
·
Manejo de Excel para procesar los resultados
obtenidos en las fichas de observación y/o encuestas de opinión, realizadas.
·
Manejo de la normatividad relacionado a la gestión
de la IE.
|
||
REQUISITOS PARA EL
CARGO DE COORDINADOR PEDAGÓGICO
|
||
·
De preferencia maestría, segunda especialidad o
diplomado.
·
Capacitaciones en la especialidad o área afín
efectuadas en los tres últimos años (duración mínimo de 120 horas
pedagógicas)
·
Participación en proyectos de innovación
pedagógica.
·
Conocimiento de Office.
·
Preferencia manejo de TIC en procesos de enseñanza
aprendizaje
|
||
PROCESO DE
SELECCIÓN DE LOS COORDINADORES PEDAGÓGICOS
|
||
· De acuerdo a lo señalado en la Ley N° 29944, Ley de la Reforma
Magisterial y su Reglamento aprobado por DS N° 004-2013-ED (Artículo 39°)
· El número de coordinadores pedagógicos dependerá del número de
secciones de la Institución Educativa, determinado en la propuesta del
servicio educativo Jornada Escolar Completa.
· El proceso de selección de coordinadores pedagógicos tiene los
siguientes pasos:
-
Entrega de una terna por los profesores de la IE.
-
El docente que cuente con el mejor perfil será
seleccionado.
-
El profesor que cuente
con mayor puntaje, será seleccionado y se dará a conocer de manera oficial
los resultados de la evaluación.
-
El director de la
institución educativa elaborará una resolución directoral de reconocimiento.
|
||
-
El coordinador de tutoría, tiene 12 horas pedagógicas
de trabajo en aula (excepcionalmente asumirá hasta 14 horas) el resto de las
horas cumplirá las funciones señaladas para el cargo, es responsable de las
acciones de apoyo y acompañamiento de la acción tutorial integral dirigida a
los estudiantes con enfoque orientador y preventivo.
COORDINADOR DE TUTORÍA
|
|
MISIÓN DEL CARGO
|
|
Dirigir,
coordinar y acompañar el desarrollo de la acción tutorial dirigido a
estudiantes, garantizando su atención y orientación oportuna y pertinente a
las inquietudes y expectativas de los estudiantes para su desarrollo personal
en el marco de una convivencia democrática e intercultural.
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FUNCIONES
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|
1
|
Elaborar la propuesta de
trabajo tutorial para el año lectivo, bajo el enfoque orientador y preventivo
y adecuarla periódicamente.
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2
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Organizar, socializar y
sugerir materiales y recursos que permitan dar soporte a las actividades de
tutoría.
|
3
|
Desarrollar el acompañamiento
a la acción tutorial de los profesor tutores.
|
4
|
Sistematizar la experiencia
de la implementación de las acciones tutoriales cada bimestre/trimestre para
mejorar oportunamente.
|
5
|
Implementar estrategias de
articulación de la IE con las familias de los estudiantes para la mejora de
sus capacidades socioemocionales y cognitivas.
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6
|
Coordinar con el equipo
directivo, profesores tutores y auxiliares la identificación de estudiantes
que requieren refuerzo pedagógico y el seguimiento a las actividades de
recuperación.
|
7
|
Promover el protagonismo
estudiantil en la gestión de la institución educativa y del aula para
fortalecer las habilidades sociales de los estudiantes.
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8
|
Coordina con el director la
gestión de apoyo interinstitucional que fortalezca la acción tutorial en la
IE.
|
PERFIL DEL
COORDINADOR DE TUTORÍA
|
|
Actitudes personales:
-
Madurez personal y social: Se acepta y se muestra
como un adulto capaz de interactuar dialógica y equitativamente, manejando
sus emociones y manteniendo relaciones interpersonales e intergeneracionales
respetuosas.
Competencias Pedagógicas Tutoriales y de Gestión:
-
Demuestra conocimiento, habilidad tutorial
comunicativa y un desempeño eficaz en el tratamiento de los temas vinculados
a la tutoría. Conoce las características personales, socios familiares,
culturales, laborales y afectivos de los estudiantes.
-
Mediador entre la escuela y las familias: Promueve
los vínculos entre la escuela, familias y comunidad. Estimula la
participación de los padres y de la comunidad a favor de la gestión escolar.
-
Con capacidad de comunicarse empática y
asertivamente con todos los miembros de la comunidad educativa.
-
Demostrar buen nivel de liderazgo a nivel profesores y escolar.
-
Contar con disposición para participar de
programas de capacitación.
-
Activo y dinámico, cuenta con la capacidad de organizar actividades que
dinamicen la convivencia institucional, con énfasis en la participación
estudiantil.
-
Cuenta con el respaldo de docentes, estudiantes y padres y madres de
familia
|
|
REQUISITOS PARA EL CARGO DE COORDINADOR DE
TUTORÍA
|
|
·
Profesor nombrado.
·
02 años de experiencia laboral como
mínimo en el desarrollo de acciones relacionadas a problemas
socioemocionales.
·
01 año de experiencia laboral como mínimo
relacionado a manejo de grupos y organización de actividades en la
institución educativa.
·
Con experiencia en acciones de monitoreo y
seguimiento.
·
Con capacitaciones en estrategias de orientación,
consejería escolar o afines.
·
Con capacitaciones en el manejo de las TIC´s en
los procesos educativos.
|
|
PROCESO DE
SELECCIÓN Y ASIGNACIÓN DEL COORDINADOR/A DE TUTORÍA
|
|
-
Existirá un coordinador/a de Tutoría para cada
Institución Educativa.
-
El órgano directivo de la institución educativa
seleccionará al coordinador de tutoría, considerando el perfil y los
requisitos arriba señalados, a partir de la terna presentada por los
profesores.
- El director de la institución educativa
elaborará la Resolución Directoral de reconocimiento y será informada oportunamente a la UGEL respectiva.
|
El
coordinador de innovación y soporte tecnológico,
sin horas a cargo para el desarrollo de sesiones de aprendizaje, cumple
funciones señaladas para el cargo como responsable de innovación y soporte
tecnológico de la institución educativa. Las funciones, perfiles y requisitos
serán establecidos en el instructivo de contratación de personal para las
instituciones educativa con Jornada Escolar Completa.
Los profesores:
Forman
parte del órgano pedagógico, asumirán una jornada laboral de 30 horas
pedagógicas remuneradas, de las cuales 26 horas serán destinadas al trabajo en
aula (excepcionalmente asumirán hasta 24 horas) y la diferencia será destinada
a garantizar el trabajo colegiado de planificación, ejecución y evaluación de
las acciones educativas, así como para la formación entre los docentes,
atención a los padres de familia, asesoría a los estudiantes y actividades
complementarias que fortalezcan a la institución educativa. Esto regirá también
para los profesores contratados en plaza orgánica. Aquellas contrataciones que
se realicen en plazas no orgánicas o por bolsa
de horas, solo serán remuneradas por las horas a su cargo.
El personal
de apoyo pedagógico (auxiliar de educación y personal de apoyo en laboratorios
y talleres),
conforma también el órgano pedagógico y cumplen las funciones establecidas para
cargo, orientan su labor a la generación de condiciones adecuadas de los
espacios, ambientes, recursos de aprendizaje y el desarrollo óptimo de las
actividades pedagógicas.
c. El
órgano de soporte al proceso pedagógico: Está conformado por el Coordinador
Administrativo y de Recursos Educativos[7],
psicólogo o trabajador social, personal de oficina o secretariado, de
mantenimiento y guardianía. Cumplen funciones establecidas para cada uno de
ellos en el marco de una gestión escolar orientado a mejorar la calidad del
servicio educativo y el logro de los aprendizajes de los estudiantes.
Otros
aspectos gestión relacionados al gobierno escolar, el funcionamiento del órgano
de participación, la promoción de una convivencia democrática e intercultural
se encuentran señaladas en el Modelo, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 451-2014-MINEDU.
Asimismo, El MINEDU
transfiere a los gobiernos regionales recursos financieros para la
implementación de la Jornada Escolar Completa (JEC), destinada a los pagos de
horas adicionales, la contratación oportuna de profesores y personal
administrativo requerido según el modelo y el plan de implementación de la JEC.
En ese sentido, las DRE y UGEL desarrollan acciones para garantizar la
contratación oportuna en el marco del buen inicio del año escolar 2015, basados
en los compromisos y protocolos que han sido presentados y comunicados a los
gobiernos regionales.
De
acuerdo a la necesidad de servicio y teniendo en cuenta los perfiles requeridos
en la JEC, se puede contratar otros profesionales, principalmente para la
enseñanza de las áreas de Inglés, Matemática, Ciencia, Tecnología y Ambiente, y
Educación para el Trabajo.
Los Directores de las
instituciones educativas desarrollan acciones para comunicar a los padres de
familia la necesidad de enviar a los estudiantes sus refrigerios teniendo en
cuenta el horario establecido para la JEC; asimismo, podrán gestionar, en
coordinación con los padres de familia, ante entidades públicas o privadas el
apoyo respectivo para atender con refrigerios saludables a los estudiantes.
3.
Componente de Soporte
Fortalecimiento
de capacidades de los actores
Se brindará a través de los
programas de formación en servicio implementadas por el MINEDU. Para el órgano
directivo, recibirán el programa “Directivos Educan”, organizado por DIGEDIE.
Recibirán además un Acompañante de Gestión Escolar (AGE). A los profesores se les brindará programas de
actualización docente en las áreas de Comunicación, Matemática, Ciencia
Tecnología y Ambiente y Formación Ciudadana y Cívica organizados por la DESP.
Además
como parte del apoyo pedagógico brindado a la labor docente, los docentes de
las áreas de Comunicación, Matemática y Ciencia, Tecnología y Ambiente
dispondrán de unidades y sesiones desarrolladas, accesibles desde una plataforma
virtual.
Infraestructura,
mobiliario y equipamiento
Se implementarán
gradualmente en las instituciones educativas, de manera coordinada con las DRE
y las UGEL.
6.4 ORIENTACIONES
PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS COLEGIOS DE ALTO RENDIMIENTO
Según lo dispuesto por la R.M. N°
274-2014-MINEDU se crea el modelo de servicio educativo para la atención de
estudiante de alto desempeño, que tienen las siguientes características:
-
Proveen a
sus estudiantes servicios de educación, residencia y de bienestar y desarrollo
estudiantil.
-
Poseen en
su estructura organizacional un órgano directivo, un órgano pedagógico, un
órgano de residencia y bienestar integral del estudiante, así como órganos de apoyo,
asesoría y participación.
-
El personal
está conformado por docentes, especialistas y administrativos
-
Sus
estudiantes ingresan a través de un proceso de admisión.
-
El trabajo
pedagógico suma como mínimo 1700 horas anuales, distribuidas entre horas de
clases regulares y horas de asesorías académicas y talleres electivos de
naturaleza diversa.
Los Colegios de Alto Rendimiento-COAR poseen
una organización particular, por lo que contarán con una norma técnica
específica que los regule, emanada por el Ministerio de Educación.
6.5 ORIENTACIONES
PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA INICIATIVA INTERSECTORIAL E INTERGUBERNAMENTAL APRENDE SALUDABLE
La iniciativa es
desarrollada por los Ministerios de Educación, Salud y Desarrollo e Inclusión
Social, está dirigida a crear las condiciones para que las niñas y niños de
inicial y primaria de las instituciones
educativas públicas, logren mejores aprendizajes. Para el presente año escolar
2015, se tomarán en cuenta las siguientes orientaciones:
§ Consentimiento informado
para la evaluación integral de salud del estudiante: el personal de salud
entrega los formatos de consentimiento a cada IIEE del 02 al 06 de marzo. En la
primera semana de clases, los docentes de aula distribuyen el formato a las familias
de cada estudiante. Las familias explicitan o no su consentimiento firmando el
formato y devolviendo a la IIEE. Únicamente los estudiantes cuyas familias
autorizaron se evaluará al niño o niña
cuya familia lo haya firmado autorizando que se le realicen las pruebas
correspondientes.
§ Evaluación en salud,
confirmada la fecha, la dirección comunica a las familias para que puedan
asistir a la charla informativa del personal de Salud el primer día de la
evaluación.
§ Espacios para la evaluación
en salud: las instituciones educativas en coordinación con el establecimiento
de salud y las familias prevén los espacios
para brindar las prestaciones de salud a sus estudiantes, en las mejores
condiciones posibles.
§ Durante la evaluación
integral en salud para los estudiantes, los docentes desarrollan actividades de
aprendizaje relacionadas con salud y alimentación.
§ Todas las instituciones
educativas del Nivel Inicial solicitarán a cada familia que tenga un niño o
niña de 3 o 4 años de edad, una copia del Carné de Atención Integral.
§ El establecimiento de salud
entrega a la IIEE el reporte general, por aula e individual con los resultados,
citas y seguimiento de la evaluación de salud de cada estudiante; éste último
deberá ser entregado a los padres de familia.
§ En mérito a Resolución de
Secretaría General N° 602-2014-MINEDU….se constituye el Comité de Alimentación
Escolar en cada institución educativa informando a la Unidad Territorial de
Qali Warma. El CAE en coordinación con las familias brindará facilidades para el
servicio alimentario antes del inicio de la jornada escolar, sin afectar las
horas de clase.
6.6 BONO
ESCUELA
El Bono de
Incentivo al Desempeño Escolar (BDE) es un mecanismo de incentivo bajo la forma
de pago por desempeño, a partir del reconocimiento de la mejora, principalmente
en el aprendizaje y la retención de los estudiantes de las instituciones
educativas públicas durante el ejercicio anterior; en el marco de la
implementación de los compromisos de gestión escolar.
El reconocimiento consiste en un pago
monetario extraordinario que se realizará una vez al año a favor del personal
directivo, personal jerárquico y personal docente nombrado y/o contratado de
las instituciones educativas públicas de Educación Básica Regular de nivel
primaria, el cual se brinda en el mes de junio de 2015 a partir del desempeño
mostrado en el año 2014.
El BDE tiene 3 objetivos: i) acelerar
el logro de resultados educativos en los estudiantes de educación básica
regular de nivel primaria, ii) motivar a docentes y directivos para mejorar su
desempeño, y iii) reconocer instituciones educativas que hayan implementado
estrategias innovadoras para mejorar aprendizajes y retención de los
estudiantes, previstas en el Plan Anual de Trabajo.
Se consideran los siguientes criterios
para que la IIEE sea elegible:
·
Se
haya logrado aplicar la ECE 2013 y ECE 2014, con excepción de los casos donde
no se haya aplicado en algún año (o ambos) por motivos ajenos a la institución
educativa.
·
Se
haya logrado una cobertura mínima en los estudiantes evaluados en la ECE 2014:
80% en caso de una sección en el grado evaluado y 90% en caso de dos o más
secciones en el grado evaluado.
·
Contar
con estudiantes matriculados registrados en el SIAGIE en el año 2014.
Para las IIEE que no fueron
programadas para la aplicación de la ECE 2013 o 2014, o donde no se aplicaron
por motivos ajenos a la institución educativa, solo se aplica el último
criterio de elegibilidad.
Para cada IIEE
elegible y de acuerdo a la información disponible para cada una de ellas, se
construyen los siguientes indicadores a partir de los cuales se identificarán a
las instituciones educativas seleccionadas que recibirán el bono de incentivo
al desempeño escolar 2015:
·
SUPERACIÓN:
Variación del puntaje promedio de las pruebas aplicadas por la ECE 2013 y 2014.
·
EFECTIVIDAD:
Puntaje promedio de las pruebas aplicadas por la ECE 2014.
·
EFICIENCIA:
Tasa de retención de estudiantes en todos los grados de primaria para el año
2014.
·
REGISTRO
OPORTUNO DE INFORMACIÓN:
o
Registro
y remisión oportuna de las nóminas de matrícula y actas de evaluación
correspondientes al año 2014 a través del SIAGIE.
o
Entre
otros que se definan, como puede ser la ejecución y rendición de cuentas
oportuna del Programa de Mantenimiento de Locales Escolares en 2014.
A partir de los criterios de
elegibilidad y los indicadores mencionados, el procedimiento de selección de instituciones
educativas y del personal beneficiario del BDE se realizará conforme a lo
establecido en el DS N°
XXX-2014.
En relación a
la implementación del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar, se espera lo
siguiente:
·
Fortalecer
la implementación de los compromisos de gestión escolar con énfasis en los
compromisos 1 y 2.
·
Que la
comunidad educativa oriente sus resultados al proceso pedagógico en general y
no únicamente en los grados evaluados por la ECE.
·
Que se
produzca la colaboración entre docentes de distintos grados para lograr en
conjunto mejoras en los resultados educativos de los estudiantes.
·
Que no se
pierdan los avances en inclusión social alcanzados en la institución educativa.
En ese sentido, están prohibidos los condicionamientos de matrícula para grupos
vulnerables, malas prácticas durante la aplicación de la ECE (sustitución de
estudiantes, fomento de ausentismo, etc.)
·
Aprovechar
los recursos pedagógicos y de gestión promovidos desde el sector para mejorar
los aprendizajes y retención escolar de todos los grados.
·
Mejorar la
cobertura de participación de estudiantes en la ECE 2015 en escuelas
programadas.
6.7 ORIENTACIONES
ADMINISTRATIVAS PARA LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Censo
Escolar Electrónico 2014
El equipo directivo de las
instituciones educativas (de todas los niveles, modalidades y formas) y los
profesores coordinadores de Programas de Educación Inicial No Escolarizado,
tienen la responsabilidad de reportar a la Unidad de Estadística Educativa del
Ministerio de Educación la información del Censo Escolar 2014, utilizando los
formatos electrónicos publicados en el tablero de Control de la Institución Educativa
(http://escale.minedu.gob.pe/).
-
Módulo: Matrícula, docentes y recursos (abril a mayo 2015).
-
Módulo: Local escolar (abril a mayo 2015) y
-
Módulo: Resultados del ejercicio educativo 2015
(diciembre 2015 a febrero 2016).
Uso
del SIAGIE:
Los reportes emitidos utilizando el
Sistema de Información y Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa –
SIAGIE, tienen carácter oficial y la información contenida es de
responsabilidad del equipo directivo de la institución educativa.
§ Registro de los
datos de los estudiantes: los datos personales de los estudiantes registrados
en el SIAGIE se encuentran bajo el amparo de la Ley 29733, Ley de protección de
datos personales, publicada el 21 de junio de 2011; y su respectivo reglamento,
aprobado el 23 de marzo de 2013. El
director de la institución educativa tiene que velar y salvaguardar la
información personal de sus estudiantes y de sus respectivos progenitores o de
quienes tengan la tutela de los menores con la finalidad de que se realice un
uso correcto de esta información.
§ Creación y
eliminación de las cuentas de usuarios y contraseñas de los encargados del
SIAGIE en la institución educativa: el director tiene la potestad de designar a
un docente o personal administrativo como encargado del SIAGIE y en
consecuencia asignarle un usuario y una contraseña. Sin embargo, la máxima
autoridad de la institución educativa continúa siendo el responsable del uso de
estos accesos autorizados. El director deberá adoptar las medidas que considere
necesarias para mantener un registro actualizado de los usuarios SIAGIE de su
respectiva institución educativa.
§ Configuración del
período de evaluación del año escolar: durante los primeros 30 días de haber
iniciado el año escolar, el periodo de evaluación, notas por período (bimestral
o trimestral) y notas finales, deberá ser configurado en el SIAGIE a decisión
del director de la institución educativa. Si decidiera no hacerlo, su sistema
automáticamente configurará con la opción de notas finales. En consecuencia, la
decisión adoptada se mantendrá hasta el
cierre del año escolar.
§ Las
constancias de vacantes deberán ser registradas mediante el SIAGIE por las IE
destino y ser aprobadas por las IE origen dentro de los 15 días de su registro.
Los directores deben garantizar la gratuidad del proceso de traslado.
§ Las
boletas de notas deberán ser generadas por el SIAGIE y entregadas a los padres
de familia, después de finalizado cada período de evaluación.
En caso que el inicio del año escolar
se retrasara en el ámbito de alguna jurisdicción regional, por desastres
naturales, situación de emergencia o algún otro escenario externo; la Dirección
Regional de Educación (DRE) informará a la Oficina de Informática (OFIN) del
MINEDU la necesidad de extender el plazo indicado en el párrafo anterior por el
periodo de tiempo que considere necesario.
Reporte
en el SIAGIE
§ Las boletas de
notas deberán ser generadas por el SIAGIE y entregadas a los padres de familia,
después de finalizado cada período de evaluación, en caso la institución
educativa haya configurado su tipo de registro de evaluaciones por período.
§ En las UGEL, los
especialistas SIAGIE y quienes verifican los documentos oficiales impresos;
tienen la obligación de aprobar las nóminas y actas en sus correspondientes
versiones digitales de tal forma que ambos formatos contengan la misma
información y se garantice de esta manera la integridad en los registros
académicos de los estudiantes.
§ Los directores de
las IIEE, una vez que han sido notificados vía SIAGIE, que sus actas de
evaluación han sido aprobados en sus respectivas versiones digitales; tienen la
obligación de activar los controles del SIAGIE que indicarán, a los
especialistas de la UGEL, que su año escolar ha sido cerrado.
§ Finalmente, en
caso algún director desee abrir un año escolar cerrado (fase regular o de
recuperación) para hacer alguna corrección en las actas de evaluación o nóminas
de matrícula, tendrá que solicitarlo por escrito a su especialista SIAGIE de
UGEL, quien elaborará un informe técnico administrativo rechazando o aceptando
aquella solicitud. Siempre y cuando aquella decisión sea positiva, la UGEL
remitirá un informe a OFIN requiriendo habilitar el año solicitado por un
periodo de tiempo determinado, para que el director pueda proceder con la
respectiva corrección.
Sobre
Cuadro de Distribución de Horas
El Cuadro de Distribución de Horas
de Clase garantiza la organización y distribución de las horas de clases en
coherencia con el plan de estudios establecido y la pertinencia pedagógica
entre la relación de las especialidades de los docentes. Este instrumento es
aprobado mediante Resolución Ministerial por el Ministerio de Educación, para
las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de la educación
básica regular y del ciclo avanzado de la educación básica alternativa.
De
la presentación de los documentos oficiales.
Los siguientes documentos oficiales
deberán ser emitidos a través del SIAGIE, según las condiciones establecidas a
continuación:
a) Nóminas
de matrícula:
§ Las nóminas de matrícula y
fichas únicas de matrícula se generarán a través del SIAGIE [8]
dentro de los 45 días posteriores al inicio del año escolar.
§ Las nóminas complementarias
de matrícula se generan a través del SIAGIE cuando se presenten casos de
traslados o ingresos durante el año escolar como máximo hasta antes de
iniciarse el último periodo de evaluación.
§ La IE debe remitir una
copia de cada una de las nóminas impresas generadas por el SIAGIE con la firma
y sello del director a la UGEL dentro de los 60 días posteriores al inicio del
año escolar.
§ Las nóminas de matrícula de
los CEBA se presentarán obligatoriamente a la UGEL correspondiente dentro de
los 45 días posteriores al proceso de matrícula. Solo se podrá matricular o
ratificar en ese lapso de tiempo.
b) Actas
de evaluación:
§ Las actas de evaluación se
generan a través del SIAGIE al término del año escolar dentro de los 30 días de
finalizado el año escolar.
§ En el Ciclo I de Educación
Inicial no corresponde el registro de actas de evaluación que se utilizan para
los demás ciclos o niveles.
§ En el caso de las actas de
los estudiantes que han culminado quinto año de secundaria, éstas se entregarán
con los documentos que acreditan los 10 primeros puestos en orden de mérito
obtenidos a través del SIAGIE y los certificados promocionales.
§ La IE debe remitir una
copia de cada una de las actas impresas generadas por el SIAGIE con la firma y
sello del director a la UGEL.
§ Las actas de evaluación en
la EBA se elaborarán y presentarán obligatoriamente a la UGEL correspondiente
dentro de los 30 días posteriores a la finalización del período promocional.
§ Las actas de evaluación
nóminas de matrícula de los Centros y Programas de la EBE, se presentarán de
manera física obligatoriamente a la UGEL correspondiente dentro de los 30 días
posteriores al proceso de matrícula a la finalización del período promocional.
§ A efectos de facilitar la
matrícula de los estudiantes en los Colegios de Alto Rendimiento, las actas de
evaluación de los estudiantes que culminaron el segundo grado de Educación
Secundaria se entregarán a la UGEL con los documentos que acreditan los 10
primeros puestos en orden de mérito.
§ En la modalidad de la
Educación Básica Alternativa, se validará el uso del SIAGIE, en los módulos de
Matrícula, Asistencia y Evaluación.
c) Certificación:
§ Las
Instituciones educativas entregan oportunamente y bajo responsabilidad los
Certificados Oficiales de Estudio a quienes hayan aprobado todos los grados del
nivel, así como los documentos de orden
de mérito a quienes corresponda, en aplicación a la RM N° 1225-85-ED.
§ La
determinación de los estudiantes, que al culminar su secundaria obtuvieron los
más altos promedios generales, se realiza de acuerdo a la Resolución Ministerial N° 1225-85-ED, que
aprueba normas sobre determinación de los cinco alumnos que han obtenido los
más altos promedios generales al concluir la educación secundaria. Los
directores de las IIEE otorgan informe sobre ubicación en el tercio superior a
los egresados de educación secundaria que lo soliciten.
§ En EBA, la
determinación de los cinco primeros puestos de estudiantes que han obtenido los
más altos puntajes al concluir el ciclo avanzado, se realizará de acuerdo a lo
establecido en la Directiva N° 015-2009-ME/VMGP/DIGEBA/DPEBA, aprobada por
Resolución Directoral N° 0209-2009-ED.
§ Las instituciones
educativas emitirán oportunamente los certificados de orden de mérito a los
diez primeros puestos de segundo grado de educación secundaria, para facilitar
su acceso a los Colegios de Alto Rendimiento.
Concursos para el
año escolar 2015
El Ministerio de Educación establece
los concursos que deben realizarse en las instituciones educativas para el año
2015, los mismos que han sido articulados intra e intersectorialmente. Están
organizados en tres ejes: gestión escolar, docentes y estudiantes.
EJES DE BUENA
PRÁCTICA
|
CONCURSOS
|
GESTIÓN ESCOLAR
|
III Concurso
Nacional "Nuestras loncheras y quioscos saludables".
|
Concurso “Buenas
prácticas de gestión ambiental”
|
|
Concurso “La
Buena Escuela”
|
|
DOCENTES
|
Concurso de
Buenas Prácticas Docentes
|
ESTUDIANTES
|
Feria Escolar
Nacional de Ciencia y Tecnología
|
Concurso Escolar
de expresión artística “Qhapaq Ñan”, el camino de la diversidad.
|
|
Olimpiada
Nacional Escolar de Matemática
|
|
Premiación del
Concurso Nacional de la Juventud "Yenuri Chiguala Cruz".
|
|
Juegos
deportivos nacionales escolares
|
|
Concurso “Crea y
Emprende”
|
|
Juegos florales
nacionales escolares
|
|
Premio Nacional
de Narrativa y Ensayo José María Arguedas.
|
6.8 ORIENTACIONES
PARA LAS INSTANCIAS DE GESTIÓN EDUCATIVA DESCENTRALIZADA
Buen Inicio
de Año Escolar:
§ Los Gobiernos Regionales, en atención a
las características geográficas, climatológicas, económico-productivas y
socio-culturales de su territorio, pueden determinar una fecha de inicio de
clases distinta a la dispuesta por el Ministerio de Educación, garantizando el
cumplimiento de las horas mínimas lectivas establecidas para el año escolar
2015. Esta variación y la exposición de cómo se reprograman las horas para
cumplir con el mínimo debe ser comunicada al Ministerio de Educación a más
tardar el 31 de enero de 2015.
§ Docentes contratados desde
el primer día de clases: Es responsabilidad del equipo directivo informar como
máximo hasta el 31 de diciembre del 2015, la demanda de docentes contratados
que requiere la institución educativa, así como el seguimiento a la
adjudicación de plazas y la llegada oportuna de los docentes a las aulas. Ningún
profesor puede trabajar si no cuenta con Resolución de contrato, ni ingreso a
la planilla de remuneraciones, bajo responsabilidad del Director de la
institución educativa y de la UGEL correspondiente.
§ Es responsabilidad de las
UGEL que cuenten con plazas presupuestadas para la contratación de Promotores
de Tutoría y Orientación Educativa, así como de gestionar y ejecutar dicho
proceso, de preferencia antes del inicio del año escolar, en el marco de la
Resolución de Secretaría General N° 213-2014-MINEDU.
§ En el caso de las instituciones educativas nuevas de
educación inicial creadas por ampliación de cobertura, las DRE o quien haga sus
veces y las UGEL desarrollarán acciones para promover la matrícula educativa,
asegurando que éstas cuenten con el número de niños identificados en el estudio
de oferta y demanda con el que se hizo la asignación de la plaza docente. Para
ello pueden conformar grupos de apoyo a la gestión de nuevas instituciones
educativas con la participación de municipios, directores de educación inicial
y primaria de la zona y miembros de la comunidad que apoyarán en el proceso de
matrícula y acondicionamiento de la nueva institución. Asimismo, acompañarán a
estas instituciones durante el primer mes de clases para asegurar un buen
funcionamiento de estos nuevos servicios.
§ Las DRE y UGEL garantizan un docente especializado sin aula
a cargo, a las instituciones de EBR, EBA y ETP, que atiendan a 10 o más
estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad y
talento o superdotación, para la orientación y acompañamiento a los docentes de aula y familias.
Sobre
Monitoreo y supervisión a las Instituciones Educativas
§ El Ministerio de Educación
coordina con los gobiernos regionales, las DRE o quien haga sus veces y las
UGEL para organizar un plan de monitoreo regional, con el propósito de orientar, acompañar y supervisar
a las instituciones educativas en la implementación de los ocho compromisos e
indicadores de gestión y las intervenciones pedagógicas: Soporte Escolar y
Jornada Escolar Completa; así como verificar la afiliación de la institución Educativa
al SiseVe.
§ El monitoreo tiene un
propósito formativo, participativo, permite el seguimiento sistemático de las
acciones que en el marco de los ocho compromisos de gestión e intervenciones
pedagógicas deben estar implementados en las IIEE. Se utilizarán instrumentos
que sean pertinentes con los aspectos a monitorear y con el nivel y tipo de
servicio educativo.
§ Durante el año escolar 2015,
se organiza un Plan de Monitoreo, que considere:
a)
Al
inicio del año escolar, para apoyar la organización del buen inicio de año
escolar, la primera jornada de reflexión/planificación y elaboración del plan
anual de trabajo.
b)
Antes
de culminar el primer semestre del año escolar para apoyar la organización de
la primera autoevaluación de los aprendizajes,
el primer día del logro y las estrategias de apoyo para enfrentar el
retraso escolar.
c)
En
la segunda quincena de octubre para apoyar la organización de la segunda
autoevaluación de los aprendizajes que
aplica la IE y la implementación de la
evaluación de estudiantes que aplica el Ministerio de Educación; así como entre
los meses de noviembre y diciembre para acompañar la planificación del año
escolar 2016.
§ La DIGEBA promueve procesos
de acompañamiento y monitoreo a los Centros de Educación Básica Alternativa –
CEBA en coordinación con las DRE y UGEL y actividades de fortalecimiento de
capacidades de directores y docentes a través de capacitaciones virtuales o
presenciales.
§ La DIGEBE brinda
asesoramiento y asistencia técnica a las DRE y UGEL, para promover procesos de acompañamiento y
monitoreo a los directivos, profesionales docentes y no docentes de los Centros
y Programas de Educación Básica Especial.
§ La DIGETE promueve
actividades de fortalecimiento de capacidades a docentes a través de
capacitaciones presenciales y virtuales en el uso y aprovechamiento pedagógico
de las TIC en el sistema digital para el aprendizaje: PerúEDuca.
§ Se deben disponer las medidas pertinentes que aseguren la
participación de los estudiantes de su jurisdicción en todas las evaluaciones
de rendimiento escolar que lleve a cabo el Ministerio de Educación, las mismas
que son de cumplimiento obligatorio. En el
año 2015, se llevarán a cabo la Evaluación Censal dirigida a los estudiantes de
segundo grado y de cuarto grado de Instituciones Educativas de EIB de primaria,
y la de quinto grado de secundaria.
§ Los Gobiernos Regionales a
través de las instancias de gestión educativa descentralizada deberán
implementar acciones de gestión institucional y pedagógica para la gestión del
riesgo de desastre en el sector, en el marco del cumplimento de la Ley 29664
Ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. Asimismo, en
coordinación con las instituciones
educativas y los gobiernos locales deben participar en los simulacros
nacionales en las fechas previstas, con el fin de fortalecer la educación
preventiva y de respuesta, cultura de reporte de daños y necesidades, y
atención de desastres y emergencias.
§ Las instancias de gestión
educativa descentralizadas formularán el plan de tutoría anual respondiendo a
las necesidades de orientación de las y los estudiantes de su jurisdicción
educativa.
§ En el marco de la Iniciativa
Aprende Saludable, la Gerencia de Desarrollo Social, la Dirección Regional de
Educación, la Dirección Regional de Salud y la Unidad Territorial de QW, previo
al inicio del año escolar, designan a los responsables de cada sector,
establecen los mecanismos de coordinación y comunicaciones que se realizarán
para hacer efectivas las acciones de la Iniciativa Aprende Saludable.
§ La Gerencia de Desarrollo
Social en coordinación con la Dirección Regional de Educación de Salud y la
Unidad Territorial de QW definen el período del año escolar para implementar el
Plan de Salud Escolar en el año 2015; posterior a ello será la Dirección
Regional de Salud con sus Redes y Micro Redes, jefes de establecimiento de
Salud establecen el cronograma detallado para las IIEE de su ámbito que será
remitido a las DRE y UGEL hasta el 31 de marzo.
Actualización
del Padrón de Instituciones Educativas y Programas Educativos
Las DRE y UGEL son responsables del
registro de todas las instituciones educativas y programas educativos de
gestión pública y privada en el Padrón de Instituciones Educativas del
Ministerio de Educación que está disponible en: (http://escale.minedu.gob.pe/). Los datos de
identificación, ubicación y estado de funcionamiento de la institución
educativa y programas educativos son responsabilidad del equipo directivo de la
institución educativa o del profesor coordinador del Programa de Educación
Inicial No Escolarizado, en coordinación con el estadístico de la DRE y la UGEL
correspondiente, instancias que deberán supervisar el cumplimiento oportuno de
la actualización del padrón.
Para el inicio del funcionamiento de
las Instituciones Educativas creadas o ampliadas en instituciones educativas
primarias, en el marco del programa Incremento en el Acceso, deben contar con
el Código Modular del nivel generado por la Unidad de Estadística del
MINEDU.
Las UGEL que tengan en su ámbito a
instituciones educativas de estas características convocarán a los directores
en el mes de febrero con la finalidad de fortalecer su manejo del enfoque de
educación inicial y asegurar que el servicio responda a las características del
nivel.
Para el inicio del funcionamiento de
las Instituciones Educativas creadas o ampliadas en instituciones educativas
primarias, en el marco del programa Incremento en el Acceso, deben contar con
el Código Modular del nivel generado por la Unidad de Estadística del
MINEDU.
En el caso de la conversión de
PRONOEI, con la finalidad de actualizar el padrón de instituciones educativas
escolarizadas y no escolarizadas se tendrá en cuenta lo siguiente:
a)
Las resoluciones de creación del nuevo jardín o
ampliación de nivel emitidas por la DRE como consecuencia de la conversión, las
cuales deberán precisar el código modular del PRONOEI o de los PRONOEI que dan
origen a la creación del nuevo servicio y que por tanto serán objeto de cierre,
b)
Las resoluciones de cierre del PRONOEI a convertirse,
deberán acompañar al requerimiento de creación del nuevo servicio escolarizado,
siempre que esta creación tenga este origen, y;
c)
Las resoluciones de creación del nuevo servicio no
escolarizado que se realicen con el financiamiento del PRONOEI convertido,
deberán precisar el código modular del mismo.
De
la conversión de PRONOEI a Servicios Escolarizados de Educación Inicial
En el marco de la política de incremento en el acceso a
la Educación Inicial, se está realizando la conversión de aquellos PRONOEI que
requieren funcionar como jardines de educación inicial en servicios escolarizados, dando origen a la
creación de un jardín o a la ampliación de nivel en una institución educativa
de primaria. En relación a este proceso, es necesario considerar lo siguiente:
§ El mobiliario y
los materiales educativos que sean parte del inventario del PRONOEI convertido
pasarán a ser parte del inventario del nuevo servicio, ya que benefician a los
niños de la comunidad para la cual se gestionaron dichos recursos.
§ Las DRE y UGEL
emitirán una resolución directoral de reconocimiento a la gestión educativa de
las Docentes Coordinadoras cuyos PRONOEI hayan sido convertidos a servicios
escolarizados.
§ El Gobierno
Regional en coordinación con los Gobiernos Locales deberá garantizar la
disponibilidad del espacio educativo adecuado, necesario para el funcionamiento
del nuevo servicio.
§ De conformidad al
Decreto Supremo 007-2012-ED, el financiamiento de los PRONOEI convertidos, podrá
ser orientado a los siguientes programas, considerando el siguiente orden de
prioridad:
a)
Servicios no escolarizados que atienden a niños y niñas
entre 3 a 5 años que requieren la atención de una intervención educativa
flexible.
b)
Programas no escolarizados que atienden a niños y niñas
menores de 6 años de comunidades rurales dispersas.
c)
Servicios no escolarizados para niños y niñas menores de
3 años. En este último caso se privilegiarán los servicios que se ofrezcan en
los espacios familiares o en los espacios comunales y se desarrollen con la
participación del padre, la madre o un cuidador. La definición del servicio más
conveniente se realiza considerando las necesidades del niño y la familia.
Estos servicios se ubicarán en ámbitos donde no existe intervención del
programa Cuna Más.
Reporte
SIAGIE
§ Nóminas de
matrícula: La UGEL aprobará o rechazará las nóminas de matrícula de la IE a
través del SIAGIE dentro de los 30 días posteriores a la remisión por las IE.
§ Actas de
evaluación: La UGEL aprobará o rechazará las actas de evaluación de las IE a
través del SIAGIE dentro de los 15 días posteriores a la remisión por la IE.
§ Sobre las
devoluciones de certificados promocionales de los 10 primeros alumnos de las IE
públicas y privadas: La UGEL está obligada a realizarlo en un plazo no mayor a
7 días hábiles y no deberá exigir ningún documento o requisito adicional para
su entrega.
§ La UGEL brindará
facilidades a profesoras coordinadoras de Instituciones Educativas no
escolarizadas para ingresar la información de niños y niñas en el SIAGIE. En
caso que no exista condiciones (limitaciones de banda ancha o no se disponga
del equipo de cómputo con acceso a internet) la información se entregará en
físico a la UGEL, para ser incorporado al sistema.
Uso
de Tecnologías de la Información y Comunicación
Las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) son
recursos y materiales digitales que apoyan el desarrollo de competencias, se
utilizan en el Aula de Innovación Pedagógica (AIP), Centro de Recursos
Tecnológicos (CRT), Biblioteca, Laboratorios, salas de medios audiovisuales u
otros ambientes, se integran en las sesiones de aprendizaje, en todas las áreas
de programación curricular.
Para la sostenibilidad de la apropiación e integración
pedagógica de las Tecnologías de Información y Comunicación por los
estudiantes, docentes y directores de las IIEE, se requiere que las instancias
de gestión descentralizada:
§ Registren y
comuniquen a la DIGETE sobre el equipamiento, operatividad y actividades de las
IIEE que cuentan con Aulas de Innovación Pedagógica (AIP) y/o Centros de
Recursos Tecnológicos (CRT).
§ Designen a un
especialista para la coordinación de las actividades que en el tema de uso de
tecnologías se desarrollen e informen a la DIGETE para su publicación en
PerúEduca. Además de conformar y liderar
el equipo de docentes formadores en TIC y Docentes de Apoyo Tecnológico de la
UGEL correspondiente.
§ Desarrollar
capacitaciones y acompañamiento para promover la participación de la comunidad
educativa en el Sistema Digital para el Aprendizaje: PerúEduca.
§ Las instancias de
gestión educativa involucrarán a la comunidad en el apoyo del proyecto “Oportunidades
de aprendizaje con TIC” en las redes educativas focalizadas en la R.M. N°
060-2012-ED.
§ Asegurar la
designación presupuestal para que las aulas de Innovación Pedagógica cuenten
con el docente coordinador que cumpla el perfil indicado por la DIGETE, según
R.D. N° 668-2010-ED.
§ Deberán
implementar acciones de gestión institucional y pedagógica para desarrollar las
réplicas de capacitación en el uso y aprovechamiento pedagógico de las TIC,
desarrolladas de manera contínua a la asignación de equipamiento tecnológico,
en coordinación con la DIGETE.
§ Desarrollar
acciones de monitoreo a la integración de las TIC en las II.EE. que cuenten con
Aula de Innovación Pedagógica y /o Centro de Recursos Tecnológicos.
De
la administración de personal
En las instancias de gestión
educativa descentralizada la administración de personal se realiza en el marco
de las leyes, reglamentos y normas complementarias:
§ La Gerencia de
Desarrollo Social, o la que haga sus veces, la DRE y las UGEL garantizan el
cumplimiento del ingreso de personal docente que requiera la Institución
Educativa se realiza en observancia de las leyes y normas específicas que los
regulan. El proceso de contratación de plazas vacantes docentes y los generados
en reemplazo del personal titular docente que sean necesarios serán efectuados
de acuerdo a la norma nacional que aprueba el Ministerio de Educación.
§ El desplazamiento
de servidores (designación, rotación, reasignación, transferencia, destaque,
permuta y encargo) se ejecuta de acuerdo con el procedimiento establecido en
las normas legales vigentes, y –en tanto se trata del derecho a la educación de
los estudiantes– solo debe proceder si se garantiza la continuidad del servicio
educativo.
§ En los casos de
los desplazamientos de los Auxiliares de Educación nombrados, se ejecutan de
acuerdo al procedimiento establecido en las normas legales aprobadas por el
Ministerio de Educación.
§ Las acciones de
racionalización, como proceso permanente, garantiza la presencia del personal docente
requerido para garantizar la atención eficiente y oportuna del servicio
educativo. Se realiza en el marco de lo dispuesto por la Ley de Reforma
Magisterial, su reglamento y los lineamientos y procedimientos aprobados para
el caso por el Ministerio de Educación. El D.S.005-2011-ED y su modificatoria
está vigente para procesos de racionalización de personal administrativo.
§ Las UGEL deben
garantizar la emisión de la resolución de designación de 10 meses de trabajo, de las promotoras
educativas comunitarias, debiendo iniciar sus labores en el mes de marzo como
parte del buen inicio del año escolar.
§ La contratación
por servicios personales de Auxiliares de Educación, en Instituciones
Educativas Públicas de los niveles de educación inicial y educación secundaria de la Educación Básica Regular y
de la Educación Básica Especial, se realiza de acuerdo a la norma técnica
aprobada por Resolución Ministerial del Ministerio de Educación.
§ Las
reasignaciones y permutas del personal docente comprendidos en la Ley de
Reforma Magisterial, se ejecutan de acuerdo al procedimiento establecido en las
normas legales vigentes, la Ley de Reforma Magisterial, su reglamento y la
norma técnica aprobada por Resolución Ministerial N° 582-2013-ED “Normas de
Procedimiento para Reasignaciones y Permutas de Profesores Comprendidos en la
Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial”.
7. DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS
7.1
Los
Colegios de Alto Rendimiento organizan su año escolar en función de las
disposiciones que para tal fin emita el Ministerio de Educación en el marco del
modelo de servicio educativo para la atención de estudiantes de alto desempeño.
7.2
El Ministerio de Educación, a través de los órganos
competentes, dictará las normas y medidas complementarias que se requieran para
la aplicación de la presente Norma Técnica.
7.3
Los
Gobiernos Regionales, a través de las Direcciones Regionales o Gerencias de
Educación, en el marco de sus funciones y de ser necesario, emitirán normas
complementarias específicas, siempre y cuando no se opongan a lo dispuesto en el
presente documento normativo.
7.4
Los Gobiernos Regionales, a través de sus instancias,
velarán por el cumplimiento de la presente norma y los anexos que forman parte
integrante de la misma centrando el monitoreo y supervisión en el logro de los
compromisos de gestión de la institución educativa.
7.5
Las
instituciones educativas privadas se rigen por lo establecido en las normas vigentes que la
regulan y por esta norma técnica en lo que les resulta aplicable.
7.6
Todo
aquello que no está explicitado en la presente norma se regirá por el
Reglamento Interno de la institución educativa.
[2] Aplica para Lima Metropolitana.
[3] Personal asignado para Soporte Pedagógico en Lima Metropolitana.
[4] Personal asignado para Soporte Pedagógico en la Región de San
Martín.
[5] Aplica para Lima Metropolitana
[6] En las instituciones educativas donde
no exista subdirector administrativo se contará (contratado) con un coordinador
administrativo y de recursos educativos.
[7] En las IE donde cuentan con Subdirector Administrativo, será quien
asuma las funciones del Coordinador Administrativo y de Recursos Educativos.
[8] El aplicativo informático SIAGIE (Sistema de
Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa) es un
instrumento de carácter oficial que el MINEDU pone a disposición de las IE para
apoyar la administración de la información relacionada a la matrícula,
asistencia y evaluación de estudiantes.
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